POR JOSÉ RAIMUNDO NÚÑEZ-VARELA Y LENDOIRO, CRONISTA OFICIAL DE BETANZOS (LA CORUÑA).
En el Tesoro de la Lengua Castellana o Española, de la autoría de don Sebastián de Covarrubias, editada en Madrid en 1611, se define la capa como » La vestidura que se pone sobre todas las demás, comúnmente… Hay muchas diferencias de capas, capa larga de hombres ancianos, capa corta de mozos y galanes, capa lombarda, capa aguadera…», una prenda de abrigo de gran estimación en todas las épocas y que en el año 1650 es adquirida por un joven menor de edad para formar parte de su atuendo. Antes de proceder a la transcripción del documento otorgado por ante escribano para la adquisición de dicha prenda bajo fianza, vamos a referirnos al ropaje habitual de los pecheros contrastado en escrituras de la época, y que hemos seleccionado para mejor comprensión de las piezas que componían el vestuario por entonces.
En la ciudad de Betanzos el 4 de marzo de 1652, se procede al recuento ante escribano de los bienes del fallecido Manuel Núñez, vecino de la misma, y entre sus pertenencias consta en el inventario lo siguiente:
«… unos flascos de Milan con su arcabuz y un calzon y ropilla biexo de pano flainesgo que traia cada dia el dho difunto…
Una capa, calzon y ropilla de paño negro del cuerpo del difunto…» (Archivo Notarial de la Coruña. Protocolo 301, folio 204, del escribano Domingo Díaz Hermida, del número y ayuntamiento de Betanzos).
En el testamento otorgado por el mareante Juan Pardo, en la misma ciudad el 15 de octubre de 1652, dispone entre sus mandas:
«… y mando todo el vestido de fiesta que tengo, ansi capa, calçon, ropilla y otro calçon de color y todo lo demás que tubiere de mi cuerpo de fiesta y mando a Juan Pardo el moço mi hijo y de la dha Juana de Quintia mi muger…
Y mando que mi cuerpo sea sepultado en la parroquial yglesia de Santa Maria do Azougue, en donde esta enterrado Juan Conde mi tio que tiene por senal suyo de un pico que esta en el medio de la dha yglesia que hes propia y reconocida sin que della se pague cosa ninguna…» ( Ibídem. Folio 47).
Con fecha 26 de abril de 1583, Vasco Gómez, vecino de Cines, efectúa una compra aplazada al mercero Bartolomé Darriba, vecino de Betanzos, y se obliga a pagar:
«… trece reales los quales son por rrazon de dos sonbreros uno aforrado y otro llano con sus toquillas…» (Ibídem. Protocolo 40, folio 239, del escribano Álvaro Fresco de Solloso, del número de Betanzos).
La capa era sin lugar a dudas la prenda más costosa del vestuario masculino como vamos a ver, al mismo tiempo que distintivo del nivel social de su portador en dependencia de su hechura, de manera que los hidalgos solían llevarla hasta el medio muslo, los menestrales hasta las rodillas y las gentes del campo hasta los pies, y compra a pago aplazado cuya escritura de contrato fue formalizada del tenor siguiente:
» En la ciudad de Betanços a diez y siete dias del mes de março de mill y seis cientos y cinquenta años ante mi ssº (escribano) y testigos paresçio presente pedro posse que anssi dixo llamarsse y ser Becino de la frª (feligresía) de santaya de cañas como principal y Domingo garçia Vº (vecino) dela misma frª. y Domingo garcia sonbrerero vº desta dha ciudad como sus fiadores todos tres Juntos de mancomun a Bos de Uno y Cada Uno dellos por ssi y por el todo ynsolidun… dixeron se oBligaBan y oBligaron en forma con sus personas E Bienes muebles e Rayces aBidos e por aBer De dar E pagar y que Cada Uno dellos dara y pagara de deuda Buena y Berdadera en que no aya fraude ni engano ninguno a don Juan Bautista de parga vecino desta ciudad o ala persona que su poder Ubiere y esta oBligacion o su treslado desinado presentare hes a saBer quarenta y quatro Reales de Bellon por el Balor de una Capa que de su mano a Rescibido en dho precio de que se Constituyo por deudor el dho pº (Pedro) posse… y pusieron plaço para se los dar y pagar La mitad dellos Para fin deste presente mes y la otra mitad para fin de mayo primero Benidero deste presente año de llano y de contado sin pleyto ni contienda ni figura de Juicio pena de Execucion y Costas y para lo mejor cunplir dieron todo su poder cunplido alas Justicias de su magd y su fuero para que todo agan cunplir como sentencia difinitiba de Juez conpetente por Ellos pedida y consentida pasada en cossa juzgada y no apelada… y el dho pº Posse las Leis dela menor Edad por ser mayor de veinte años y menor de Veinteycinco y demas dello Juro a Dios y a una Cruz… de que doy ffe que contra lo contenido en esta carta no yra ni pasara por decir que pa la aber de otorgar asido Lesso engañado ni atimuricado ni deste Juramento pedira ausolucion ni Ralasacion a su Santidad ni a su nuncio delegado ni otro perlado (prelado) que para se lo conceder facultad tenga y si de su propio motu selo concediere y Relaxase tantos Juramentos y Uno mas açe otrosi se obligo en forma con la dha su persona y Bienes de sacar que sacara a pas (paz) y a salbo yndene desta obligacion y fiança alos dhso sus fiadores sin que por el paguen ni lasten Cossa alguna y en Racon dello… porque dixo no sabia firmar Rogo a un testigo firme por el de su nonbre y los dos fiadores los firmaron del suyo estando a ello Presentes por testigos antonio nuñez de rron y ssevastian ferro y domingo Vidal pedrero vecinos de dha ciud que por yo ssnº no conocer al dho Pedro posse Recibí Juramento de los dhos sevastian ferro y domingo vidal que juraron a dios y una Cruz… De que doi fe le conoçian y era el mismo aqui contdº (contenido) y a los demas yo ssº doy fe conozco…[Firmado]. Domingo García, Domingo García, como testigo y a Ruego de parte otorgante Antonio Núñez de Ron.[Rúbricas]. Pasó ante mi. [Firmado]. Domingo de Amenedo.[Rúbrica].» (Archivo Municipal de Betanzos. Documentos notariales sueltos sin catalogar. Caja 6.572, del escribano Domingo de Amenedo, del número y ayuntamiento de Betanzos).
A partir de este momento el joven Pedro Posse, vecino de la feligresía de Santa Eulalia de Cañas, podría cubrirse con la capa usada que le había vendido don Juan Bautista de Parga, vecino de Betanzos, y que había adquirido para completar su atuendo.
FUENTE: http://www.cronistadebetanzos.com/compra-de-una-capa-al-fiado-en-1650/