NUEVA PLANTILLA DE EMPLEADOS MUNICIPALES. AÑO 1942
Oct 31 2018

POR JOAQUÍN CARRILLO ESPINOSA, CRONISTA OFICIAL DE ULEA (MURCIA)

Fachada del Ayuntamientyo de Ulea

En sesión ordinaria del Ayuntamiento del día dos de febrero del año 1942, se reúne la Corporación Municipal de Ulea, bajo la Presidencia del Alcalde Gumersindo Cascales Carrillo.

El Secretario Antonio Belmonte García, da lectura de un comunicado del Gobernador Civil de la Provincia de Murcia , con el fin de que se remita «la plantilla de empleados» que tiene el Ayuntamiento  y conocer los que estuvieran en propiedad y los que eran interinos y de esa manera hacer una promoción interna para que los interinos adquieran sus plazas en propiedad, mediante un concurso de méritos; según ordenan los artículos 1º y 3º de la Ley de 25 de agosto de 1939 y con las facultades que el artículo 4º de dicha Ley concede.

Las plazas vacantes son las siguientes:

Concurso Restringido:

Para Caballeros Mutilados: dos plazas de Guardas Rurales, con el haber anual de 1825 pesetas, cada uno.

Para Ex-combatientes, la plaza de Alguacil-Portero de Secretaría, con el haber de 1825 pesetas al año y, por otro lado, la Plaza de Barrendero y Enterrador; con el haber anual de 1260 pesetas, además de los derechos de enterramiento.

Concurso no Restringido: Una plaza de Recaudar Municipal, por premio de cobranza. El Concurso se resolverá según las Bases Reglamentarias

Para las plazas de los dos Guardas Rurales, Alguacil-Portero de Secretaría y las de Barrendero y Enterrador, en «Concurso Restringido», mientras que la de Recaudador, por «Concurso no Restringido».

Podrán tomar parte en el Concurso, todos los españoles mayores de 23 años y menores de 45. Las Solicitudes se harán mediante Instancia reintegrada con una póliza de 1´50 pesetas, dirigidas al Sr. Alcalde y presentadas en Secretaría del Ayuntamiento, acompañada de los siguientes documentos:

  1. a) Certificado de nacimiento expedido en el Registro Civil
  2. b) Certificado Facultativo que acredite no padecer defecto físico ni enfermedad contagiosa.
  3. c) Certificado de Buena Conducta, expedido por el Sr. Alcalde de su localidad, acreditando una residencia en ella de más de dos años.
  4. d) Certificado de Antecedentes Penales, expedido por el Registro Central de Penales y Rebeldes.
  5. e) Certificado expedido por el Jefe Local del Movimiento, acreditando su adhesión al Glorioso Movimiento y al Gobierno Nacional.
  6. f) Certificación que acredite su cualidad de Caballero Mutilado o Ex- Combatiente.

Todos los concursantes deben saber leer; así como las cuatro reglas aritméticas de números enteros y decimales. Además, saber redactar un parte de Infracciones de Ordenanzas Municipales, así como de «Bandos del Buen Gobierno».

El Tribunal estará formado por el Alcalde o Gestor. Un representante de la Universidad de Murcia, un representante de la Administración Local, designado por el Gobernador Civil de la provincia. El Secretario será el de la Corporación Municipal.

El plazo para presentar dicha solicitud será de un mes después de  la publicación en el Boletín Oficial. Para aspirar a dicha plaza hay que demostrar que se conoce el término municipal . El aspirante a recaudador está obligado a presentar la correspondiente fianza, antes de tomar posesión del cargo.

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