EN EL BICENTENARIO DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA
Nov 21 2023

POR MARTÍN TURRADO VIDAL, CRONISTA OFICIAL DE VALDETORRES DE JARAMA (MADRID)

El 13 de enero de 2024 se cumplen doscientos años de la fundación de la Policía General del Reino. Es el primero de los ocho nombres con que se ha designado a la policía estatal en España, siendo el actual el de Cuerpo Nacional de Policía. Estos cambios de nombre han afectado desde los Ministerios hasta el más humilde de estos Cuerpos y en esto, no ha sido una excepción. Lo excepcional ha sido que desde su fundación haya sobrevivido a numerosos vaivenes e incidentes con dos muy breves periodos de suspensión. La razón de la permanencia de esta institución ha sido que ni en los peores momentos de su historia se ha anquilosado, tratando de ponerse al día siempre tanto en la aceptación de los adelantos científicos o técnicos -fotografía, bertillonaje, dactiloscopia, ADN- como en la especialización en sus funciones para que los ciudadanos pudieran ejercer sus derechos y libertades y luchar contra la delincuencia. Esto explica las dos grandes transformaciones que ha tenido en su historia desde su fundación: la gran reforma de 1908 y la de la unificación del cuerpo civil y uniformado en 1986.

La etapa de la fundación y la consolidación -1824-1844- es crítica, porque la nueva institución heredó competencias de otras ya existentes y con una larga tradición en su desempeño como eran la justicia, el ejército, los poderes locales y la Iglesia. Todas reaccionaron de la misma manera: por un lado, tratando de borrar lo que dieron en llamar “la independencia de la policía” y, cuando vieron que eso no daba resultado, de controlarla mediante la asunción de sus mandos.

El Duque de Angulema le dejó muy claro a Fernando VII que no podría restablecer la Santa Inquisición sin condenar la intervención de los Cien Mil Hijos de San Luis al mayor de los ridículos ante los ojos de toda Europa. El rey vio la ocasión de reforzar el poder de los “moderados” de su gobierno, representados por Luis López Ballesteros y por el Marqués de Ofalia. Este hecho tendría unas consecuencias inmediatas. Él había podido comprobar en su destierro de Valençiennes cómo funcionaba la policía en Francia. Tenía muy claro cómo quería que lo hiciera en España. Por eso, no repitió lo que había hecho José I Bonaparte: es decir, trasplantar la organización de la policía francesa sin ningún género de enmiendas ni en cuanto a su distribución territorial ni en cuanto a su organización ni a su dependencia del ejército de ocupación. Quería una organización independiente, con su mando propio, una Superintendencia General, adaptada a la realidad española del momento.

Lo sorprendente del caso fue que adoptara principios liberales para determinar sus competencias. El principal de ellos fue que la policía no pudiera juzgar ni sentenciar a nadie: los detenidos deberían ser puestos a disposición del juez que correspondiera en el plazo máximo de ocho días. Se atuvo a la división de poderes. Más aún: la policía pensada así fue una policía moderna: de seguridad y administrativa. De seguridad, en cuanto se le encargaba la protección de personas y bienes; y administrativa, en cuanto que se establecían una serie de licencias que debería expedir y controlar, entre las que se encontraban las cartas de seguridad y los pasaportes para el interior (es decir, de los documentos y de identidad y de viaje). Sus intervenciones deberían llegar hasta el último rincón del territorio español.

La organización, competencias y ámbito territorial de la Policía General del Reino quedaron bien establecidos y definidos en una Real Cédula promulgada el 13 de enero de 1824 y en un Reglamento que la desarrolló y que lo fue el día 20 de febrero de ese mismo año.

Su permanencia hasta la actualidad sufrió numerosos avatares, siguiendo la estela de lo ocurrido en la historia de la Administración Pública española. En lo referente a la policía, estos comenzaron el 4 de octubre de 1835 en que se suprimió su estructura propia y fue absorbida enteramente por el Ministerio de lo Interior. Poco después, en agosto de 1836 se le cambió el nombre por el de Protección y Seguridad Pública y se redujo drásticamente su personal. No obstante, en 1838 aparece una de sus unidades más características en el Gobierno Civil de Madrid: la Ronda especial de seguridad, cuya función principal era la lucha contra los delincuentes habituales y reincidentes. Fue el primer antecedente claro de la Brigada de Investigación Criminal.

La organización de la Policía fue puesta a prueba duramente por los atentados anarquistas de finales de siglo XIX y principios del XX. A principios del siglo XX tuvo lugar la gran reforma que modernizó a la policía: afectó a su organización, destacando la creación de la Dirección General de Seguridad en 1912 como consecuencia del atentado contra D. José Canalejas; al estatuto de personal, terminando con las cesantías, garantizando la estabilidad en trabajo de los policías; a la formación, mediante la creación de la Escuela de Policía; la extensión del Cuerpo de Seguridad a todas las provincias de España y, posteriormente, en 1932, dotándolo de competencias en materia de orden público mediante la creación de la sección de Asalto; y su trabajo, con la creación de las brigadas y servicios en Madrid y Barcelona.

Con la llegada de la democracia en 1979, tuvo una enorme transformación. Su hito principal fue la unificación de los Cuerpos Superior de Policía y de Policía Nacional en uno: el Cuerpo Nacional de Policía en 1986. La trasformación de la policía se ha llevado a cabo a través de la incorporación de la mujer a las tareas policiales; del enorme impulso dado a la formación; y de los sindicatos. Gracias a ello, ha subido en aceptación popular; se ha podido enfrentar a los nuevos retos tecnológicos y se han mejorado las condiciones en el trabajo.

Como se ha intentado señalar, la policía estatal siempre, hasta en momentos muy críticos de su historia, ha tratado de adaptarse a la realidad social. Este ha sido el secreto de una supervivencia tan prolongada.

 

FUENTE: http://femp.femp.es/files/842-393-fichero/Carta%20Local%20n%C2%BA%20372,%20octubre%202023.pdf

PAG. 44 Y 45

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