POR JOSÉ ANTONIO RAMOS RUBIO. CRONISTA OFICIAL DE TRUJILLO (CÁCERES)
La localidad de Don Benito se sitúa entre el extremo oriental de La Serena y las Vegas Altas del Guadiana, en una de las zonas más ricas de Extremadura. Junto con Villanueva de la Serena, de la que la separan tan sólo 5 km., forma uno de los focos demográficos y económicos más potentes de la región. Su auge actual hace de Don Benito uno de los enclaves más señalados de la vertebración presente y futura de la región extremeña.
La iglesia parroquial de Santa María está situada en el barrio de San Gregorio fue iniciada la construcción en 1881 bajo el mecenazgo de Doña Consuelo Torres Isunza. El 20 julio del año 1881 el Ayuntamiento de don Benito en su sesión ordinaria, aceptó la licencia para la construcción de dos iglesias y un hospital; una de estas iglesias fue la parroquia de Santa María, motivo de nuestro estudio. Fue consagrada en 1896, siendo su artífice principal el cantero villanovense López Madera.
De estilo neorrománico al igual que la anterior, presenta fachada de telón escasamente decorada con torre lateral rematada en chapitel e interior de tres naves con planta de cruz latina. Doña Consuelo dejó escrito en su testamento que en este templo se tendría que venerar a San José, San Antonio de Padua y la Virgen del Consuelo. Es importante tener en cuenta que la devoción y el mecenazgo de Doña Consuelo le venía por sus antecesores. D. Juan Torres-Isunza y Sánchez-Pajares, casado con Doña María Jesús Alguacil-Carrasco y Muñoz fueron los padres de Doña Consuelo Torres-Isunza y Alguacil-Carrasco/ de la que Don Benito tiene agradecida y viva memoria. D. Juan Torres-Isunza administró la mayordomía de la Virgen de las Cruces con gran actividad y generosa mano durante quince años; le proporcionó los terrenos que, como ejidos, tiene la ermita hoy día; potenció mucho las romerías a la ermita, principalmente la de Pascua y sobre todo la del 12 de octubre. Colocó a dos familias para que cada semana cuidara una del servicio y la atención de la Virgen y su ermita, proporcionándoles allí una casita para vivir; recibieron el nombre de Santeros.
Por acta notarial del 1 de julio de 1888, levantada a requerimiento de D. Antonio Cabezas Manzanedo, heredero y esposo de Dª Consuelo de Torre-Isunza, se dio por terminada la obra, siendo reconocida por el Delegado del Sr. Obispo, el cual la encontró bien terminada y provista de todo lo indispensable para el culto divino. En el solar donde está situada la Iglesia, hubo anteriormente una ermita bajo la advocación de San Gregorio. Se construyó la iglesia con el nombre de Nuestra Señora del Consuelo, en perpetua memoria de su benefactora doña Dª Consuelo de Torre-Isunza. No se procedió a su bendición por orden del Sr. Obispo por haber promovido D. Antonio Cabezas Manzanedo, litigio sobre derecho de presentación y patronato; litigio que llegó hasta el Tribunal de la Rota , que dio la razón al Sr. Obispo. En 1896 el templo abrió al culto como parroquia y disponía de tres altares, el mayor tenía en la hornacina central una imagen de vestir de Nuestra Señora del Consuelo y a los lados dos ángeles, en el crucero estaba el altar de San Antonio y a la izquierda del mismo el de San José. Posteriormente se erigieron dos altares más: uno debajo de las tribunas de la izquierda, dedicado a la Magdalena y otro a la derecha dedicado al Santo Cristo, ambos costeados por los sacerdotes Don Tomás Sánchez y Don Ambrosio Tejado.
En la iglesia hay una lápida de mármol blanco con letras de relieve dorado que dice:
«La Señora Doña María del Consuelo Torre Isunza y Alguacil Carrasco / falleció el 1º de Junio de 1876 y por su disposición testamentaria dedicó 250.000 / pesetas de su peculio a la construcción de este templo y le dotó con 2.500/pesetas anuales para el culto y cargas de esta piadosa fundación. Su / esposo Don Antonio Cabezas Manzanedo, cumplidor de su última voluntad/ terminó la obras en 31 de Mayo de 1888 bajo la dirección del Arquitecto / Don Vicente Paredes y Guillén. / Don Benito la nombró “Hija Predilecta” de la población en el año 1890».
La iglesia es de estilo neorománico, de piedra de cantería fina y con torre en uno de los laterales de la fachada, con planta cuadrada. Se accede a la torre por medio de una escalera de piedra. Es una construcción poco elevada en proporción a la sección de sus pilares y muros, por lo que le da una sensación de robustez. La decoración exterior en sillares y portada en arco de medio punto, fueron labrados en Villanueva de la Serena por el cantero López Mudela. Puerta principal que en su parte exterior forma un arco de medio punto rodeado por archivoltas abocinadas. Los ventanales laterales se han construido imitando a las saeteras medievales, permitiendo la entrada de luz al estar la nave central más elevada que las otras. Tiene otras dos puertas de entrada en las fachadas laterales, menos decorativas que la puerta principal, encuadradas las dos en archivoltas.
En su interior presenta:
a) Planta en forma de cruz latina, con tres naves y un crucero, utilizando grandes sillares labrados que forman la estructura principal; zócalo de piedra artificial; las paredes están en lucidas y ofuscadas; utilizándose bóvedas de ladrillo, enfoscadas, en lucidas y acabadas en blanco. El pavimento es de grandes bloques de granito. Es de destacar los robustos muros y los gruesos pilares compuestos rematando en capiteles que siguen los modelos clásicos a base de hojas de acanto esquemáticas, utilizados por el gran peso de las bóvedas. Vicente Paredes fue un excelente bibliófilo, en su biblioteca tenía abundantes libros de arquitectura y diseño, clásicos y ediciones que van desde el siglo XVI al XIX, de hecho, los capiteles de la iglesia de Santa María y la decoración esquemática vegetal de las molduras o frisos existentes en las naves del templo, son copia fiel de dibujos ornamentales que encontramos en libros de Alberti, Serlio o Villafañe y que encontramos en la decoración de frisos ornamentales de algunas iglesias italianas como en la catedral de Palermo3. En la parroquia de Santa María se utiliza el arco de medio punto, así como en las arquerías ciegas. Sobre los pilares descansa una arquería con arcos de medio punto, paralelos al eje de la bóveda y que separan la nave central de las laterales. Encima se sitúan las tribunas, de la misma anchura que la nave lateral, estas se abren a la nave central arcos rebajados y al altar por arcos de medio punto.
b) Presbiterio de dos sacristías.
c) El coro se sitúa a los pies de la iglesia, al que se accede por una escalera situada en la nave lateral. Del coro alto parten las tribunas con balcones voleados, a los que se accede mediante dos escaleras de caracol que se elevan y dan acceso a dos azoteas que hay en cada extremo lateral de la torre. En la nave central, bajo el coro, ahí dos arcos rebajados y otros dos en cada una de las tribunas.
La Iglesia se cubre con bóvedas de aristas que descargan su peso en robustos pilares. Formando la pendiente mediante una estructura de madera y cubierta con teja plana, excepto la torre y la torreta, cuya cubierta se resuelve con cerchas metálicas, y en el exterior imitación de tejas de pizarra. Las dos terrazas a las que se pueda acceder sobre las naves laterales, están pavimentadas con cerámica y tienen la barandilla de piedra. En las bóvedas de aristas podemos destacar la destreza del arquitecto Vicente Paredes caracterizadas por sus líneas de espinazo o rampante, que en vez de ser líneas rectas o quebradas son casquetes esféricos coincidentes en la clave con los arcos que definen las aristas y que producen una superficie envolvente por el intradós similar a un esferoide. Esta disposición, aumenta la estabilidad y la belleza de la bóveda. Éste es el método constructivo que utilizó Paredes en la iglesia de Santa María, esencialmente la bóveda de rosca y arista entre arcos perpiñanos de sillería, parejo cónico constructivo.
En el exterior, se han utilizado sillares de gran tamaño, el grueso de los muros está hecho con mampostería de piedras irregulares unidas por un conglomerado.
El arquitecto don Vicente Paredes Guillén -tal y como ya hemos mencionado-, fue el autor de este edificio singular finalizado en el año 1888. Fue también el arquitecto de la iglesia de San Juan Bautista, en ambas dejó constancia de su conocimiento e interés por los estilos historicistas, muy propios del eclecticismo de finales del siglo XIX inspirándose esencialmente en la arquitectura medieval. En la iglesia de Santa María de Don Benito evocó la arquitectura románica, mientras que en la iglesia de San Juan Bautista, se orientó hacia el gótico6. Entre los años 1885-1887 construyó la torre-campanario de la iglesia parroquial de Santiago de Don Benito, para sustituir a la primitiva torre que se encontraba en mal estado de conservación por los terremotos acaecidos en 1680 y en 1755.
En el altar mayor existió un retablo dorado, de madera, que se quemó durante la guerra civil (datos obtenidos de un Libro de Visitas del año 1915). Por eso, se hizo otro retablo compuesto por maderas pobres y pintado, que también ha desaparecido. El templo sirvió de refugio durante la guerra civil. Se hizo un sótano bajo la iglesia para que sirviera de refugio, por estar en una zona de antiguos manantiales donde brota agua continuamente. Incluso hoy día se ha instalado una bomba que se encarga de extraerla. Las dimensiones del sótano son: 1,70 m. de altura por 1,60 m. de ancho, con una amplia longitud que va desde la parte exterior de la iglesia hasta el crucero. Incluso, este sótano tenía cuatro entradas, tres de ellas se han cegado.
El edificio fue restaurado en el año 1962, según documentos localizados en el Archivo Municipal. El entonces párroco don Luis Macías escribió una carta al alcalde el día 27 octubre del año 1962 en la que justifica el presupuesto para el arreglo de la Iglesia (pintar las bóvedas, hacen un zócalo de piedra artificial en los muros, rehacer el piso de sus dos terrazas, que son a la vez hecho de las bóvedas de las tribunas y hacer una nueva instalación eléctrica, importando toda la obra 75.000 pesetas, igualmente la construcción de un nuevo altar mayor, con mármol y decoración de sus capillas con alto relieve de la imagen titular del templo, pinturas alegóricas y un nuevo piso de la capilla mayor, importando esta otra parte de la obra 157.000 pesetas ) y solicitó subvención para estas acometidas. El ayuntamiento, en sesión ordinaria del día 3 diciembre del año 1963 aprueba conceder una subvención de 25.000 pesetas. De nuevo, el 25 enero del año 1965, el párroco don Luis Macías escribe otra carta al ayuntamiento especificando que la ha podido dar por terminada la obra de restauración del templo parroquial por no disponer de suficiente fuerza económica, quedando mucho por hacer, y pide Omar en consideración esta súplica para que el ayuntamiento conceda una subvención en la cuantía de la que se dignó conceder la vez anterior, con la que podrá terminar lo que falta, para dejar el templo condiciones de decoro para el culto y comodidad de los fieles.
El día 4 febrero del año 1965 el ayuntamiento concede 15.000 pesetas con destino las obras de restauración del templo. El párroco don Luis Macías, hombre insistente, escribe una nueva carta al ayuntamiento el 22 abril de 1966, solicitando de nuevo una subvención de 10.000 pesetas. El ayuntamiento en el pleno ordinario del día 22 febrero del año 1966 acuerda conceder dicha cantidad. Pero, de nuevo el párroco en carta enviada al ayuntamiento 31 octubre del año 1967, Expone:
“Que teniendo necesidad de terminar la obra de restauración del templo, en su parte principal, obra que se ha venido haciendo etapas, porque hoy toda obra de reconstrucción supone grandes inversiones, y la economía de la Iglesia es bajísima, tanto por lo exiguo de la nómina oficial, como por las cortas aportaciones de los feligreses”, súplica: “Que, haciéndose cargo de los motivos expuestos, que no dudo apreciarán igualmente los miembros de esa industria corporación, se viene conceder una subvención de quince mil pesetas, con la que tal vez pueda dar fin a dicha obra”. Como respuesta esta carta, el ayuntamiento escribió otra:: “A Don Luis Macías Martín, cura párroco de la iglesia de Santa María de esta ciudad, y en contestación a su escrito del 31 octubre pasado, tiene el honor de informarle que al confeccionarse el presupuesto ordinario de esta corporación para el ejercicio de 1968, se procurará tener en cuenta dentro de las posibilidades económicas del municipio, su subvención de 15.000 pesetas, destinadas a obras de restauración del templo de esa parroquia de su digno cargo. El alcalde, Antonio Galán Terroba, a 6 noviembre de 1967, firmado y rubricado”. Finalmente el párroco recibió el dinero y, por fin, se terminaron las obras previstas, realizando murales sin interés artístico ninguno, pintados por un hermano del párroco: “F.C. Macías”. También fue autor de la imagen titular de Ntra. Señora del Consuelo.
A partir del año 1976, los hermanos Bravo se hicieron cargo de la parroquia. Se taparon algunas de estas mediocres pinturas y se colocaron planchas de pino de Oregón, barnizadas y sobre ellas la figura de Nuestra Señora del Consuelo. En el año 1925, se quitó el ambón, cambiando el antiguo de piedra por otro de pino de Flandes, con columnas de estilo corintio, completado con una valiosa insignia del águila imperial estaban el anterior ambón, todo ello fue obra de los Hnos Ortiz, de Don Benito.
En la sacristía se encuentran dos imágenes: un Cristo crucificado, donado en el año 1987 por la familia Gallego Carmona, copia del Cristo de Gregorio Fernández que se encuentra en Valladolid. La otra imagen, es la Virgen de la Soledad, obra del cordobés Antonio Bernal, fue donada en el año 1991.
APÉNDICE DOCUMENTAL
Testamento de doña María del Consuelo Torres Isunza Alguacil-Carrasco. Archivo Diocesano de Plasencia (copia).
En el nombre de Dios Todopoderoso sepan cuanto el presente vienen como yo, doña María del consuelo Torres Isunza, natural y vecina de esta ciudad de don Benito, hija de D. Juan Torres-Isunza y Sánchez-Pajares y de Doña María Jesús Alguacil-Carrasco y Muñoz, hallándo me en buen estado de salud, éste es mi testamento, última voluntad a la manera y forma siguiente:
En el caso de morir sin sucesión, instituyo y nombro por único y universal heredero a mi esposo D. Antonio Cabezas Manzanedo y bajo las cláusulas y condiciones que a continuación se dirán:
1º.- Que para cuando cumpla el año de mi fallecimiento tenga cumplidas exactas todas las misas, limosnas y mandas de mis parientes.
2º.- Que cumplido el año de mi fallecimiento y cumplidas o consiguiente todas las mandas ya referidas, mando y es mi voluntad, que venda mi caudal mi esposo hasta el valor de 20.000 duros vendiendo para ello ganado, grano y caldos, que hallan y puedan haber, y si no hubiese bastante venderá las casas, exceptuando de la venta ésta en la que vivo, incluyendo en la excepción de la venta el corralón contiguo a la misma, y si fuese necesario vender algunas fincas más por no haberlo bastante, doy a mi esposo todas mis facultades con toda la amplitud que necesite, para que pueda vender las que le parezca, no siendo las dehesas tituladas “Palacio”, “Pizarra”, “Castilrrubio” y “Batanejo”, cuyas cuatro prohíbo bajo ningún concepto que se vendan.
3º.- Mando que con los ya expresados 20.000 duros, compre mi esposo con intervención de mis testamentarios, incluso el cura párroco, materiales suficientes para construir dos iglesias, la una situada en el barrio de San Gregorio en la plaza del Pozo, comprando para este fin las casas que sean necesarias y tengan una amplitud regular, cuya iglesia llevará el título de Nuestra Señora del Consuelo, para la cual se encargará una magnífica imagen de vestir con ese título, y su estatura será de 1,50 ms. con su correspondiente peana proporcionada a la imagen, comparándola un traje de damasco para diario, y para lujo, comparándola otro de tisú, colocándola en el altar mayor, a cuyos lados se harán otros dos altares, uno a la derecha, y otra izquierda, los cuales tendrán cada uno sus respectivos nichos, en los que se colocarán: en el uno una imagen de San José y en el otro, otra de San Antonio, y ambas se encargarán de talla.
No hace falta hacer referencia a la otra iglesia bajo la advocación de San Juan.
(Continúa el óbito parroquial) Mando estas dos iglesias, bien sea mi esposo, o bien sus herederos, las darán concluidas a más tardar para el día en que cumplan los 12 años de fallecimiento, gastando en cada una hasta la suma de 50.000 duros en la forma siguiente: luego que cumpla el año de 1000 fallecimiento y se halla hecho al cabo del año, según ya va expresado, y mi esposo o sus herederos hayan cumplido las misas, limosnas y mandas, por si y ante sí, el dicho mi esposo o sus herederos venderán los ganados, granos y caldos suficientes a hacer la cantidad de 20.000 duros, y si con los referidos ganados, granos y caldos no hubiere lo suficiente para realizar dicha suma, es mi voluntad que venda las fincas que le parezca, reservando siempre las ya mencionadas anteriormente; y una vez esta referida suma, se dedicarán 10.000 duros en comprar las casas y materiales para empezar la Iglesia, que se titulará Nuestra Señora del Consuelo, y los otros 10.000 duros se dedicarán a comprar las casas y materiales necesarios para empezar la iglesia de San Juan. En el tercer año después de mi fallecimiento, mi esposo o sus herederos emplearán 8000 duros en las obras referidas, sino puede ahorrarlos de sus ventas, venderá las fincas que le parezca, no siendo ninguna de las cuatro ya mencionadas, y así sucesivamente todos los años hasta la conclusión de los 12 de mi fallecimiento, de modo que ocho años a 8000 duros cada uno hace la suma de 80.000 duros, reuniendo a esta suma la de 20.000 duros del segundo año de mi fallecimiento según ya se va expresando, hacen en conjunto la de 100.000 duros, que quiero que gaste mi esposo o sus herederos en las dos iglesias, que se han de hacer precisamente en los 12 años primeros después de mi fallecimiento. Concluidas y bendecid las estas dos iglesias se hará todo los años y un día fijo en cada una de ellas, una función comisa mayor, que se celebrará con diáconos y sermón, fijando el día de esta función para la de Nuestra Señora del Consuelo el día en que cumpla los años de mi fallecimiento, aplicando la función por mi alma en cuya iglesia se pondrá una inscripción que se diga: Soy la fundadora de ella; y en la iglesia de San Juan se hará la función anual el día de la Navidad de San Juan Bautista, en los mismos términos que la anterior, aplicando la por las almas de mis padres y en cuya iglesia se pondrá otra inscripción en que se manifieste: son mis padres los fundadores de ella. Mando a mi esposo, que concluidas, bendecid as y arregladas, como es dicho las dos iglesias que de la renta de la Dehesa “Palacio” dar a todos los años 10.000 reales vellón, para el culto de la iglesia de Nuestra Señora del Consuelo, y de las rentas de la Dehesa de “La Pizarra”, otros 10.000 reales de vellón, todos los años también para el culto de la iglesia de San Juan y las funciones que se harán todos los años perpetuamente en cada una de las dos iglesias de misa mayor con diáconos y sermón en los días respectivos, ya designadas saldrán sus costos de los 10.000 reales designados a cada una de las dos iglesias.
Las dos referidas dehesas, tituladas “Palacio” y “Pizarra”, las cero a mi esposo don Antonio Cabezas Manzanedo y Paredes en usufructo, ósea por los días de su vida, y por su muerte, quiero y es mi voluntad que la primera de las dos referidas dehesas pase a los herederos de mi tía doña Antonia Alguacil-Carrasco y Muñoz y con la misma carga de dar todos los años a la iglesia de Nuestra Señora del Consuelo 10.000 reales para su culto, y esa carga pasará de sucesor en sucesor para siempre jamás en línea recta, prefiriéndose siempre el mayor al menor, y el varón a la hembra, faltando esta línea al pariente más cercano de la referida mi tía doña Antonia Alguacil-Carrasco y Muñoz.
Quiero y es mi voluntad que las dos dichas dehesas no puedan ser vendidas, empeñadas, enajenadas ni sean partidas, aunque sea entre herederos, pues sólo han de estar en un solo poseedor, respectivamente a cada una de las dos familias ya antes designadas, para qué mejor pueda darse por cada una de las dos partes la cantidad de 10.000 reales vellón, que para cada una de las dos iglesias ya designadas, y prohíbo expresamente que las cargas de estas dos de esas citadas nunca jamás puedan ser redimidas, pues desde luego las declaro irredimibles, y si alguno de los poseedores tratase de hacerlo, sólo por este hecho pierde el derecho y posesión, pasando desde luego al inmediato sucesor.
También declaró que si en algún tiempo el Gobierno de la Nación tratase de declarar como bienes nacionales las dos dehesas como asimismo las dos iglesias, como todo es de mi propiedad quiero y mandó que los poseedores entonces estuviesen, salgan a la defensa de declararlas y dejarlas en quieta y pacífica posesión, pues así es mi voluntad.
Y advierto que si mi esposo padeciese antes de concluirse las dos iglesias no entregarán a mis antedichos parientes las dos dehesas, hasta que estén cumplidos los 12 años de mi fallecimiento y por lo tanto concluidas las dos iglesias.
Mando a mi esposo que el aderezo de diamantes que me regaló lo reserve para que se le dé a Nuestra Señora del Consuelo y los dos aderezos que tengo, uno de perlas gruesas y otro de menuditas, los reserve también para dárselo a las imágenes de Nuestra Señora de la Asunción y del Amparo de la iglesia de San Juan y el aderezo de oro portugués, que se lo ponga a la imagen de Nuestra Señora de la Purísima Concepción, que está en mi oratorio privado; y otros que tengo de corales, que los reserve para lo que más adelante se dirá.
Mando asimismo, si concluidos los 12 años de mi fallecimiento y por consiguiente ya estarán concluidas las dos iglesias, aún viviese mi esposo o sus herederos, quiero y es mi voluntad que la casa de la calle de Palacios, nº 2, en la actualidad está sirviendo a la Guardia Civil del cuartel, se dedique a un hospital, tal cual, y si no fuese bastante capaz, que se hagan habitaciones en la nave que hace de huerto, y está delante de dicha casa.
Finalmente el mando, que abierto es de mi testamento después de mi fallecimiento si se verificase sin sucesión, mis testamentarios pedirán inmediatamente licencia al Gobierno de la Nación para que alcanzada dicha licencia tengan validez las mandas de las fundaciones de iglesias y hospital. Nombro por cumplidores de albaceas de esta mi disposición testamentaria y así por contadores y partidores, a mi hermano político y primo y si ellos hubieren fallecido, nombro al párroco estuviese al frente de la parroquia de esta ciudad, a don Pedro León Donoso Cortés y a don Leopoldo Quirós y Carrasco, a todos conjuntamente y a cada uno insólidum, a quienes concedo todas mis facultades por derecho para que cumpla lo piadoso, se apoderen de mis bienes, formalicen inventario de aquellos, nombren peritos para su avalúo y después ejecuten la división de los mismos entre los legatarios y herederos que dejó nombrados, prohibiendo como expresamente prohíbo en citadas operaciones toda intervención de autoridad judicial, ya sea civil, militar o eclesiástica o de cualquiera otra clase, pues sólo quiero se verifique extrajudicialmente por los expresados contadores y partidores. Y no ocurriéndoseme otra cosa que disponer, digo: Que doy por hecho y terminado este mi testamento. En aprobación de todo lo firmó en Don Benito a veintiuno de Agosto de mil ochocientos setenta y cuatro. Dº María del Consuelo Torres Isunza Alguacil Carrasco
(Rubricada)
Fuente: `Boletín de la Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes´. Tomo XXI. Año 2013. Páginas 667-683