EL CORPUS CHRISTI TOLEDANO A TRAVÉS DE LOS BANDOS MUNICIPALES Y PROVINCIALES
Jun 14 2022

POR JOSE MARÍA SAN ROMÁN  CUTANDA, CRONISTA OFICIAL DE LAYOS (TOLEDO)

Los Bandos municipales y provinciales son un testimonio histórico de gran interés para estudiar la vida de un municipio. Sus textos, como los define la RAE, tienen como finalidad el «recordatorio del cumplimiento de determinadas disposiciones legales o reglamentarias, fijación de fechas y lugares en que se llevarán a cabo concretas actuaciones o prestaciones, actualización de mandatos contenidos en las leyes, y otros aspectos relativos a la vida municipal». Gracias al incansable trabajo de los trabajadores de nuestro Archivo Municipal, contamos con una colección de Bandos debidamente digitalizada y puesta a disposición del público a través de Internet, entre los que podemos encontrar seis que resultan de interés para hablar de la festividad del Corpus Christi en Toledo.
El más antiguo de todos ellos data del veintiocho de mayo de 1866. Gaspar Díaz de Labandero, que por entonces era el alcalde de la ciudad, determinó la implicación del Ayuntamiento en la festividad «disponiendo que se alcen arcos o templetes en la carrera por donde cruza la procesión, que se cubra aquella y adorne de una manera decente y que se iluminen sus Casas Consistoriales en las noches del mismo día y su víspera, concurriendo a ellas las bandas de música existentes en la población, que circularán además por sus calles principales con los Gigantones y comparsas de danzantes». Además de esta implicación municipal, que prometía no escatimar en cuidados y aseo para favorecer la suntuosidad de la fiesta, el comercio de la ciudad levantaría un arco en el centro de la calle Ancha y decoraría los balcones de esa calle. Mediante el Bando, el Ayuntamiento pidió a los vecinos de la ciudad que iluminasen sus casas desde el toque de oraciones hasta las doce de la noche del día del Corpus y de su víspera, pidiendo asimismo a los que viviesen en la carrera procesional «que procuren rivalizar, esmerándose en el adorno de las fachadas de sus casas, y conservándole hasta el oscurecer, puesto que los toldos continuarán colocados hasta la mañana del siguiente día». Todo ello, con el propósito de «proveer a la completa solemnidad, ostentación y brillantez con que se celebra la fiesta del Señor Sacramentado en la Primada de las Españas».
El especial celo con que Toledo vivía el Corpus Christi fue también motivo de bandos de alcance provincial en los que se regulaban diversas cuestiones para el comercio y los ciudadanos en los días que se celebrasen festividades religiosas. Uno de ellos, decretado el veinticuatro de julio de 1867 por el Gobernador Civil José Francés de Alaiza, en el que se recogía como día festivo, entre otros, el del Corpus Christi. Durante estos días, quedaba prohibido todo trabajo personal, a excepción de trabajos agrícolas de carácter urgente, que requerían permiso de la Autoridad civil local con la avenencia de la eclesiástica. Debían permanecer cerrados los talleres, obradores, tiendas, lonjas, almacenes y establecimientos de cualquier otra clase, a excepción de los de comestibles, que podían abrir solo hasta las once de la mañana y una hora al anochecer. Los cafés, botillerías y demás casas de bebidas tenían un régimen más laxo por el cual se les permitía abrir sus puertas en esos días por la tarde y por la noche hasta la hora que la Autoridad competente o la costumbre del lugar permitiesen. Los únicos establecimientos que contaban con permiso para abrir todo el día eran las farmacias. Habida cuenta de la protección de los cultos religiosos, y con la intención de evitar ruidos y voces que distrajesen «la devoción de los asistentes», no se permitían durante su celebración espectáculos ni diversiones públicas en las inmediaciones de los templos, «ni que a la entrada o la salida de aquellos permanezca parada sin motivo prudente persona alguna, o se pasee delante o al lado de sus puertas cuando verifiquen su salida o entrada los fieles». Finalmente, el Bando recogía la posibilidad de establecimiento de mesas de cuestación popular para ayuda al culto, cuya instalación se permitía fuera de los atrios de los templos y con el debido silencio y respeto a la ceremonia religiosa. Un bando similar fue publicado el uno de febrero de 1926 por el Alcalde Fernando Aguirre Martínez, donde se regularon las horas de apertura y cierre de ultramarinos, confiterías, peluquerías y barberías en la ciudad y en el que la fiesta del Corpus se consideraba día festivo a los efectos de cierre de los establecimientos determinados días o a determinadas horas los festivos, como ocurría en las peluquerías y barberías, y de compensación de horas a los trabajadores de los mismos en el caso de los ultramarinos.
Otro Bando interesante es el publicado el día nueve de junio de 1884, en el que el Alcalde Víctor González se pronunció en términos similares a los de su antecesor Díaz de Labandero. Es especialmente destacable en este bando la llamada del primer edil al cumplimiento de las costumbres como expresión de los deberes «encarnados en la conciencia y en la imaginación del pueblo, cuyos entusiasmos tanto se alimentan de los recuerdos del pasado como de las esperanzas para el porvenir». Las instrucciones que daba a los toledanos eran las siguientes: erigir tres suntuosos arcos en diversos puntos del recorrido procesional, uno de ellos de ramaje y los otros dos construidos y pintados por el reconocido pintor Ángel Lucio Ludeña; que las bandas de música militar de la ciudad tocasen desde las nueve hasta las once de la noche de la víspera del Corpus en la plaza del Ayuntamiento; y que se iluminasen las fachadas de las Casas Consistoriales durante las primeras horas de la víspera.
Ya en el siglo XX, el alcalde Daniel Riesco Alonso publicó un breve Bando el doce de junio de 1965, que se imprimió en la toledana Imprenta Serrano. En él animaba a los toledanos a sumarse a los actos públicos que se celebrarían en esos días en la ciudad y a que «engalanéis los balcones con colgaduras, el día 17 del presente mes, en que se verificará la magna Procesión del Corpus, demostrando así vuestra proverbial religiosidad».
Finalmente, en el año 2010, siendo Alcalde de Toledo Emiliano García-Page, se publicó un Bando el diecisiete de abril en el que se daba una reseña histórica de la Fiesta y se celebraba la decisión tomada por el entonces arzobispo de Toledo, monseñor Rodríguez Plaza, de retomar la festividad del Corpus en jueves por celebrarse en este día en el calendario litúrgico del rito Hispano-Mozárabe. «Todos hemos recibido esta decisión con alegría y agradecimiento. Después de veinte años, el Corpus Christi volverá a su jornada secular. Con el paso del tiempo, este paréntesis será considerado como un capítulo menor dentro de nuestra rica historia». También en este Bando, el alcalde pidió a los ciudadanos que no cejasen en esfuerzos por hacerse propagandistas de la Fiesta Grande, así como que colaborasen con la Junta Pro Corpus en engalanar las calles y plazas de la ciudad y en decorar los patios del recorrido procesional, y a las familias que llevasen a los más pequeños de la casa a ver la procesión del Corpus, con la finalidad de que comenzasen a querer, valorar y respetar este día desde su niñez. Y, además, un ruego a la hostelería para que acogiese a los turistas mejor que nunca.

FUENTE: https://www.latribunadetoledo.es/Opinion/ZA3C0008B-0D9E-9B57-2DFF08DE2A77D2BD/202206/El-Corpus-Christi-toledano-a-traves-de-los-Bandos-municipales-y-provinciales

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