PLEITOS TENGAS…
Abr 12 2016

POR ANTONIO LUIS GALIANO, CRONISTA OFICIAL DE ORIHUELA

PLEITOS TENGAS
Reproducción “Reglamento para el Colegio de Abogados de Orihuela”.

Hay frases que cotidianamente empleamos y que en el trasfondo de las mismas conllevan grandes dosis de sabiduría popular. Una de éstas, es aquella con la que titulamos esta “Vuelta a los puentes” y que culmina con la sentencia “y los ganes”. Así, intentamos demostrarnos que dichos pleitos, se ganen o no pueden traer consigo pérdidas, aun a pesar de que el resultado nos sea favorable.

El mundo de la justicia y por extensión de la vida misma, por experiencia nos demuestra que, a veces es preferible un mal acuerdo que un buen pleito, aunque lo primero no sea del todo ventajoso para las partes que se ven inmersas en un litigio judicial, debido a lo costoso que puede resultar éste y su incierto final.

Sin embargo, no siempre el acto judicial es gravoso para algunas personas, por aquello de la asistencia jurídica gratuita para los que no tienen recursos para su defensa, logrando el auxilio de abogado y procurador. Pero, esto que nos pude parecer reciente, ya se tenía en cuenta hace 175 años por el Colegio de Abogados de Orihuela, al tener establecido en su “Reglamento” la figura del “Abogado de pobres”, para lo cual cada año dicho Colegio nombraba a seis individuos del mismo, a fin de que ejercieran “la abogacía de pobres” en la ciudad por turno riguroso, siendo este cargo gratuito, entre otras consideraciones. Estimo que debemos recordar, que esta Corporación cumplió el 16 de febrero del pasado año, los treinta y cinco lustros de su existencia, al ser constituida por los 27 abogados residentes en la ciudad, de los cuales José Santiago Picazo era el más antiguo del distrito. Tras la reunión efectuada en ese día de 1840, fue elegida su primera Junta de Gobierno, y cinco días después en Junta General Extraordinaria se acordó redactar un “Reglamento” que regulase su funcionamiento. Así mismo, fue nombrada Patrona del Colegio María Santísima bajo la advocación de su Concepción Purísima, acordándose celebrar su fiesta el domingo inmediato al día 8 de diciembre con misa solemne y sermón, en el monasterio de San Juan de la Penitencia.

El Reglamento fue aprobado el 21 de junio del citado año, entrando en vigor el día uno de julio, e iba refrendado por José Santiago Picazo, decano; Gregorio Morón, diputado 1º; Pascual Picazo, diputado 2º; Mariano Casanova, tesorero; Agustín María Gisbert, contador-secretario. Fue editado en la imprenta de Pedro Burruezo, y en febrero de 2003, se volvió a publicar en facsímil, siendo decano José Germán Botella.

Pero, regresando a la asistencia jurídica gratuita, con anterioridad a la legislación que la regula, además de los antecedentes anteriores, dentro de la amplia filmografía sobre abogados, nos viene a la memoria aquella película de 1969, penúltima interpretada por el actor mexicano Mario Moreno “Cantiflas” y que lleva por título “Un Quijote sin mancha”, en la que el protagonista interpretaba a Justo Leal y Aventado, pasante de un anciano abogado con el que se formaba, a la vez que se dedicaba altruistamente a defender a aquellos que no tenían recursos para la asistencia jurídica.

Como vemos, la generosidad de estos profesionales viene de antiguo, al igual que algunas instrucciones que se daban en siglos pasados. Este es el caso sucedido el 1 de octubre de 1707, al ser convocados los capitulares de la Ciudad, después de haber sido citados para la reunión por medio de Josef Rodríguez, macero mayor. A dicha reunión asistieron: Juan Sánchez Bellmont, ciudadano, justicia criminal; Francisco Ruiz de Ávalos Pagán, señor de los lugares de Cox y Almerino, jurado primero del estamento militar; Joachim Genecia, Fernando Pérez de Meca y Joseph Reig, jurados. Hacía poco que habían sido abolidos los Fueros y se estaba viviendo bajo el Decreto de Nueva Planta. El asunto de la reunión no fue otro que dar a conocer una providencia de la Real Cancillería que debían ejecutar los gobernadores o jueces de las ciudades, villas y lugares del Reino, a fin de que se convocase a todos aquellos notarios que hubieran en la ciudad, excluyendo a los que se supiera que no eran buenos vasallos del Rey, informándose a los demás que durante cuatro meses podían seguir ejerciendo su oficio de escribanos, “en cuyo tiempo debían sacar despacho en forma de S.M. y no sacándolo en dicho tiempo no han de poder actuar”. Así mismo, se les advertía que, “han de actuar en adelante en lengua castellana y que advertidos de todo lo susodicho se les recibirá el juramento de cumplir fielmente en su oficio y arreglarse en los derechos a las Leyes de Castilla”. Dicha instrucción afectaba también a los abogados y procuradores, y a fin de comprobar el buen vasallaje se efectuó una memoria de todos los abogados, escribanos y procuradores de la ciudad. En total se contabilizan 17 escribanos, 11 procuradores y 13 abogados, entre ellos: Domingo Ruiz, catedrático jubilado; Pedro Alemán, asesor de la Ciudad; Luis Maseras, catedrático y abogado de la Ciudad; Salvador Vigo, catedrático y asesor de la Gobernación; Carlos Botella, asesor del justicia civil. Todos ellos fueron calificados como buenos vasallos, mandándoseles que continuaran en sus oficios, reservándose la circunstancia, de que si en adelante se detectaba lo contrario, quedarían excluidos de sus oficios.

Era otro tiempo, y al margen de aquellos considerados como picapleitos, leguleyos, o como decimos en esta tierra, abogados de secano; seguro que, como ahora, habrían buenos profesionales del derecho, para los cuales siempre sieven esos consejos de que más vale un mal arreglo que un buen pleito, pues muchos tengas de éstos y que los ganes.

Fuente: Diario LA VERDAD. Orihuela, 8 de abril de 2016

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