• El 14 de octubre de 1577 tomaba posesión del cargo de Corregidor y Justicia de la ciudad de Betanzos, por ante el escribano Andrés López, el Licenciado Fortin Iñiguez y de Ibargüen de reconocida estirpe vizcaína (En nuestra obra Historia Documentada de Betanzos de los Caballeros-Siglos XV y XVI, editada por la Fundación Caixa Galicia en 1984, Tomo I, pág., 134). Al año siguiente tendría que intervenir por su oficio ante la denuncia que plantea el mercader Juan Suárez, vecino de la villa de Mugía en la Comarca de Finisterre, por haber concertado un afletamiento el 15 de septiembre de 1578, con el pescador Esteban Álvarez, vecino de Betanzos, por el que se comprometía a llevar nueve pipas de vino y una con nueces desde el muelle de Pai Fermoso, plaza donde estuvo emplazada la Pescadería durante setecientos años, de dicha ciudad a la mencionada villa de Mugía. Como hubiesen transcurrido dos meses sin haber cumplido con su compromiso, lo denuncia ante dicho Corregidor y Justicia para que le obligue a cumplir con su obligación e indemnizarle por las pérdidas causadas, y auto de providencia redactado del tenor siguiente:

    » En betanços a diezesiete dias del mes de nobre (noviembre) de mil e qusº (quinientos) y setenta y ocho años ante el señor licendº Ibarguen corrgºr (corregidor) E Justª en la dha ciudad por su magestad y en presencia de mi scrvno e tsgos parescio presente Juan Suares Vº (vecino) de la villa de mugia y dixo que hera ansi que en quince dias del mes de Setie (septiembre) proximo pasado deste presente Ano abia Afletado un barco de estebo Albarez pescador Vº desta ciudad para llebar En el çiertas Pipas de Vino, A la dha Villa de Mugia y por rraçon dello le avia de dar E pagar de flete a ocho rreales y medio por cada Pipa y Un azunbre de vino y El dho Estevo Albarez se obligo de lebar (sic) el dho vino y mercaderia tienpo aviendo y tienpo no perdiendo y en cunplimento dello le dio El dho barco ala carga y en el cargo nuebe pipas E media de bino y una pipa de nuezes en la rria e cais del Pai Fermosso desta ciudad, y dexando selo cargado Se fue para su cassa y deviendo de llebar el dho Vino E mercadoria luego no lo a hecho ni querido Acer, antes por ber qe moria sardina y avia otra pesca se fue a la mar A ella, y le a tenido e tiene el dho Varco y mercadoria en el en la dha Ria al agua y llubia, aviendo echo despues Aca mucho y buen tpo (tiempo) en que podiera aver hecho la dha viaje como la hicieron otros mas Varcos y navios y fustas qe fueron de esta ciudad ala dha Villa y otras rrias y puertos mas lexos, y por aver dexado de le llebar su mercadoria a Rescevido mucho dapno (sic, leáse daño) y perjuiçio por aver dexado de Vender su Vino y porque la nuez esta Refuada y el bino perdido y desgajado y arruinado Vebido y Saetado y lleno de agua segun tiene Entendido, en que Rescevio de dano mas de cincuenta dsº (ducados) que pedia a su merced qe avida su Relaºn (Relación) por verdadera le conpeliesse y apremiase A qe luego seguiese su viaje y le entregasse el bino y mercadoria que le avia dado tal y tan buena como sela Avia Entregado, y allandola danada e perdida le mandasse pagar el dho dano con la pedida (pérdida) qe se le avia seguido en no le llevar la dha mercadoria, y dexado dela undez en el Animo En otros cincuenta dsº y sobre todo pedio serle hecho cunplimiento de Justicia y las costas pedio E protesto E juro no lo pedia de malicia E visto por su mrd (merced) dixo que lo oia, E que mandaba e mando que se notefigue al dicho estebo albarez que luego aga Viaje e cunpla lo questa obligado con el dho Juan Suarez o Ala Prmª (Primera) Audiencia paresca, a decir porque no lo deba cunplir So pena que si Algun dano se seguiere al dho Juan Suarez Sea A Su culpa e cargo y que cerca dello se provea Justiçia tsº (testigos) Juan de Ibarguen y otros. Paso ante mi.]Firmado]. Juan Perez Alvarez.[Rúbrica].» (Archivo Notarial de La Coruña. Protocolo 5, folio 116, del escribano Juan Pérez Álvarez del número y Ayuntamiento de Betanzos).

    En seguimiento del orden establecido al día siguiente, 18 de noviembre de 1578, el mismo escribano instructor pone en conocimiento la resolución antecedente «… En la Plaça del Pai Fermoso…», al sobredicho Esteban Álvarez «… el cual dixo que lo oia y que no abia hecho tienpo pª acer Viaje ni llebar la mercadoria al dho Juan Suares y que aunque su barco avia ido dos beces alargo A la mar y fuera A la çiudad dela coruña, E yno avia podido dobrar el cabo que Aciendo buen tpo (tiempo) Aria la Viaje…» (Ibídem)Y respuesta que Juan Suárez pide por testimonio al tiempo de reclamar el cobro de sus pérdidas con cargo a la hacienda del fletador, en presencia de los testigos Rodrigo Díaz, Bartolomé da Torre y Pedro de Cortes y otros, y requerimiento del que da fe Juan Pérez Álvarez con firma y rúbrica.

    Una justa y lógica resolución, que además de señalar el conocimiento de embarque, obligaba a cumplir el afletamiento convenido con el pescador brigantino Esteban Álvarez.