POR JOSÉ MARÍA GOLDEROS, CRONISTA OFICIAL DE GRIÑÓN (MADRID)
Las Cortes de Cádiz de 1812 fueron legales al igual que lo fue la Constitución que surgió de ellas. Es la conclusión que se puede extraer del llamado “Manuscrito de Móstoles”, un documento del que los historiadores desconocían su existencia y que argumenta que la convocatoria de las Cortes fue auspiciada por el rey propio rey Fernando VII.
Según explicaba “La Aventura de la Historia”, el catedrático de Historia Contemporánea Javier Donezar Díez, encargado de analizar el escrito junto a los técnicos del Archivo Regional de la Comunidad de Madrid, el documento se trata de “una argumentación que sitúa el origen de la legalidad de las Cortes en la Monarquía, ya que explica, que el rey Fernando VII había encargado a la Junta de Gobierno en Madrid que las convocara”.
El concepto de legalidad de las Cortes esgrimido en el Manuscrito de Móstoles se basa en que el rey, cautivo en Bayona por Napoleón, ya había dado la orden de que se reunieran los diputados y, por tanto, la convocatoria de éstas no rompía con el régimen anterior a la invasión del francés.
El documento inédito fue rescatado de un contenedor de escombros de una obra en Griñón el año 2011, por un ciudadano que, tras examinar los amarillentos papeles y descubrir que se referían a las Cortes de Cádiz, los entregó al ayuntamiento de Móstoles, ya que sabía que éste estaba preparando los actos del bicentenario.
De esta forma, los escritos, que en un primer momento se atribuyeron al diputado liberal Joaquín Lorenzo Villanueva, y que finalmente los estudios caligráficos fue determinado que eran obra de su hermano, el fraile dominico e historiador, Jaime Villanueva, que llegaron finalmente al Archivo Regional de Madrid, que los estudió durante varios meses.
Javier Donezar explica que el escrito estaba dividido en dos partes, una sobre acontecimientos de la Guerra de la Independencia y otra, la que él había estudiado, sobre las Cortes de Cádiz, con el título “Colección de los antecedentes de las Cortes Generales y Extraordinarias de Cádiz” y que hay que entender en el contexto de las disputas entre liberales y absolutistas sobre la legalidad de la convocatoria.
Los hermanos Villanueva, que estaban muy unidos y que debieron dar forma a los argumentos de forma conjunta, despejaban los ataques, por parte de los sectores conservadores que tildaban en ocasiones a las Cortes de “tumultuosas” y dudaban de la verdadera legalidad de los diputados que la formaban. Así, según Donezar, “el texto es una pretensión de salir al paso de las críticas absolutistas y de las dudas sobre la legalidad de la reunión de las Cortes”. Según el catedrático, se trataba de una aportación historiográfica más sobre las Cortes de Cádiz que, al margen del tema de la legalidad -es decir, si se había convocado por el Rey o no-, demostraba que la iniciativa fue tomada por el grupo liberal y que se trataba de un “arma sustancial contra Napoleón y todo su esquema político, materializado en las Cortes de Bayona”.
En el texto hay importantes referencias a diversas disposiciones de la época, en concreto, a veinticuatro documentos fechados entre el 15 de junio de 1809 y el 24 de septiembre de 1810, que sirven al autor o autores -los hermanos Villanueva- para apoyar la exposición de los hechos que narra en el texto principal, que persigue la finalidad de probar la plena legitimidad de las Cortes, cuestionada desde algunos sectores.
FUENTE: J.M.G.V.