POR FABIÁN LAVADO RODRÍGUEZ, CRONISTA OFICIAL DE LA ZARZA (BADAJOZ)
“Si te tocas te jodes
que te tienes que ir,
que tu madre no tiene
seis mil reales pa ti”
¿Quién no ha escuchado o tarareado esta famosa coplilla el día que se tallaban o sorteaban los quintos? Esta “inocente” canción encerraba un sistema de quintas muy injusto y, que como siempre, pagaban los jóvenes menos pudientes económicamente; así, el servicio militar en el siglo XIX, se convirtió en una especie de “contribución de sangre” para las clases menos favorecidas.
A lo largo del tiempo, los medios para alistarse en el Ejército habían sido tres: voluntarios, levas forzosas y las quintas o sorteos; todos ellos aderezados con una gran cantidad de leyes, normas y disposiciones que los regulaban. La Ley de Reemplazo del Ejército de 2 de noviembre de 1837 vino a poner fin a los sistemas de reclutamiento del Antiguo Régimen, derogando todas las disposiciones anteriores y poniendo las bases de una nueva forma de alistamiento militar más acorde con los tiempos. Pero, como se suele decir, quien hizo la ley hizo la trampa. Esta ley vino a regular y reconocer los dos sistemas que existían para evitar el alistamiento, obviamente sin tener en cuenta los impedimentos físicos o motivos familiares: la redención en metálico y la sustitución.
Redención-Sustitución
La redención consistía en la entrega de una cierta cantidad de dinero al Estado, establecida por el Gobierno, para evitar el servicio militar. Con este dinero, supuestamente contrataba a otros soldados que sustituirían a los redimidos. Aunque recogida esta figura en la Ley de 1837, fue el Proyecto de Ley de 1850 el que democratizó su utilización. Las cantidades a pagar, importantes para la época, fueron variando según las distintas leyes: 6000 reales en 1851, 8000 r. en 1859, 6000 r. en 1869, 5000 r. en 1874, 8000 r. en 1875, 2000 pesetas en 1878, y 1500 pts y 2000 pts respectivamente en 1885 si el destino era la Península o Ultramar.
En la sustitución el mozo de familia adinerada evitaba la “mili” pagando directamente a un sustituto para que realizase el servicio militar por él. Según la Ley de 1837, estos sustitutos debían ser solteros o viudos sin hijos sorteables menores de 25 años de la misma provincia, licenciados del Ejército o milicias provinciales, también solteros y menores de 30 años, o viudos mayores de 30 años con buena nota en su licencia y que no estuviesen sometidos a un proceso judicial. Los sustituidos serían responsables de los que ocupasen su lugar, y en caso de que estos desertasen antes de cumplir el primer año de servicio, el sustituido tendría que incorporarse al Ejército como soldado. Lo que comenzó siendo un acuerdo entre particulares, sufrió numerosas reformas a lo largo del siglo XIX dado su impacto social, pues su uso se extendió por todo el país, particularmente en las zonas rurales, donde los propietarios campesinos no dudaban en avalar con sus casas y tierras el préstamo o hipoteca necesaria para pagar la sustitución, que se acreditaría en la depositaría de fondos provinciales o en un banco público. Este dinero era la garantía de la permanencia en el Ejército del sustituto hasta la finalización de su prestación, momento en el que podía cobrarlo. La cantidad también fue variando a lo largo del tiempo. La Ley de 1856 permitió el cambio de número entre los mozos sorteados de la misma provincia en el año correspondiente al reemplazo o en los dos años anteriores, de forma que el sustituto cumpliese el servicio militar. Las Leyes de 1872 y 1882 restringieron aún más el uso de la sustitución: la primera la limitó hasta los parientes de cuarto grado, la segunda solo permitió la sustitución entre hermanos.
Los llamamientos a filas iban incrementándose por distintas circunstancias como la guerra de Cuba y posteriormente la de Marruecos, los problemas con el carlismo y las insurrecciones cantonales. Las protestas sociales arreciaban cada vez más contra el sistema de reclutamiento y sus privilegios, no debemos olvidar que la duración del servicio militar desde 1856 hasta 1882 varió entre los ocho y doce años. La redención y sustitución fueron abolidas definitivamente con la Ley de 1912, con lo que teóricamente se universalizó el servicio militar, pero de nuevo se mantuvieron los antiguos privilegios para los estratos sociales más poderosos económicamente con la creación del llamado soldado de cuota, que efectuando un pago de 1000 o 2000 pesetas, además de correr con todos los gastos de manutención, equipo y caballo, veía reducido el tiempo de permanencia en filas a diez o cinco meses respectivamente, cuando el servicio duraba tres años.
Casos en La Zarza
En La Zarza contamos con numerosos casos que se produjeron a mediados del siglo XIX. El 9 de diciembre de 1841, Francisco Carranza, zarceño, compareció ante el escribano para informar que habiéndole tocado a su hijo Francisco Damián Carranza, de 22 años, la suerte de soldado en el sorteo celebrado en Arroyomolinos, había acordado cambiarlo con Pedro Flores, sorteado en La Zarza. El capítulo 14, artículo 93, de la Ley de 1837 permitió el cambio de número entre mozos y, consecuentemente, la correspondiente escritura de permuta. En la misma fecha, Isabel Corchuelo, vecina de La Zarza y viuda de Félix Andújar, compareció para declarar que a su hijo Diego Andújar le tocó la suerte de soldado con el número 22 en el sorteo de quintos comprendidos entre los 18 y 19 años (se realizaban hasta seis sorteos según las edades de los quintos: entre 18 y 19 años, 20 y 21, 22, 23, 24 y 25 años) y acordar la permuta del servicio militar de su hijo con Pedro Lavado de la misma edad y con el número 2.
El 19 de junio de 1847, se personó Antonio Martínez, vecino de San Pedro, declarando que su hijo Juan Martínez, soltero de 20 años, intercambiaba su puesto con Mateo Cortés Lovato, hijo de Antonio Cortés, soltero de la misma edad y vecino de La Zarza.
El 22 de julio de 1847, D. Pedro Idrovo de Castañeda manifestó que en el sorteo celebrado en La Zarza tocó a Bartolomé Ignacio Flores, hijo de Martín, el número 8 de entre los mozos de 18 y 19 años, y que habiendo sido llamado a filas su quinta, decidió realizar el servicio militar por medio de la sustitución, cuya plaza la ocuparía Fernando Folgado, vecino de Jerez de los Caballeros. Para ello, D. Pedro Idrovo se presentó como fiador del soldado por un valor de 4200 reales, precio de la sustitución, que como no los poseía en metálico, hubo de hipotecarse por el doble de dicha cantidad: 8400 reales, así lo estipulaba la R.O. de 21 de octubre de 1846. Cantidad que, según R.D. de 25 de abril de 1844, debía depositarse en el Banco Español de San Fernando de Badajoz u otra depositaría señalada por el Gobierno. Para esta operación hipotecó una suerte de ocho fanegas de tierra de labor en sembradura, vallada con un cerco de piedra, en la Dehesa de la Acenchosa, lindante con el arroyo de la Calera, y una casa en la calle Coso; ambas fincas de su propiedad y libres de cargas.
El 14 de abril de 1848, Leonor Muñoz, viuda de Manuel Guerrero, vecina de La Zarza de 25 años, expuso que su sobrino Clemente Zama, hijo de Pedro, fue exceptuado en un primer momento por no “dar la talla” (1´59 m.), pero tras la reclamación de otros mozos, y una nueva medición, fue declarado soldado. Debido al afecto que sentía por su sobrino, hicieron las diligencias necesarias para buscarle un sustituto que pudiera reemplazarle, acordando que fuese Francisco Vico, natural de Úbeda, soldado cumplido y licenciado del Regimiento de Burgos nº 36. Leonor Muñoz se constituyó en fiadora de Clemente Zama, ya que su padre fue incapaz de aportar los 4200 r. necesarios para el pago de la sustitución, hipotecando para ello varias fincas por el doble de la cantidad exigida para el pago (aunque realmente se acordó entre ambas partes el importe de 6200 r. según se deduce de la carta de pago efectuada en 1854): una casa situada en la calle de la Carrera valorada en 4500 r., una tierra de seis fanegas en los Morteritos lindera con la dehesa de propios de Villagonzalo tasada en 2200 r., una tierra de tres fanegas en el sitio de la Regalona colindante al río Matachel justipreciada en 1500 r., y otra tierra de fanega y media en el arroyo de San Martín valorada en 900 r; en total 9100 r. según tasación realizada por alarifes y labradores de La Zarza, todas ellas libres de cargas, pero de las que no conservaba títulos de propiedad, siendo necesario el testimonio de varios testigos “de arraigo” para acreditar su pleno dominio sobre las mencionadas fincas. A finales de 1854, Francisco Vico, tras servir en el Regimiento Galicia nº 19 desde 1848 y acreditada su licencia absoluta por el coronel de dicho regimiento D. Manuel Álvarez Maldonado, cobró 4600 r., que sumados a los 600 r. que percibió a su entrada en el Ejército, más otros 1000 r. al cumplir el primer año de servicio, totalizarían los 6200 r. pactados.
Francisco Muñoz compareció el 3 de noviembre de 1848, tras el sorteo efectuado en La Zarza, declarando que su hijo Pedro Muñoz había sido llamado a filas, por lo que solicitó la sustitución para él, constituyéndose en su fiador e hipotecándose por los consabidos 8400 r. con dos casas en la calle Cotillo, ambas escrituradas a su nombre y libres de todo censo.
El 23 de abril de 1857, Catalina Blázquez Martínez, natural y vecina de La Zarza, de 25 años, viuda de Pedro Gil Pulido, convino la sustitución de su hijo José Gil con Manuel Bonifacio Moreno, vecino de Alange y retirado del Ejército, para cumplir el servicio militar de ocho años por la cantidad de 5000 r. Si el soldado falleciese durante el transcurso del servicio, su familia no podría reclamar nada hasta haberse cumplido los ocho años. Para ello, Catalina Blázquez hipotecó dos suertes de tierra: una de ocho fanegas de labor en el sitio llamado Rabo de Gato lindante con el camino que va hacia Guareña valorada en 2400 r, y otra de cuatro fanegas en sembradura en los Morteritos tasada en 3000 r.; ambas de su propiedad y posesión.
El 28 de octubre de 1862 se personó Francisco Trinidad Muñoz, zarceño de profesión molinero, para declarar que a su hijo Domingo Trinidad León le cupo la suerte de soldado, por lo que pactó con Francisco Paula del Rosario, soltero, natural y vecino de Olivenza, la sustitución de su hijo por la cantidad de 4000 r., pagaderos al transcurrir el primero de los ocho años de servicio militar. Para ello hipotecó una casa de su propiedad sita en la calle Nueva nº 12, valorada en 7000 r. que no podía gravar, hipotecar ni vender hasta que no se hubiese extinguido el crédito de los 4000 r.
Benito Trinidad Muñoz, casado de 45 años, molinero, natural de La Zarza y vecino de Mérida, acordó el 1 de julio de 1868 con José Cantero Osorio, natural de La Haba, que su hijo Joaquín Cantero Sosa, natural y vecino de Don Benito, sustituyera a Juan Trinidad, hijo de Benito, por la cantidad de 400 escudos más otros 50 para gastos pagados a medias; aunque estaba pendiente que lo declarasen exceptuado “por inútil”. Se constituyó como pagador el abuelo del quinto, Santos Trinidad Galán, zarceño, casado y de oficio labrador; que en caso de ser declarado no apto para el Ejército, se abonaría a Joaquín Cantero el tiempo que hubiese permanecido en filas.
El 10 de julio de 1870, Joaquín Carrasco Barrero, de 58 años, natural y vecino de La Zarza, casado y de oficio labrador, y Antonio Cidoncha Romero, de Don Benito, de 47 años, casado y de oficio zapatero, acordaron la sustitución por cambio de número de Antonio Carrasco Almendro por Joaquín Cidoncha Rodríguez, hijo de Antonio, por la cantidad de 350 escudos: 40 pagados a la firma del contrato y 310 transcurrido el primer año cuando cumple la responsabilidad personal. Para ello hipotecó una finca de seis fanegas de tierra en el sitio de Malpartida lindante con el camino de Alange.
Por último, el 12 de julio de 1870, José Guerrero Márquez, natural y vecino de La Zarza, de 44 años, casado y de oficio labrador, y Carlos Muñoz Muñoz, de Don Benito, ganadero de 26 años, concertaron que Antonio Muñoz Muñoz, hermano de Carlos, sustituyera y sirviera en el Ejército por Antonio Guerrero, hijo de José, por la suma de 400 escudos: 50 pagados en ese momento y 350 en el plazo de un año. José Guerrero hipotecó para cubrir los gastos tres fanegas de tierra de su propiedad en el sitio de La Hoya valoradas en 500 escudos.
FUENTE: EL CRONISTA