ESTE HONOR RECAERÁ SOBRE PERSONAS FÍSICAS QUE SE HAYAN DISTINGUIDO EN SU LABOR DE ESTUDIO, INVESTIGACIÓN Y DIFUSIÓN DE LOS TEMAS RELACIONADOS CON ESTE PUEBLO
Campillo de Altobuey crea la figura de CRONISTA OFICIAL y busca a alguien que desempeñe este papel. El nombramiento de CRONISTA OFICIAL LA LOCALIDAD DE CAMPILLO DE ALTOBUEY recaerá sobre personas físicas que se hayan distinguido en su labor de estudio, investigación y difusión de los temas relacionados con esta localidad.
El Pleno del Ayuntamiento de Campillo de Altobuey podrá designar CRONISTA HONORARIO a aquella persona física, con arraigo en el municipio, que se haya distinguido por su dedicación a Campillo de Altobuey o su tarea de estudio sobre la misma. Ambos títulos tienen carácter vitalicio. No obstante el carácter vitalicio del cargo de CRONISTA OFICIAL, podrá cesar por decisión propia o, en caso de incumplimiento de sus obligaciones o de enfermedad que incapacite para el ejercicio del mismo, por acuerdo del Ayuntamiento Pleno.
El procedimiento se iniciará por resolución de la Alcaldía, ya sea de oficio o a propuesta de cualquier persona, entidad o asociación con arraigo en el municipio. Dichas propuestas deberán ir acompañadas de memoria en la que se especifiquen los méritos que concurren en el candidato propuesto, junto con reseñas biográficas y, si las hubiera, bibliográficas.
La instrucción del expediente se dirigirá a acreditar y valorar los méritos del candidato en cuanto a su obra o actividad relativa a la Localidad de Campillo de Altobuey. El expediente será informado por la Concejalía de Cultura. Dentro de la tramitación del expediente podrán solicitarse, facultativamente, informes de entidades o personalidades de reconocido prestigio en la materia, tales como Reales Academias, Universidades u otras. También podrán solicitarse informes con el mismo carácter a entidades, asociaciones o colectivos sociales, siempre que están arraigados en el municipio. Dichos informes serán, en todo caso, no vinculantes. Antes de formularse la propuesta de nombramiento se dará audiencia del expediente al candidato.
El CRONISTA OFICIAL tendrá derecho a la compensación de los gastos que comporte el ejercicio de su función y la compensación económica que se fije por el Pleno del Ayuntamiento, por los trabajos de investigación, estudios y publicaciones encomendadas expresamente por el mismo.
El CRONISTA OFICIAL se tiene atribuidas, y con el acto de aceptación, se compromete a emitir su opinión y evacuar consultas sobre aquellos temas relacionados con la historia del municipio, o aquellos que la Corporación, por medio de la Alcaldía, estime oportuno someter a su consideración. La petición de la opinión o consulta se efectuará por la Alcaldía y a través de la Concejalía de Cultura. Además, tendrá que redactar una memoria anual que se denominará «Crónica de la Localidad de Campillo de Altobuey», en la que se recojan los principales acontecimientos sociales, culturales, políticos y de todo tipo relacionados con la localidad.
Para este pueblo, “la figura del CRONISTA OFICIAL tiene una arraigada tradición en el municipalismo actual. Al margen del carácter honorífico del nombramiento, y a diferencia de otros títulos y distinciones que otorgan los Ayuntamientos, la figura de CRONISTA OFICIAL, tanto en honor a su tradición, como a la utilidad de su tarea historiográfica, es merecedora de ser realzada y revitalizada en nuestro municipio”.
Para los habitantes de Campillo de Altobuey, la figura que basada en merecimientos especiales, arraigo en la ciudad, investigación sobre la historia, costumbres y tradiciones; efectuados a lo largo de una vida académica, profesional o de servicios, comporta “una labor de investigación en el pasado municipal para dar a conocer viejas costumbres, difundir las riquezas culturales y, en definitiva, realzar la historia y el patrimonio cultural de la localidad”.
Fuente: http://www.vocesdecuenca.com/