POR BERNARDO GARRIGOS SIRVENT, CRONISTA OFICIAL DE JIJONA- XIXONA (ALICANTE).
En una publicación anteriorhttps://bgarrigos07.wordpress.com/2021/09/25/el-bombardeo-de-la-ciudad-de-alicante-en-1691-1/ hemos leído como en medio de la guerra de los nueve años (1688-1697) una flota francesa dirigida por el general Vicent Marie d’Estress se presentó en Alicante el 21 de julio de 1691 pidiendo un soborno con el objetivo de no bombardear la ciudad. Ante la negativa del gobernador militar de la plaza de realizar pago alguno bombardearon Alicante. El 20 de julio ante la inminente llegada de la flota francesa se movilizó la Milicia Efectiva de la ciudad y se enviaron misivas a las poblaciones vecinas para que movilizaran también sus fuerzas y colaboraran en la defensa. Una de las poblaciones que envió a sus milicias fue Xixona.
Uno de los acontecimientos más importantes que se derivan de este penoso bombardeo es el de la intervención de nuestra villa en la defensa de la ciudad y del castillo de Alicante. Y no por los hechos de armas, que realmente los desconocemos, sino por todas las penalidades que tuvieron que padecer para sufragar los elevados gastos económicos que suponían el destinar a 350 hombres durante más de una semana al castillo de Alicante.
El motivo de esta participación de nuestra Xixona es doble por un lado honorífico, ya que según privilegio de carácter inmemorial los jijonencos tenían el honor de ”encargándoles su custodia y defensa siempre que se hallare invadida” y también práctico; ya que existía el peligro de que la armada francesa desembarcara tropas y no sólo atacara la ciudad de Alicante: “ab lo recel de que passàs no sols a asolar dita ciutat ab les bombes, sino es de que desembarcàs alguna porció de la milicia y esprengués o se invadis la dita ciutat”.
Cuando llegó la petición de ayuda de la ciudad de Alicante rápidamente el justicia y los jurados de Xixona reunieron al Consell General para que aprobara el envío de la milicia. Pero, el problema no radicaba en la falta de interés, sino todo lo contrario, ya que la motivación por servir al Rey sobraba, la dificultad era de índole económico.
La situación de la hacienda municipal no sólo era crítica sino más bien caótica. La villa no tenía, como se suele decir ni un clavo: “no trobant-se la dita vila ab effectes, ni diner algún”. Tal era la situación de caos que tenía intervenida la hacienda y tenía prohibido solicitar más cantidades a préstamo: ”per tenir prohibició de pendre la dita vila en son nom”.
¿Ello iba a ser inconveniente para que los jijonencos no cumplieran con el Rey? Pues, no. Los consejeros idearon un sistema para obtener los fondos necesarios para sufragar estos gastos.
Un mecanismo que consistía en solicitar a nivel individual las cantidades necesarias, poniendo, incluso, en juego sus propias fortunas. Hay que manifestar que tampoco había otra solución; ya que, para que la villa se endeudará mediante un censal, había que solicitar el consiguiente permiso a las autoridades reales, lo que dilataría en exceso todo el proceso.
La fórmula fue la de recurrir a los llamados canvis, que era una modalidad de préstamo por la que se concedía el dinero rápidamente, pero en contraposición los intereses eran elevados (un 12 %, frente al 5% de los censales) y había que devolver el dinero en un periodo de tiempo determinado, más bien corto y no como los censales cuya devolución era a muy largo plazo.
Algunos vecinos solicitaron estos préstamos personales, aunque con la seguridad de que la villa les reintegraría las cantidades y abonaría los intereses: “alguns particulars vehins de dita vila fiermasen y prenguessen en sos noms estos cambis, encara que ab la seguritat de que la dita vila els satisfaría”. En total se solicitaron 5 préstamos que fueron los siguientes:
300 libras a Andreu Joan Pérez de las que respondían Geroni Picó, Josep Cantó, Roch Aracil, Joachim Cortés y Pere García;
250 libras a Alexandre Descals en las que se obligaron Batiste Iváñez, ciudadano y Vicente Segura, apotecario;
400 libras a Vicente Gisbert y la viuda de Joan Ays , ambos de Alcoy , respondiendo Diego Aracil, fill de Tomás, Andreu Joan Pérez, Francisco Soler, ciudadano y Bonifacio Alcaras, notario;
otro de 100 libras a Andreu Joan Peres al que respondían Francisco Soler, Llorens Ibañes, Francisco Joan Bernabeu y Francés Ibáñez, ciudadano
y un último de 390 libras a Faustino Soler al que se obligaron Francisco Joan Mira, Hipólito Garrigós, Agustín Bernabeu y Jaume Soler, ciudadanos.
En total fueron 1.440 libras las que se solicitaron para sufragar los gastos del bombardeo de Alicante.
De los prestamistas, 3 son jijonencos: Andreu Joan Peres, quien concede dos créditos (300 y 100 libras), Alexandre Descals (250 libras) y Faustino Soler (390 libras) y sólo dos son foráneos: Vicente Gisbert y la viuda de Joan Ays de Alcoy (400 libras) Andreu Joan Peres era miembro de una de las familias más ricas de finales del siglo XVII, los Pérez, y además eran conseller ese año.
De los 18 jijonencos que se comprometen a responder de los préstamos todos pertenecían a la clase dirigente, 7 ocupaban el cargo de conseller en 1691: Geroni Pico, (del saco de cavallers), Batiste Iváñez y Bonifacio Alcaraz, (del saco mayor), Josep Cantó, Joachim Cortes, Francisco Ibáñez, Andreu Joan Pérez (estos 4 últimos del saco menor), otros ocho habían ocupado algún cargos con anterioridad: Roch Aracil, Pere García, Diego Aracil de Thomas, Francisco Soler, Llorens Ibáñes, Francisco Joan Bernabeu, Francisco Juan Mira y Jaume Soler y otros dos ocuparán cargos en el futuro: Hipólito Garrigós y Agustín Bernabeu.
Los prestamistas, además, tenían la garantía de la villa al haber sido respaldada la solicitud de estos créditos por el Consell General.
Sin embargo, y aunque la villa intentó devolver las cantidades prestadas, le resultó imposible y sólo pudo atender al pago de los intereses anuales que eran costosísimos al ser al 12%:”y la dita vila huy paga y correspon tots estos cambis corrents pagant uns interesos tan considerables con son los de a dotce percent,(…), lo que la dita vila no pot supportas, pues le es de grandissim perjuhy y dany el pagar interessos tan considerables”..
A finales del siglo los prestamistas comenzaban a apremiar a los jijonencos que se habían comprometido a la devolución de las cantidades y estos a su vez recordaban a la villa la obligación que había adquirido para devolverlos. Con todo, la situación económica de las arcas municipales era anárquica y la villa estaba esquilmada “a causa de tan malas cosechas, que en más de 8 años padece”, por lo que no hubo más remedio que solicitar al Baile del reino de Valencia que autorizara la imposición de un censal por valor de 2.000 libras para hacer frente a estos pagos. Seguramente esta era la última carta que jugó la villa para aplazar el pago de estas cantidades.
Conocemos dos misivas enviadas por el reverendo clero y el convento de San Francisco fechadas el 13 de noviembre de 1695 al virrey en las que manifiestan la pobreza en la que viven los jijonencos, las dificultades por las que atraviesa la hacienda local “mostrándonos la experiencia con evidencia, que sus réditos nunca bastan para el cumplimiento de sus cargos y obligaciones” y solicitan la intermediación del virrey para hallar una solución: “interponiendo su poderosa mano, para componerla con sus acreedores”. A este estado tan calamitoso, por el que atraviesa la hacienda local, ha contribuido especialmente: “se le han seguido a la villa tan inescrutables gastos en estos tiempos de los socorros a Alicante, y otros extraordinarios”.
Posiblemente en 1695 los acreedores ya poseen sentencia a su favor para pasar al cobro de las cantidades adeudadas: “se han hecho con ejecuciones de que tengo explícita noticia”. En opinión de Fernando Galiana la respuesta del virrey fue negativa a las pretensiones de la villa y no se pudo dilatar el pago de estas cantidades. Seguramente sea por ello que se recurre a solicitar la autorización para la obligación de un censal de 2.000 libras. El notario Josep Vinet presentó tal solicitud el 29 de octubre de 1699.
Las primeras actuaciones del tribunal de la Bailía estuvieron encaminadas a verificar los hechos. Así se pidió al notario jijonenco Heliodoro Bernabeu que tomara declaración a Diego Aracil, generoso de 75 años, Llorens Ibáñez de la misma edad y Felix Descals de 60 años, todos ellos miembros de la oligarquía local y componentes del gobierno municipal: “uno dels del govern de aquella”. Y así lo hizo el 12 de noviembre de 1699 enviándolas al juzgado, con posterioridad.
El 6 de junio de 1700 el tribunal celebró sesión con la presencia de Joseph Vinet, quien presentó todas las pruebas oportunas. Todo quedó pendiente de la resolución del tribunal. El 30 de agosto, el rey, Carlos II finiquitó el asunto al: “es estat servit aprobar y donar son real consentiment per a que poguessen dar la sobre dita llicencia a dita vila de Sesiona”. El Rey autorizó cargar un censal por valor de 2.000 libras con la condición de que la villa lo amortizara en cuatro años.
Finalmente la sentencia fue publicada el 28 de noviembre de 1700, cuando el propio Carlos II ya había fallecido.
Este hecho demuestra la fidelidad a la Corona de la oligarquía dirigente jijonenca, años antes de que se produjera la terrible Guerra de Sucesión. Fidelidad, que hizo, que a título individual, los munícipes no dudarán un momento en empeñar sus propias haciendas en defender la causa real.
Bernardo Garrigós Sirvent, cronista oficial de Xixona.
BIBLIOGRAFÍA
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REGLA, Joan: “De l’expulsió dels moriscos a la Guerra de Successió”, Historia del País Valencià. De les Germanies a la Nova Planta, Vol. III, Edicions 62, 1989.