POR JOSÉ RAIMUNDO NÚÑEZ-VARELA Y LENDOIRO, CRONISTA OFICIAL DE BETANZOS (LA CORUÑA)
Según hemos publicado en nuestra Historia Documentada de Betanzos de los Caballeros-Siglos XV Y XVI (Tomo I, capítulo 2.2.2., página 224. Betanzos 1984, editado por la Fundación Caixa Galicia), en el año 1580 se efectuaban gestiones ante La Corona para conseguir una prórroga de las Penas de Cámara con el fin de continuar las obras de construcción de la iglesia y convento de Santo Domingo, y privilegio Real, que había sido otorgado por Felipe II, con el que se solventó una buena parte de su fábrica. Transcurridos diez años la comunidad dominica de Betanzos ya disponía de espacio en su iglesia donde poder situar la Cofradía de Nuestra Señora del Rosario, que se hallaba instituida en la iglesia parroquial de Santa María del Azogue, y que por disposición papal se habría de trasladar desde donde estuviese establecida al monasterio de la Orden de Santo Domingo de la misma localidad, como se había determinado por breve pontificio de Julio III en el año 1551, y por bula de Pío V en 1569.
Debido a la oposición de don Diego de Logroño de Herrero, rector de la iglesia parroquial de Santa María del Azogue de Betanzos, a que se procediera al traslado de dicha Cofradía como pretendían los dominicos, su comunidad dispuso la apertura de diligencias para que la Justicia le apremiara a efectuarlo, a cuyo efecto nombraron Juez Conservador a don Gaspar de Castro, Arcediano de Neira y canónigo de la catedral de Lugo, por ante escribano, en la manera siguiente:
«En la çiudad de betanços Dentro del monesterio de Señor santo domingo dela dha çiudad, a beynte y ocho dias del mes de agosto de mill y quiºs (quinientos) y nobenta años. Ante mi scrivano y testigos paresçieron presentes frai lorenço de balcaçar, prior del dho monesterio, y frai pedro melio, y frai Juan martínez, rrelixiosos en el dho monesterio, y hestando juntos y congregados segun lo tienen de uso y costunbre, con su canpana tañida, y dixeron que por quanto a su rrelixion y horden de Santo Domingo hera sujeta y abia de aber La Cofradia del rrosario dela madre de dios, por bula de su santidad, y en la dha çiudad abía el dho monesterio de Santo domingo, y en ella abia el dho prior y rrelixiosos y hestaba fundada la dha casa, y por el papa Jullio terçio en el año de mill y quinientos y çincoenta y uno pasado, por un brebe suyo abia mandado que adonde ubiese monesterio y casa de Santo domingo hestubiese la dha Cofradia del rrosario y no en otra parte, En la tal billa o çiudad aunque hestubiese fundada en otra parte yglesia o monesterio se pasase al dho monesterio de Santo domingo, con la ymaxen y hornamientos, pendón, ynsinia y manto, segun se contenía En la bula del rrosario, segun hestava confirmado y de nuebo mandado por el Santísimo papa pio quinto, En el ano de mill e quiºs y sesenta y nueve, y En la dha çiudad, En la yglesia de nuestra señora del acougue della hestava ynstituida la dha Cofradia, de donde hes rretor Diego De logroño de Herrero, La qual conforme ala bula de su santidad y al dho brebe, se debia quitar y rrepeler dela dha yglesia de Santa maria do açougue dela dha çiudad, con todo lo a ella anexo y pertenesciente, por ser pertenesciente ala dha Horden de Santo domingo, segun las Letras apostolicas, Y porque el dho monesterio hestava despojado dela dha Confradia por ser su anexa y conçerniente, y por que muy bien se pudia sirvir del dho monesterio y con en la dha casa de Santo domingo aber la dha Confradia, E de En ornato dela dha casa y en probecho y utilidad de los confrades della, y la dha confradía se sirba con el onor que se rrequiere por ser del rrosario de la madre de dios, y por que la deboçion della no se pierda y las yndulxençias y perdones conçedidas por los sumos pontifiçes, y dellos se puedan aprobechar los fieles cristianos, y por quanto sobre El pasar dela dha Confradia pretendian bintilar pleito con diego de logroño y con los mas rectores que fueren dela dha Confradia del rrosario, y con todos los mayordomos y bicarios y personas que tubieren a su cargo la dha confradia y bienes della, que Ellos juntos y congregados segun lo tienen de uso y costunbre para que la dha confradia se pase al dho monesterio y se rremueba dela dha yglesia de Santa maría do acougue dela dha çiudad nonbraban y nonbraron por Juez Conserbador y para todo lo en ello anexo y conçerniente y para las mas cosas y causas que al dho monesterio de Santo domingo dela çiudad de betanços sele ofrescieren a don gaspar de Castro, arçediano de neira y canonigo dela catedral de lugo, para que pueda conoszer de todas las cosas y causas que al dho monesterio de santo domingo aya y tenga y sele ofrescieren conforme al poder que su santidad le da a los tales juezes conserbadores, que para ello y todo lo a ello anexo y pertenesciente le nonbraban y nonbraron y le pidian y suplicaban, y siendo neszesario de parte de su santidad, se lo rrequerian hasta que lo açetase y les hiciese entero cunplimiento de Justicia conpeliendo y apremiando con todo rrigor de derecho y çensuras al dho diego de logroño y a los mas rretores o sus tenientes, bicarios y mayordomos dela dha Confradia… les pongan ynpedimiento alguno, antes la dexen pasar libremente al dho monesterio y casa de santo domingo adonde hes pertenesciente por las letras apostolicas de su santidad que para ello le otorgaban y otorgaron nonbramiento En forma de tal juez Conserbador, y se lo pedían y suplicaban y siendo neszesario rrequerían, y lo firmaron de sus nonbres ques fecho y otorgado dias mes y ano suso dho… hestando Presentes Por testigos, Pedro do Camino y basco daller, herrador, y Juan Coton, mesonero, vezinos dela dha çiudad, E yo scrivº doy fee conozco los otorgantes.[Firmado]. Fr. Lorenço de Valcaçar prior, Fray Pedro Melio.[Rúbricas]. Paso ante mi.[Firmado].Pedro Manzanas.[Rúbrica].«. (Archivo Municipal de Betanzos. Caja 3.098, documentos notariales año 1590, folio 269, del escribano Pedro Manzanas del número de Betanzos, sin catalogar).
Por la consecutiva escritura del citado protocolo, de la misma fecha y testigos, la comunidad dominica de Betanzos otorga poderes a Fray Pedro Romero, prior de Santo Domingo de la ciudad de Lugo, a Fray Juan de Santamaría, mayordomo de las monjas de Santa María la Nueva de dicha ciudad, y a Pedro de Lemos el mozo procurador de Causas en la ciudad sacramental, para que en su nombre puedan parecer ante el canónigo don Gaspar de Castro, arcediano de Neira, con el fin de que les represente y practique las acciones legales pertinentes.
A tenor de los resultados, no cabe duda alguna sobre lo acertado del procedimiento seguido para lograr el traslado de la Cofradía de Nuestra Señora del Rosario de la parroquial de Santa María del Azogue a la iglesia de Santo Domingo, con todo su menaje, ornamentos, patrimonio y cofrades, componentes del gremio de las Artes y Oficios de quienes era su excelsa Patrona.