LA PROCESIÓN VA… POR DENTRO
Abr 14 2020

POR FRANCISCO SALA ANIORTE, CRONISTA OFICIAL DE TORREVIEJA

Años cincuenta del pasado siglo. El paso de Ntro. Señor de la Caída a su paso por la calle Caballero de Rodas. / Foto: M. Vera – Colección Fco. Sala Aniorte

Introducción

En estos días de confinamiento, desde dentro, en nuestro interior, después de hacer la penitencia de la Cuaresma, y rememorar internamente los episodios que narran los sucesos protagonizados por Jesucristo entre la última cena y su crucifixión, muerte y resurrección, sin desfiles procesionales, me dedico desde estas letras a hacer luz de como fueron algunos aspectos de esta festividad religiosa en nuestro pasado torrevejense.

Las primeras cofradías

El historiador José-Antonio Linage, en su libro “Tres cofradías de Torrevieja”, de muy reciente publicación, escribe como en 1795, la cofradía del Santísimo Sacramento de Torrevieja distribuía palmas el Domingo de Ramos al celebrante y a los ministros, a los clérigos que la asistían en el altar y en la procesión, y a los hermanos cofrades. El miércoles Santo se hacían cargo de la construcción y cuidado del monumento donde el Santísimo se colocaba el día siguiente, para permanecer veinticuatro horas. En el monumento debían ponerse treinta velas, quedando a cargo de la cofradía su “guardia” o vela ininterrumpida. El jueves a la misa y la procesión hasta él, y el viernes a los oficios, los hermanos debían asistir con sus antorchas encendidas.

A finales del siglo XVIII, según Linage, en la cofradía del Santísimo estaba puesto en razón complementar el culto exterior con el interno. Por eso su artículo sexto de sus estatutos mandaba a los hermanos confesar -llevando siempre las antorchas encendidas, y haciéndolo de dos en dos-, tres veces al año, que eran el Jueves Santo, el Corpus y el día de la Inmaculada, patrona de la parroquia.

El Vía Crucis de 1827

Ya entrados en el siglo XIX, los habitantes de Torrevieja quisieron construir un Vía Crucis. La realización del proyecto no fue fácil; se comenzó por pedir la autorización eclesiástica, pero surgió el principal inconveniente; la falta de medios económicos. Había que proveerse de fondos y se comenzó por utilizar algunos arbitrios; el efectivo que así se obtuvo se incrementó con limosnas. Así pues: “En primero de abril de 1827 se Bendijo el Vía Crucis, en extramuros de esta población, por el P. Fray Martínez, Religioso del Convento de San Gregorio de Orihuela, para cuya bendición se ordenó una devota procesión desde la Iglesia, desde donde se dirigió el Clero y Pueblo devota Rogativa hasta el lugar de la Primera Estación del viacrucis, donde hecha la Bendición se dio principio por el Cura y Pueblo el exercicio del Vía Crucis y concluido se volvió a ordenar la misma procesión que regresó a la Iglesia con notable edificación de todos por haber sido concurrida de todas las Personas de uno y otro sexo de esta Población”.

El Vía Crucis constaba de cuatro pasos, el primero se construyó a expensas José Sánchez, cura párroco de Torrevieja, y los tres restantes su importe se satisfizo de los arbitrios y limosnas del pueblo. El coste total ascendió a 1.166 reales de vellón con 17 maravedíes. Los pasos fueron instalados, por se la parte más elevada, en el promontorio que existe al norte del casco urbano -en el llamado barrio de los Molinos-, esta es la razón de esa zona de Torrevieja también sea conocida con el nombre de al Calvario.

Si bien en aquellos tiempos no había una continuidad en los desfiles procesionales de un año al siguiente, a partir de 1846 quedan reflejados en los libros contables del Ayuntamiento una serie de gastos dedicados a la celebración las festividades de Semana Santa, entre ellos la compra de palmas, hachas de viento y velas para la música, cera, iluminaciones, los gastos a los músicos por su asistencia en las funciones religiosas, efectos para el arreglo y reparaciones del Santísimo Sepulcro que tenía a su cuidado la corporación municipal, caramelos para las procesiones, obsequios a las cofradías y otros dedicados a las funciones religiosas.

Otras procesiones

Además de la procesión del Domingo de Ramos, comienzan a hacerse desfiles los del Viernes Santo y la procesión del Encuentro, el Domingo de resurrección, que continuaron celebrándose sin interrupción durante el siglo XIX y gran parte del siglo XX, durante la construcción del nuevo templo parroquial de la Inmaculada.

La Semana Santa en las Ordenanzas Municipales

En las ordenanzas municipales de 1875 se dictan una serie de normas para esos días: “Desde el Jueves Santo [una vez] celebrados los divinos oficios hasta el sábado siguiente después de tocar a Gloria, no podrán andar por las calles coches no otros carruajes, exceptuándose el caso de salir de la localidad, u otro muy urgente, previa licencia del Alcalde. Las puertas de los templos estarán expeditas para poder entrar y salir sin permitirse que se formen corrillo delante de ellos. Se prohíbe igualmente que el Sábado Santo al toque de glorias se disparen armas de fuego, cohetes, ni petardos. En la procesión del Viernes Santo alumbraran las mujeres, y los hombres que asistan a ella, lo harán vestidos decentemente, sin que se permitan cantares indecentes y palabras insultantes o sediciosas, guardando los concurrentes el debido orden y compostura, y obligando a los vecinos por donde pase la comitiva a que se adornen sus fronteras con colgaduras y que en la carrera se respétenlos grandes misterios que la iglesia celebra en aquellos días. Dicha carrera será desde la iglesia de la Concepción por la calle de Rodas, Riego [Clemente Gonsálvez], Progreso [Canónigo Torres], Torrijos [Azorín] y Rodas a la iglesia de donde salió. No se permitirán en dicha carrera puestos de comestibles, flores y otros artículos que puedan causar estorbo a la concurrencia”.

En las ordenanzas municipales publicadas en 1895, además de las anteriores pautas y normas dicen: “Los que se hallaren en la carrera deberán permanecer con la cabeza descubierta desde que den vista hasta que terminen de pasar las procesiones por el sitio en que se encuentren. Se abstendrán de fumar, hablar en alta voz, proferir denuestos o cometer cualquier otro acto de irreverencia que perturbe o impida el libre ejercicio del culto. Los que perturbasen de cualquier modo los actos de un culto religioso u ofendieren los sentimientos de los concurrentes a ellos, serán multados por la autoridad administrativo entregados a los tribunales competentes, si la gravedad del hecho así lo exigiere, para su castigo con arreglo al Código Penal”.

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