POR FRANCISCO JOSÉ Rozada Martínez, CRONISTA OFICIAL DE PARRES-ARRIONDAS (ASTURIAS)
Abrimos el grueso tomo -que se inicia con el año 1836- conservado en el Archivo Municipal del Ayuntamiento de Parres, en Arriondas, y lo primero que encontramos es el expediente de las elecciones celebradas para elegir concejales en el año 1837, siendo alcalde don Felipe Miyares y secretario don José Antonio del Valle.
Por Real orden de 24 de agosto, inserta en el Boletín nº 72 del 21 de septiembre del año 1836, la Reina Regente María Cristina -puesto que su hija Isabel II tenía sólo tres años- convocó elecciones con el fin de organizar los nuevos ayuntamientos constitucionales. Las de Diputados a Cortes ya habían tenido efecto, pero no las de concejales, debido a la inestabilidad política del país, movilización de la milicia nacional y reparto del empréstito de doscientos millones de reales. Los electores se nombrarían en virtud de varias disposiciones vigentes según el decreto de 23 de mayo de 1812, el año de la Constitución de Cádiz, de la que acabamos de conmemorar su segundo centenario el día 19 de marzo.
El Gobierno Político de la Provincia remitió todas las instrucciones a cada ayuntamiento el 7 de diciembre de 1836 y se hacían anotaciones aclaratorias a la misma en el sentido de que:
Habrá dos alcaldes, seis regidores y un procurador síndico en los pueblos que, pasando de quinientos vecinos no excedan de mil. Si había entre mil vecinos y cuatro mil les correspondían dos alcaldes, ocho regidores y dos síndicos, etc. así progresivamente.
Parres tenía mil seiscientos sesenta y nueve vecinos, según dejó anotado el secretario arriba mencionado –cuya firma seguiremos encontrado durante bastantes años en el ejercicio de sus funciones-; su caligrafía era excelente, pero como los folios eran bastante porosos, la tinta empleada los traspasaba de una cara a la otra… y él escribía en las dos.
Lo hace saber a los apoderados de las parroquias para que avisen a sus convecinos el día 18 de ese mes de diciembre, “antes o después de la misa popular”, con la finalidad de que los elegidos se presenten en las consistoriales el día 25 para el nombramiento de electores parroquiales. El alcalde presidiría la elección en “esta capital” (Arriondas lo era desde hacía sólo nueve años); el teniente alcalde presidiría la elección en Viabaño; el regidor decano en las de Parres y Villanueva; el regidor segundo en las de Castiello y Llames, el tercero en Cofiño, el cuarto en Fíos y Nevares y el secretario del ayuntamiento en santo Tomás y Pendás; el síndico procurador en Cayarga y Toraño.
Una vez más se da fe de lo escrito en las consistoriales de Las Arreondas (así escrito).
Entretanto, los sargentos de la Guardia Real obligaron a la Reina Regente, que descansaba en el Palacio segoviano de La Granja, a restablecer la constitución de 1812, que había sido abolida por su marido Fernando VII.
Otra vez las dos Españas, liberales progresistas y moderados en este caso. Para contentar a estos últimos se modificó dicha Constitución de Cádiz y se introdujeron novedades de varios tipos, las que aquí interesan son las relativas a la nueva ley electoral.
Según la lista electoral de la Provincia, con arreglo al Decreto de 24 de mayo de 1836, en el concejo de Parres sólo tenían derecho a voto para Procuradores a Cortes los siguientes electores:
D. Diego Villar, de Cofiño que pagaba de contribución 203 reales.
D. Cosme Fernández, de Cofiño, 139 reales y 28 maravedís.
D. Isidro del Cueto, de Cofiño, 139 reales y 3 mrs.
D. Manuel Fernández Escandón, de Fíos, pagaba 116 reales y 14 mrs.
D. Miguel Alonso, de Cofiño, 85 reales y 22 maravedís.
D. José María Escandón, de Parres, pagaba 82 reales y 13 mrs.
y D. Ramón del Valle, de la parroquia de Sto. Tomás, 71 reales y 26 mrs.
De donde se deduce que los que más impuestos pagaban se concentraban en la misma zona geográfica del concejo.
Curioso, desde luego, que sólo fuesen 7 los electores del concejo, porque en ese listado encontramos, por ejemplo, 23 en Peñamellera; 13 electores en Amieva; 24 en Cangas de Onís; 36 en Colunga o 75 en Piloña.
A partir del año siguiente tenían derecho a voto los mayores contribuyentes (aquellos que pagasen más de 200 reales a Hacienda); así como los varones de determinado nivel intelectual, como eran los Miembros de las Reales Academias, profesores, licenciados, doctores, curas párrocos… (a este grupo se le denominaba “capacidades”). Total, en toda España, unos 240.000 varones mayores de 25 años, lo que suponía apenas un 5% de la población.
Las mujeres tendrían que esperar casi un siglo para tener derecho a voto, cosa que no ocurriría hasta el año 1933, con la Segunda República Española.
Las elecciones se tuvieron que aplazar debido “a la invasión de las fuerzas rebeldes en la región”. El distrito electoral de Cangas de Onís abarcaba los concejos de Onís, Parres, Ponga, Amieva y el mismo Cangas.
Ya en 1838 las listas para la elección de los vecinos que tenían derecho a votar para diputados se regían por la ley del 18 de julio de 1837.
Aquellos vecinos que “como labradores disponían de dos yuntas propias destinadas exclusivamente a trabajar sus propias tierras”, reclamaron su inclusión en dichas listas para obtener el correspondiente voto para la mencionada elección, según la ley electoral publicada en el Boletín Oficial del sábado 29 de junio.
Los reclamantes, según este apartado, fueron:
Parroquia de Cofiño:
D. Miguel Alonso
D. Juan Fdez. Sobero
D. Juan López
Parroquia de Sto. Tomás:
D. Rafael Francisco Noriega
D. José Francisco Noriega
D. Francisco de Póo Noriega
D. Alejo González
D. José de Cuenco
D. José Antonio del Valle
Parroquia de San Martín:
D. Felipe Miyares (alcalde)
D. Manuel Rivero
D. Manuel Fernández
D. José Estrada
D. Bernardo Blanco Sobaco
Parroquia de Pendás:
D. José González Miyares
D. Manuel Miyares García
Parroquia de Toraño:
D. Francisco Quesada
Parroquia de Cayarga:
D. Francisco Amor
D. Rodrigo González
D. Ramón González
D. Antonio Quesada
Parroquia de Fíos y Nevares:
D. Manuel Fdez. Escandón
Parroquia de Castiello:
D. José Martínez
D. Baltasar de Granda
D. Juan del Cueto
Parroquia de Llames:
D. José Llenín
D. Gabriel Blanco
D. Manuel Longo Longo
D. José González
Parroquia de Viabaño:<7b>
D. Francisco Ángel González
D. Antonio José de Diego
D. Andrés Longo
D. Manuel Pérez Fdez.
D. Francisco Miyares
D. Manuel Francisco de Diego
D. Rosendo González
D. Francisco González Fdez.
D. Felipe Sobaco
Parroquia de Villanueva:
D. José de Caso
D. Manuel Fondón
D. José de Vega Cortés
D. Salvador de Vega Cortés
D. José del Fondón
Parroquia de Parres:
D. José Fernández
D. Domingo Tarapiella
D. Ramón de S. Martín
Parroquia de Guera de Dego (así escrito, sin diéresis en la u, hoy Huera):
D. Francisco Villaverde
Eran electores no elegibles:
El cura de Parres don Joaquín Rodríguez Campalo.
Por Viabaño: el cura párroco don Manuel de la Viña Fernández; don Melchor Glez. presbítero capellán; don Ramón Antonio Álvarez, presbítero capellán; y don José Valdés Monasterio, también capellán.
Por Castiello: don Ramón Estrada Valdés, párroco.
Por Fíos y Nevares: don Bernardo Junco, párroco.
Por San Martín: don Jacinto Álvarez Piloña como cura párroco y don José Blanco como cirujano titular.
Por Fíos: don Francisco Cabal, cirujano titular.
Por Cofiño: don Ignacio Cantillo Victorero, cura párroco y don Francisco Rubín, presbítero excusador.
Por Sto. Tomás: don Juan Antonio Jove como cura párroco y don José Antonio del Valle como presbítero excusador.
Por Pendás: como cura párroco Francisco Sierra.
Por Cayarga: don Antonio de Vega, por ser el cura párroco.
La lista quedó expuesta en la puerta principal de las consistoriales, en Arriondas.
¿Cómo se celebraban aquellas elecciones?
Pues en tres jornadas consecutivas.
Llames tenía su distrito electoral propio y sus vecinos fueron convocados en el llamado “cuartiquín” del Collado del Otero, a las ocho de la mañana. Le correspondían cuatro concejales.
Al distrito de Llames pertenecía S. Juan de Parres, con dieciséis electores; Villanueva con once; Viabaño con treinta y ocho electores; Montes de Sevares con diecinueve y Huera de Dego.
En el distrito de Las Arriondas les correspondía votar a los veintiocho vecinos de Castiello; los veintinueve de Fíos y Nevares; los veinticuatro de St. Tomás; los dieciocho vecinos de Pendás y Bode; así como los quince vecinos de Cayarga y Toraño y los de San Martín. Su votación sería en la “antesala” del ayuntamiento, en Las Arriondas y se elegirían tres concejales.
La elección era por un bienio.
Dice el secretario -don J. Antonio del Valle- que el primer teniente de alcalde, don Manuel Carús, sustituyó al alcalde -porque éste se encontraba indispuesto- y procedió al nombramiento de la mesa. Eran las nueve de la mañana. A las diez se cerró la votación y los cuatro que más votos obtuvieron (todos empatados a siete) fueron elegidos secretarios escrutadores. A las diez y media comenzó la votación pública “estando preparadas y rubricadas las papeletas de antemano, como se dispone en la ley….los electores que se presentaron escribieron dentro del local y a la vista de la mesa, unos por sí y otros valiéndose de otros electores, los nombres de los candidatos y entregaron al presidente las papeletas, quien las depositó en la urna delante de los mismos votantes”. A las dos de la tarde se cerró el escrutinio. Contaron los votos y quemaron las papeletas. Se fijó en la puerta del ayuntamiento la lista de los que acudieron a votar y los votos conseguidos por los candidatos. Lo mismo se hizo los dos días siguientes, 2 y 3 de noviembre. En total votaron setenta y dos, de los ciento dieciséis posibles. El día 4 se hizo el recuento y suma de votos. El resultado fue el siguiente:
D. Ramón del Llano, de Fuentes, 51 votos.
D. Joaquín González Francisco, de Pendás, 47.
D. Domingo del Valle, de Sto. Tomás, 44 votos.
Ellos fueron los tres elegidos por el distrito de Las Arriondas.
Obtuvieron votos, asimismo:
D. Melchor Arango, de Cofiño, 36 votos y otros nueve candidatos, desde 9 hasta 1 voto.
En el local llamado el “cuartiquín”, en el Collado del Otero, del distrito de Llames, el desarrollo de la elección de sus cuatro concejales fue similar al de la villa.
El segundo teniente de alcalde, don José Cepa, presidió la mesa y las votaciones.
Ejercieron el derecho a voto cincuenta y un vecinos, de los noventa y dos posibles.
En este 2.º distrito fueron elegidos:
D. José Martínez, de Viabaño, con 50 votos.
D. Antonio de Diego Miyares, de Viabaño, 47 votos.
D. José García Valles, también de Viabaño, 44 votos.
D. Luis de Granda Pérez, de Parres, 42 votos.
Cuatro candidatos más obtuvieron votos.
El resto del consistorio corresponde, según dejó escrito el secretario: “ála mitaz que no se renueva”.
Los no renovados eran:
D. Ángel Fernández de la Fuente.
D. Manuel Carús.
D. José Cepa.
D. Joaquín Miyares.
D. Juan del Llano Cueto.
D. Juan Bautista González.
D. José María de Caso.
D. José Hevia.
D. Ramón de San Martín.
Se cierra el acta con la afirmación de que todos saben leer y escribir.
Se elevan al Gobernador de la Provincia las doce ternas correspondientes a cada una de las doce parroquias, para que sea elegido el alcalde pedáneo de cada una.
Este tomo dedicado a las elecciones sigue con las celebradas para elegir Diputados a Cortes, siendo los electores aquellos que más contribución pagaban.
El censo de vecinos del Concejo, a fecha de 28 de enero de 1854, era el siguiente:
Viabaño: 282
Castiello: 65
San Juan de Parres: 187
Pendás y Bode: 73
Villanueva: 99
Castiello: 65
Fíos y Nevares: 94
San Martín: 80
Sto. Tomás: 193
Cayarga: 79
Huera de Dego: 97
Montes de Sevares: 197
Toraño: 31
Se cierra este “tomo electoral” con la lista de electores a Cortes del Distrito n.º 12 “del Infiesto”, con sus concejos de Piloña, Cangas de Onís, Parres, Amieva y Ponga.