POR JOSÉ LUIS ARAGÓN PANES, CRONISTA OFICIAL DE CHICLANA DE LA FRONTERA (CÁDIZ).
El periódico madrileño, “El Pabellón español”, publicaba que en la sesión del Senado del día 18 de febrero de 1868, presidida por el marqués de Miraflores, pasó a la comisión de peticiones un escrito de los ayuntamientos de Chiclana, Conil y Vejer –tres villas del partido judicial– pidiendo “la reposición del juzgado de primera instancia de aquella demarcación” que fue suprimido por Real Decreto de 27 de junio de 1867. En el decreto, editado en la Gaceta de Madrid, el Ministerio de Gracia y Justicia exponía –como era preceptivo– dirigido a la Reina, lo siguiente: “Señora: la apremiante situación del Tesoro ha obligado a los poderes públicos a pensar seriamente en la nivelación del presupuesto de gastos con los ingresos; empeño que resueltamente y como una necesidad suprema han abrazado las Cortes y el Gobierno, si bien a través de graves, constantes y con frecuencia sensibles economías.
Tales serán siempre, Señora, las que hayan de realizarse en el orden judicial (…) y en este caso se encuentra entre otras, la supresión de Juzgados de primera instancia que puedan ser suprimidos sin perjuicio de la buena Administración de justicia”.
Finalizada la extensa exposición aparecía un listado de audiencias que se verían afectadas. En la parte correspondiente a la Audiencia de Sevilla, y para la provincia de Cádiz, decía: “Se suprime el Juzgado de Chiclana. Se agregan sus Ayuntamientos al de San Fernando. Del Juzgado de San Fernando se segrega, agregándole el de Puerto de Santa María, el del Ayuntamiento de Puerto Real”.
Hasta 1870, con la Ley del Poder Judicial y las nuevas competencias judiciales no volvieron los juzgados a cada cabeza de circunscripción. Y en 1871 se creaba el Registro Civil.
Bibliografía:
-BOE: Gaceta de Madrid, viernes 28 de junio de 1867. Año CCVI, nº 179.
-BNE. Hemeroteca Digital. El Pabellón Español, miércoles 19 de febrero de 1868.
-TARJETA POSTAL: Edificio del Senado. Madrid. Hauser y Menet.