AGRICULTURA Y GANADERÍA (I) MOLINOS DE ACEITE EN 1630. CARTA DEL REY FELIPE IV A LAS MONJAS DOMINICAS.
Ene 14 2023

POR MANUEL LÓPEZ FERNÁNDEZ, CRONISTA DE VILLANUEVA DEL ARZOBISPO (JAÉN)

Archivo monjas dominicas.

En el Archivo de la Antigua Sindical de Labradores y Ganaderos, iniciada en 1944, he comprobado numerosos datos e informaciones, poco conocidas en la actualidad. 

Caminaré por distintas épocas, para aportar la evolución a lo largo del tiempo de temas, ganaderos agrícolas, con especial búsqueda del olivar.

El corazón se ensancha al contemplar los mares de olivas plateados. se acongoja ante el frío, la nieve o las inclemencias meteorológicas, que influyen en la cosecha, que se hiela en las mañanas de escarcha en la recogida, se alegra cuando el preciado fruto duerme ya en las almazaras.

El aceite, el olivo, tema siempre palpitante u actual lo vamos a ver en la lejanía del tiempo para acercar el conocimiento y amor por por los hechos ocurridos en tiempo, ya olvidado.

Mal, muy mal debió caer entre los dueños de molinos de aceite, la orden dada en el año 1630, para que hiciesen unas balsa y balsetas para sacar el aceite que se fuese de los mismos.

Se reúnen  Pedro de la Parra Medina, mayordomo del convento de Santa Ana, el padre Fray Pedro Ropero, vicario del convento de San Francisco, Jacinto de Villegas en nombre de don Juan Messía de Villodres y don Pedro Ruiz de Valdivia, dueños de los cuatro molinos de aceite , que hay en la villa y declaran: “que los molinos de aceite están situados en las calles públicas, de tal forma que las balsas y balsetas no se pueden construir. La cosecha de esta villa es poca y de menor consideración,  por se la tierra muy fría y porque las olivas son muy pocas y van más en disminución, que en aumento. La jipia sales tan escurrida que no se puede sacar fruto, aunque se usen las balsas. Que hay cuatro molinos y pedimos a los jueces que se sirvan hacer información de testigos”.

Piden los jueces información a los testigos el día 5 de diciembre de 1630.  El alguacil mayor don Andrés Corpas Montero, pregunta al testigo Pedro Herreros sobre la riqueza de los molinos y la posibilidad de hacer las balsas. Este después de jurar decir la verdad , habla: “ Que de los cuatro molinos ninguno es capaz, ni tienes medios para hacer las balsas y balsetas, que no tienen corrales, ni casas con las cavidades necesarias, que lindan con casas particulares, el arroyo de la Villa  y calles reales. Que los olivares que hay en el término son muy pocos y de poco fruto, por estar en cañadas hondas y tierras frías. Que si hubiera solo dos molinos bastarían y algunos años hasta con uno. Que la causa de haber cuatro, es tenerlos en herencia y el molino del convento de monjas de San Francisco, linda con casas ajenas y está imposibilitado para que se hagan las balsas y balsetas y si se han de hacer resultan muy costosas.

Continúan estas peticiones de clemencia para evitar las obras, pero la Justicia Real permanece firme.

En sentencia dada en la ciudad de Andújar, en enero de 1631 no se admiten las excusas dadas y ordena el cese del beneficio y molienda de aceituna.

Nuevas  peticiones de súplica y al fin, les autorizan la molienda. “En la ciudad de Écija, en el mes de noviembre de 1631, Gregorio López encargado en el oficio de orujo y aceituna, en los Arzobispados de Sevilla, Granada y Obispados de Córdoba y Jaén. reconociendo los daños que siguen a los dueños de molinos y aceituna de no empezar a moler, da licencia para que puedan abrir y moler, quedando obligados a llevar un libro anotando las tareas y moleduras, cada día y semana. “

Las dominicas escribieron al rey indicando su pobreza y la escasez en su molino de aceite, el rey Felipe IV, les responde. 

Carta del Rey Felipe IV a Sor Águeda de San José, Sor Francisca de Santo Tomás y Sor María de Santa Inés, Religiosas de Santo Domingo: 

“Por cuanto por parte del Monasterio de Monjas de la Orden de Santo Domingo de la villa de Villanueva del Arzobispo se me a hecho relazión que tiene un molino de azeite en la dicha villa y que la cantidad que rrinde, que es muy corta sirve para el gasto de la lampara del Sanctisimo Sacramento y que si la parte del beneficio de la ojuela que me pertenece no les hago merced no pueden sustentar ni las lamparas ni el molino por haver  llegado a mucha pobreza con algunos accidentes del tiempo suplicandome les hiciese merced de la parte que en el dicho molino me pertenece del Beneficio de la ojuela. Visto en mi Junta de minas y conmigo consultado e tenido por bien de hacerle merced como por la presente se la hago para aora  y para siempre / jamás al dicho Monasterio del Benefiçio de la ojuela de la azeituna del dicho Molino assí es mi Voluntad y que de este mi Çedula tome la razon Francisco perez de olivera mi contador del dicho Benefiçio fecha en Madrid a ocho de Abril de mill y / seiscientos y treynta y un año/

Yo el Rey

Por Mandado del Rey Nuestro  /Señor

Cristóbal de Medina /

FUENTE: M.L.F.

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