POR JOAQUÍN CARRILLO ESPINOSA, CRONISTA OFICIAL DE ULEA (MURCIA)
A principios del siglo XIX, en mi pueblo solo había dos posadas; la del tío Palazón y la de Genaro. Allí pernoctaban arrieros y vendedores de telas y paños, además de otras mercancías, que periódicamente venían a vender al pueblo.
En dichas posadas se alojaban estos trajinantes y sus caballerías, y les propiciaban cuadras para los animales de carga; así como pienso (paja, cebada y agua) durante su estancia.
Un oficio mayoritario de la época en el pueblo era el de «aguador». Pues bien, el día 18 de septiembre del año 1807, se abre causa contra un aguador local que de la posada de Genaro, sustrajo una carga de telas y de paños.
Dicho aguador compinchado con otros mercaderes que pernoctaban en la misma posada, hacía salir para otros mercados, los géneros sustraídos, con el fin de ser vendidos y ser copartícipes de los beneficios obtenidos.
Descubiertos, este aguador matutero (1) y sus cómplices, fueron apresados y confinados en la Real Cárcel de Ulea, además de embargarles bienes materiales y parte de sus ganados.
Con posterioridad, pasados unos diez meses, ante las súplicas de la mujer del matutero que andaba un poco renqueante y, por dicho motivo, le llamaban «la coja»; los miembros de «La Real Justicia» tomaron la providencia de ponerle en libertad con cargos y, reponerlo en su trabajo habitual de «aguador», con la advertencia de que, su familia asegurase que su conducta le hacía acreedor de dichos beneficios penitenciarios.
Ante dicha resolución, en cumplimiento de las leyes, se le hace sabedor del beneficio otorgado por la justicia. Al no saber firmar dicho documento, en presencia del escribano, lo firman dos de los testigos, allí presentes.
(1) Matutero: persona que trafica, de forma clandestina, con productos robados o prohibidos.