POR AGUSTÍN DE LAS HERAS MARTÍNEZ, CRONISTA OFICIAL DE VALDEPIELAGOS (MADRID).
“En la Villa de Valdepiélagos, a primero de junio de mil ochocientos ochenta y ocho, siendo las diez de la mañana, se constituyó el Ayuntamiento compuesto de los Sres. Aniceto Puentes, Alcalde Presidente y D. Pío Puentes Calleja, D. Pedro López de la Fuente y D. Ruperto González, Regidores, los cuales fueron recibiendo cortésmente a los que van a tomar posesión como elegidos en los días, 21, 22 y 23 y de siguientes del mes de abril, según lo dispuesto por el Excmo. Sr. Gobernador Civil de la provincia, fecha seis de abril, por resultar vacante la tercera parte del Ayuntamiento, cuyos elegidos han de componer la Corporación a saber: D. Lorenzo Chicharro y Martín y Don Lino Rodríguez y Pérez.
Reunidos ya todos dispensó el Sr. Alcalde que por el infrascrito Secretario se diera lectura integra de los artículos cincuenta y tres y cincuenta y cuatro de la Ley Municipal de dos de octubre de mil ochocientos setenta y siete.
En su cumplimiento pronunció un pequeño discurso alegórico a la importancia de tan solemne acto, concluyendo por invitar a los Sres. Concejales entrantes a que se pusieran de pie para recibirles en juramento a D. Lorenzo Chicharro y Martín, y a D. Lino Rodríguez y Pérez, y así se verificó bajo la siguiente fórmula:
¿Juráis por Dios y por los Santos Evangelios ser fiel a Su Majestad el Rey D. Alfonso XIII y al cumplimiento de las leyes, conduciéndoos bien y fielmente en el desempeño de vuestro cargo?
Sí, juramos.
Pues si así lo hacéis, Dios os lo premie, y si no, os lo demande.
Se declararon posesionados los nuevos Sres. Concejales ya mencionados, ocupando cada cual sus puestos en la forma siguiente: la vacante del 1er Regidor osea de Teniente Alcalde, D. Lorenzo Chicharro y Martín, y por la vacante de 4º Regidor, Lino Rodríguez y Pérez.
Y en cumplimiento de lo que dispone el artículo cincuenta y siete de la Ley Municipal quedaron designados los días primeros y quince de cada mes, por lo corto del vecindario, para la celebración de las sesiones ordinarias sin perjuicio de las sesiones extraordinarias.
En tal estado se dio por terminado el acto, declarando definitivamente constituido el Ayuntamiento y quedando convocados a sesión extraordinaria para el día (en blanco) y hora de las diez de la mañana con objeto de ocuparse de los asuntos más urgentes acordando: que se de parte circunstanciado de la instalación por el correo de este mismo día al Excmo. Sr. Gobernador Civil, firman los Sres. Concejales de que certifico.
Alcalde, Aniceto Puentes.
Pío Puentes, Pedro López, Lorenzo Chicharro, Lino Rodriguez y Sandalio Claret”
Y como Cronista de Valdepiélagos aporto una fórmula utilizada en 1888 por si el sábado 17 de junio de 2023 fuera menester y necesaria.