CONTRATO DE DUELAS PARA PIPAS Y BOTAS EN 1582 Y EXPORTACIÓN PARA MOTRICO EN 1607
Nov 13 2024

POR JOSÉ RAIMUNDO NÚÑEZ-VARELA Y LENDOIRO, CRONISTA OFICIAL DE LA CIUDAD DE BETANZOS (LA CORUÑA) 

Es indudable que desde la traslación de Betanzos para el Castro de Untia en 1219, se produjo un incremento del comercio en toda la Comarca Natural de las Mariñas de Betanzos, mediante una conexión de su Capital con las feligresías más cercanas a través de sus ferias y mercados. Un medio comercial propiciatorio culminado con la concesión de la Feria Franca, por privilegio otorgado en Cuéllar por el Rey Enrique IV el 3 de julio de 1467, que atrajo a comerciantes de otros Reinos de España e incluso del extranjero.

La notoriedad del desarrollo comercial promovido por los mercaderes y menestrales de Betanzos, propició que en el siglo XIV fuesen conocidos como los Genoveses de Galicia, según relato de don Manuel Murguía, y merecido apelativo en razón al alcance de sus transacciones allende de sus fronteras naturales. En relación con la viticultura vamos a ver como los toneleros se las arreglaban para obtener buena madera con que abastecer sus obradores en áreas montañesas, como lo efectuaba el 6 de mayo de 1582 Bartolomé de Castro, vecino de Betanzos, a tres vecinos de Santa María de Gestoso de un millar de duelas con destino a la fábrica de Pipas y botas (cubas o barricas), mediante escritura de obligación otorgada por ante escribano y redactada como sigue:

» En la ciudad de Betanzos a Seis dias del mes de Mayo de mill e quinientos e ochenta y dos años ante mi  scrvano pucº (público) E tºs (testigos) parºn (parecieron) pressentes Jeronimo bonome E Juan do Pico E Juan de grueiro, Vecinos de la felegª (feligresía) de Santa mª de Gestosso Jurdºn (Jurisdicción) del monº (monasterio) de monfero, E todos tres de mancomun a boz de Uno e cada Uno dellos por si E por el todo… se obligaron con sus personas E bies (bienes) muebles e Raices abidos E Por aver de dar E pagar A… Bartolame de castro tonelero Vº (vecino) dela dha çiudad questaba presente… es A saver Un millar de doela de Pipas y botas, buena madera merchante de dar y rrescevir… la qual daran puesta y carretada En la Aldea de Santaya da biña a su rriesgo E ventura dende oy dia dela fecha desta carta de Obligaºn, a todo El mes de Junio plaço Primº qe Viene deste dho Ano… la qual dha doela El dho Bartolame de castro les conpro En precio de ocho Reales el ciento que monto ochenta rreales que luego les dio e pago En Cinco dºs (ducados) en dinero y en una taça de plata blanca que luego les pago y entrego y ellos lo Rescebieron de qe yo scrvano doy fee quel dho bre de castro les pago y los sobredhos los rresçebieron como dho es e prometieron de lo pagar e cunplir de oy dia de la fecha asta el dho plaço primero qe Viene llanamene sin pleito ni contienda ni fegura de Juiº (Juicio) so Pena del doblo de la dha quantia y costas que en la cobrança E Recaudança dela dha madera se le seguieren… E para lo cunplir E pagar dieron e otorgaron todo su poder cunplido En forma a Las Justicias seglares de Su magestad… Pª qe se lo agan cumplir E pagar y aver por firme… E otorgaron obligaçion En forma ante mi scrvano E tºs E por no sver firmar rrogaron A andres da rrigueira lo firme por ellos de su nre (nombre) Presentes por testigos El dho andres da Rigueira E domingo da granja e gonzalo de fonte carpintº bos (vecinos) dela dha çiudad…[Firmado]. Soy tº Andres da Rigueira.[Rúbrica]. Paso ante mi.[Firmado]. Juan Perez Alvarez.[Rúbrica].» (Archivo Notarial de La Coruña. Protocolo 7, folio 153, del escribano Juan Pérez Álvarez del número y Ayuntamiento de Betanzos).

Transcurridos veinticinco años, el tonelero Alonso Pérez, vecino de Betanzos, el 11 de septiembre de 1607, otorgaba una escritura de contrato con Juan de Gollias, vecino de la villa de Motrico en Guipúzcoa, por la que se compromete a fabricarle ocho Pipas de vino que deberá tener listas en diez días en que pasará a recogerlas a esta ciudad, y documento manuscrito intitulado » Contrato Entre Alonso Lopez tonelero e Juan de golais » redactado del tenor siguiente:

« En la ciudad de betanços a honce dias del mes de Setienbre de mill y Seisçientos y Siete años ante mi scrvnº Pucº (escribano público) E testigos parescio presente, alonso pes (Pérez) tonelero vecino dela dha ciudad, E dixo que por qtº (cuanto) Entre El y Juº (Juan) de golias natural dela Probincia Guipuzcoa y vzº dela villa de motrico, En que le avia de hacer ocho pipas nuevas que lleven a ducientos y diez azunbres y por ellas le a de pagar a diez y Seis Res (reales) y mº (medio) cada una, la mitad dellos En quartos y la otra mitad En plata, y se las a de dar hechas dentro de diez dias, que corren desde mañana doce dias deste preste (presente) mes y año, y a condicion que si no se las diere dentro del dho trmo (término)  que pasado y estando de venida por ellas El bino y Caneros que se traxere para hellas Le a de pagar por cada un dia quatro ducados que se detubiere por la dha causa y se obligo con su persona E bienes hacerlas las dhas pipas buenas y del dho porte para El dho tienpo so pena de que le pagara los dhos quatro ducados no Cunpliendo con el al dho Placo segun va declarado, y el dho Juº de Golias le dio para En qta (cuenta) dellas luego de contado la mitad enteramente delo que montan las dhas Pipas la qual le dio En plata En presencia de mi scrvnº de que doy fee y lo mas se obligo de pagarle al tienpo que le entregare las dhas pipas, y para que lo Cunpliran entranbas ptes (partes) dieron su poder cunplido a todas E  qualesquier Jueces y Justicias seglares del Rey nuestro Senor que dello puedan e deban conosçer a cuya Jurisdiçion se sometieron pª que se lo hagan cunplir commo ssª (sentencia) pasada En cosa juzgada çerca delo qual rrenunciaron todas leys E drcºs (derechos) de su fabor y en especial la ley general y lo otorgaron ansi y lo firmaron de sus nonbres, testigos presentes Pº (Pedro) Lopes mercader y Gregorio Frs (Fernández) asimesmo mercader vecinos dela dha ciudad, Pº Garcia asimesmo vº (vecino) della, e yo scrvnº doy fee conozco los otorgantes.[Firmado]. Juan de Gollias, Alonso Perez.[Rúbricas]. Paso ante mi.[Firmado].Alonso Lopez Ballo.[Rúbrica].» (Ibídem. Protocolo 92, folio 114, del escribano Alonso López Ballo del número de Betanzos).

Por tanto cada pipa tendría una capacidad de 424’20 litros a razón de 2’020 litros cada azumbre de vino por la medida de Betanzos, que en total permitirían transportar 3.393’60 litros de vino, aunque en este caso y según consta en la escritura las pipas eran destinadas para llevar indistintamente vino y canero.

El mismo tonelero Alonso Pérez sería contratado, el 4 de junio de 1625, por el doctor Antonio Rodríguez de Lago, regidor de la ciudad de Betanzos y abogado de la Real Audiencia, para la elaboración de envases para la bodega de su casa en la calle que baja del Castro para la de los Herreros, que contaba con lagar propio, y se conciertan de manera que «… a de acer y dar echos y fondadas de anvas cabeças quatro cascos de Pipas de porte cada una dellas de mas de tresçientos acunbres, que sean buenas de vuena madera y bien harcadas…» (Ibídem. Protocolo 53, folio 92, del escribano Lorenzo de Ponte y Andrade del número y Ayuntamiento de Betanzos), y encargo del que resulta fácil deducir que se trataba de un menestral de reconocida profesionalidad (Sobre el doctor Antonio Rodríguez de Lago, remitimos a nuestra obra Morfología Urbana de Betanzos de los Caballeros-Intramuros, edición propia, Betanzos 2023, Tomo I, página 413, y Tomo II, páginas 871-872 y 1.158).

FUENTE: http://www.cronistadebetanzos.com/contrato-de-duelas-para-pipas-y-botas-en-1582-y-exportacion-para-motrico-en-1607/

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