DONACIÓN DEL DUQUE DE HUETE A LOS AYUNTAMIENTOS DE ARCHENA, VILLANUEVA DEL SEGURA Y ULEA (MURCIA)
Ene 30 2019

POR JOAQUÍN CARRILLO ESPINOSA- CRONISTA OFICIAL DE ULEA (MURCIA)

El Sr. Alcalde de Ulea, D. José Carrillo Hita, da órdenes al Secretario para que de lectura a una carta, en la que dice donar, de forma gratuita D. Alfonso de Bustos y Ruiz de Arana, Duque de Huete, ante el Notario de Molina de Segura D. Juan Manuel de la Puente y Menéndez, a favor de las personas naturales y jurídicas siguientes: Ayuntamiento de Archena, al «Sindicato Agrícola de San Antonio», de «la Sagrada Familia»; a la Sociedad de Riegos «Noriega»; al Sindicato Agrícola «El Porvenir» de San José; al Sindicato Agrícola «El Resurgir»; a la sociedad de riegos «Motor de Nuestra Señora del Carmen»; al Sindicato Agrícola «Motor de aceites Pesados de la Torre del Junco»; todos ellos de Archena. Al Ayuntamiento de Villanueva del río Segura: a la Sociedad «La Esperanza»; a la Sociedad «Riegos Ayala»; ambos domiciliados en Villanueva del Segura. Al Ayuntamiento de Ulea, a la «Sociedad de riegos «La Purísima»; a D. Luís Guillermo Perinat y Elio,»Marqués de Perinat», como propietario del «Motor de riegos del Parque» y a D. Nicasio Pérez Galdó, como el propietario del Balneario de Archena; todos ellos pertenecientes al Ayuntamiento de Ulea.

En la Escritura de Donación se hace constar que se distribuirá por cuotas indivisas a todos los que les correspondan en la concesión administrativa, para el aprovechamiento de un Salto Hidráulico, con tal de conseguir la producción de luz eléctrica y fuerza motriz, en el tramo del Río Segura comprendido entre los aprovechamientos del Golgo» y «Molinos del Segura», en los términos Municipales de Archena, Villanueva de Segura y Ulea.

La Corporación Municipal de Ulea, tras un estudio minucioso de dicha Escritura, acuerda por unanimidad, aceptar la Donación del Excmo. Sr. Duque de Huete; agradeciendo dicha donación y comprometiéndose a cumplir las obligaciones que de ella dimanen; a partir de dicha fecha y de forma equitativa, tal y como menciona la cláusula Nº 2; es decir, en proporción al fluido eléctrico o caballos de fuerza que tienen autorizados para sus riegos y los Ayuntamientos que actualmente los consumen.

El Sr. Alcalde D. José Carrillo Hita, es elegido por la Corporación para que en representación del Ayuntamiento de Ulea, comparezca ante el Notario, con el certificado de este acuerdo y otorgue la correspondiente Escritura de Aceptación y para que intervenga en este asunto, tantas veces como lo requiera.

Ulea 27 de abril de 1952

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