CUANDO NOS EMPEÑAMOS EN OLVIDAR LA HISTORIA, LA HISTORIA SE REPITE. (PARA QUE NO OLVIDEMOS) III PARTE- FINAL
POR JOSÉ JULIO ORTIZ CHISVERT, CRONISTA OFICIALDE COBEÑA (MADRID)
Tras la quema de iglesias y conventos y el asesinato de religiosas y sacerdotes en mayo de 1931, el Gobierno no se atrevió a contener a las masas. Había nacido una República débil, cobarde ante la impopularidad y ecléctica. Las esperanzas de una república democrática, tolerante, de entendimiento y talante no se hacían realidad.7
La República había derrocado al Rey Alfonso XIII en abril y en mayo, a la quema de iglesias que se sucedieron durante los días 10, 11, 12 y 13 se le añadieron unos sucesos atroces. El día 28 de ese mismo mes de mayo, en San Sebastián, en Guipúzcoa, unos trabajadores en huelga que se dirigían a manifestarse a la ciudad fueron parados, cortándoles el paso por la Guardia Civil en uno de los puentes que tenían que cruzar, exigiéndoles que se disolviesen.
Ante su negativa, la Guardia Civil que tenía órdenes del gobierno republicano de disparar, abrió fuego y mató a 8 personas y causó más de 50 heridos. A continuación el Gobierno convocó a los medios de comunicación y les advirtió que, de no dar la noticia trasmitiendo que “había un Gobierno en su sitio con el cual no se jugaba” “el diario que utilice la noticia para su campaña política, o intente envenenar el ambiente con ella, será suspendido…” Esto provocó que ningún diario publicase nada del suceso, ya que, solo unos días antes este gobierno republicano había cerrado el diario ABC.
¿Dónde estaba la libertad de expresión, dónde el derecho a manifestarse en huelga, donde el normal funcionamiento de las instituciones públicas con un congreso de diputados? Había pasado ya casi un mes y medio desde que alcanzasen el poder y no se veía que restituyesen el orden constitucional. Si bien es verdad que el 14 de julio, tres meses después de derrocar al rey y proclamar la República, tuvo lugar la apertura de las Cortes, aun no teníamos vigente una constitución más allá de la de 1876. Una constitución monárquica, decimonónica y obsoleta.
Para colmo, antes de aprobar la nueva constitución republicana en diciembre, el “Gobierno Provisional” republicano no deja de excederse en sus funciones y así el 21 de octubre, con el voto de sus diputados, en las Cortes, aprueba una ley para dar a este gobierno provisional poderes al margen de los tribunales de justicia, (un claro intervencionismo en el poder judicial), para poder actuar contra las personas que el gobierno considerase contrarios al régimen republicano. Esta ley era contraria a los derechos fundamentales de las personas, pero se mantuvo hasta 1933. Esto era una muestra más del estado totalitarista y antidemocrático que suponía la II República, contraria a un verdadero sistema democrático con división de poderes, por lo que de esta forma defendía la idea de la supremacía del Estado.