POR GOVERT WESTERVELD, CRONISTA OFICIAL DE BLANCA (MURCIA)
Tres otros impuestos.
En 1507, observamos por primera vez, otros tres términos fiscales en el Puerto de la Losilla, según Pedro Andrés Porras Arboledas. Aprendimos de Vicente Branchát que borra, asadura y pontage son derechos de paso. Miguel Rodríguez Llopis nos hace saber que los Consejos, por otro lado, percibieron la borra en el ganado que pastaba en sus territorios. La mejor información proviene de María Teresa Pérez Picazo y Guy Leumier que indican que la «borra y cabrita», asadura, caballería, servicio, montazgo, portazgo, registro y herbaje son todos derechos de paso con acceso al pasto.
Pintura: Juana de Castilla (1495)
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