POR JOSÉ RAIMUNDO NÚÑEZ-VARELA Y LENDOIRO, CRONISTA OFICIAL DE BETANZOS, MIÑO Y PADERNE (LA CORUÑA)
Durante los primeros años de su permanencia en el monasterio las Reverendas Madres Agustinas Recoletas tuvieron que hacer grandes sacrificios para llevar adelante las obras de reforma y ampliación, que afectaron a lo esencial del edificio. Como ejemplo sirva que en los dos trienios del priorato de la Madre María Antonia de San Bernardo, los primeros de su implantación, la inversión realizada en el capítulo de obras superó los ciento cincuenta mil reales de vellón, y su sucesora la Madre Agueda Francisca de las once mil Vírgenes, asimismo fundadora, se acercó a los cuarenta y cinco mil reales.
Entre los bienhechores de este piadoso instituto se encontraba don Francisco de Puzo y Aguiar, regidor y alcalde mayor de Betanzos, en principio comisionado por la Justicia y Regimiento para gestionar el establecimiento de las monjas, y en adelante convertido en su poderhabiente demostrada su entrega en favor de los intereses de la congregación; el 20 de junio de 1682 efectúa en su nombre la compra de una casa en cuatro mil seiscientos veinte reales para ampliación del monasterio “…y por conocer que dha casa les es muy menesterosa Para la preparacion y largueza de dho Convento…” (Archivo Notarial de La Coruña. Protocolo 774, folio 18, del escribano Domingo Vázquez de Castro del número de Betanzos), y quien llegaría a prestarles más de treinta y siete mil reales. Entre otros muchos benefactores, vecinos y amigos se encontraba el ilustre arquitecto don Domingo Antonio de Andrade, vecino de Santiago y maestro mayor de la Catedral compostelana, quien el 12 de agosto de 1697 aparte de intervenir profesionalmente en el planteamiento de los proyectos, les hacía un empréstito de diez mil reales de vellón de a treinta y cuatro maravedís cada uno (Ibídem. Protocolo 863, folio 114, del escribano Juan Méndez del Corral del número de Betanzos).
Otros caballeros hicieron importantes donaciones, como lo fueron dos huertas necesarias para la edificación de la iglesia conventual que se estaba construyendo y ampliando en 1733, por el ilustre caballero don Pedro Antonio Pardo de Cela y Andrade, vecino de San Julián de Coirós, en Betanzos el 14 de abril de dicho año (Ibídem. Protocolo 1.064, folio 8, del escribano Roque López de Pontellas del número de Betanzos). Este templo fue consagrado e inaugurado en 1745, y en el Altar Mayor se situó a la veneración de los fieles una imagen de San Cipriano, donada por el piadoso mindoniense don Cipriano Antonio Gutiérrez que tanto había favorecido y trabajado en favor del engrandecimiento de aquella Santa Casa e Iglesia.
En adelante la más importante fundación que conocemos fue la efectuada por don Andrés Vázquez de Neira y Noguerol, presbítero, y su hermano don Pascual, abogado de la Real Audiencia del Reino de Galicia, vecinos de Betanzos , hijos de don Félix Vázquez de Neira y de doña Bárbara de Noguerol difuntos, vecinos que habían sido de la misma ciudad, quienes fundan la Capilla de la Virgen de los Dolores, San José y San Vicente Ferrer en su testamento mancomunado que otorgaron en dicha ciudad el 21 de diciembre de 1767, del que extraemos la parte fundamental para evitar prolijidad:
“In nomine dei amen: Sepase Como nos Dn Andres Basqz. de Neira y Noguerol prº. y el Licdº Dn. Pasqual Basqz de Neira y Noguerol Abogado dela Rl. audiª. de este Rno. Soltero hermanos hijos que hemos fincado de Dn. Phelis Basquez de Neira y Dª Mª Barbara de Noguerol difuntos vecinos qe. han sido y nosotros somos de esta Ciud. de Betanzos hallandonos en nro Caval Juicio y entendimtº… hacemos y otorgamos esta nuestra ultima boluntad y testamtº. En la forma Siguiente: Primeramente mandamos nras Animas a Dios nro ssºr. Jesucristo, que la Crio y Redimio… y los Cuerpos a la tierra de que fueron formados, Amortajados el de mi dho Dn. Andres en las Bestiduras de mi Pe. Sn. Pedro, y el de mi dho Dn. Pasqual en un avito entero del Patriarca Santo Domº y sepultados en el Combento de Recoletas Agustinas de esta dha Ciud. En la ynmediata del colateral del Lado del Ebanjelio en qe. se halla la Milagrosa Ymagn delos Dolores… Yten decimos, qe nosotros tenemos, y poseemos pda (partida) de vies (bienes) libres asi Casas lugs. acasarados, Rentas, heredades, guertas, y porcion considerable de viñedo, sito uno y otro en esta Ciudad, su contorno, fras. de Meangos, Limiñon, Juan Rozo, Piadela, Cuiña, Guiliade y otras partes qe por aora son vien Conocidos, heredados todos por nuestros Ascendies. dela Linea materna… Y uniendo nras boluntades con el fraternal Amor que siempre nos hemos profesado, a fin de qe se conserben, baian en aumtº. y no en disminucion, fundamos y erigimos de todos ellos Vinculo Regular Segn. las Leies y estatutos de España… Pero si subçediese morirme y dho Dn Pasqual sin descendientes lexitimos, o aunqe los tenga falten y se estingan en qualqª grado que sea, en tal caso, a fin de qe Dichos vienes, y su producto Se destienen al maior Culto de Dios, Alivio de nuestras Almas, y las de nuestros predecesores qe los han adquerido y conserbado, Es nuestra determinada boluntad Fundar Como fundamos desde aora pª. entonces, y pª Siempre bajo las mismas prohivisiones de enajenacion y penas una Capellania eclesiastica Colatiba de todos ellos Con la adbocacion de la Virgen Santisima delos Dolores, Sn Joseph, y Sn. Vicente Ferrer, la qe. se ha de establecer y colocar en dha Yglª. de Madres Recoletas, y altar qe. al Lado del Ebanjelio hay en ella Con la Ymagn de la mª Virgn. Santisima e Ymponemos, Establecemos y encargamos al capellan y capellanes, qe aqui Nombraremos y lo fueren de dha Capellania la obligaon de decir o mandar se digan por nuestras Animas y las de dhos nros predecesores una misa diaria Rezada en todos los dias del año en el Referido altar y convento de Recoletas; a quienes ha de Servir de misa maºr a la ora de entre nueve y diez mediante no las tienen de fundacion sino un corto numero de dias, en los qs. podra el capn. decirlas a la ora qe. le paraciere, y en cada una su responso sobre nuestra sepultª. la qe se ha de señalar por tal; y la del dia de nra ssª. de los dolores ha de ser Cantada con tres ministros Sermon correspte. al misterio del dia, y mantener espuesto el ssmo. sacramto. dela Eucaristia asta la tarde y ora acostumbrada Con la conducte. decencia, y en los dias de Sn. Joseph y Sn. Vicente Ferrer misas Cantadas con responsos, y a los dias siguientes a los tres su Acto de Animas tamvien con responsos, todo ello oficiado por dhas madres y costeado por dho Capellan. Yten ha de tene este la precisa obligacion de residir en esta Ciud. pª. el mas exacto Cumplimtº. de las misas, fundaciones, y mayor Conserbaon. y cuidado delos vienes y no estando espuesto de confesor ha de tener la tal obligacion de esponerse y actuarse en el termino de seis meses, desde qe. entre en la posesion de dha Capellania siendo Sacerdote, y a de asistir en todo los Jueves y dias festivos del año dos oras al Confesionario, oiendo de penitencia alos fieles, qe. alli Concurran, en lo qe ha de ser puntual, y dha Madre Priora ynvigilar sobre ello como se lo pedimos y encargamos y afin de qe. dhos Capellanes sean ynstruidos en la moralidad y mas necesario para exercer segn. Correspde. Al Alto ministerio de Confesonario mando yo dho Dn. Pasqual, que de quenta de mis libros Compre el referido mi Hermº. porcion delos mas utiles de la theoloxia moral, los qe parecieren bastantes, y algs. otros espirituales, de cuio numero se ha de entregar razon a dha me. (Madre) Priora para qe. la Junte a los mas paps. y tenga el cuidado de qe. se Conserben, y baian subcediendo de Capellan en capellan con obligacion que estos han de hacer, en favor de dha me. Priora de responder de ellos, y sus heros. para qe. aquella pueda entregarlos nuebamente al siguie. Capellan bajo las mismas precauciones.- y para Capellan, o capellanes de dha Capellania en atencion a los motivos referidos nombramos y eligimos al pariente mas Cercano por dha nrª linea Materna, entendiendose esta maior proximidad, no en linea, sino en grado, y haviendo dos que esten en igual sea preferido el que dijere misa, y no lo aviendo que sea sacerdote, pueda obtener dha Capellania, pero con la precisa obligacion de hordenarse a los veinte y cinco años de su edad, de modo que si por falta de inclinacion berdadera, de Inactitud, o delito, que haia Cometido, dejase de conseguirlo, le pribamos desde luego del goze de la tal Capellania, y queremos pase al sigte. en grado, en lo qe dha Rda. me. Priora, y Discretas, a qnes para el maior Cumplimto de lo qe llevamos dispuesto, subsistencia y conservacion de dha Capellania, dejamos el Patronato Activo, para qe. Con arreglo a los llamamientos que dejamos señalado, sin alterarlos en manª. algª. hagan la eleccion en el, asi por nosotros llamado = han tanvien de ymvigilar sobre dha obligacion de Hacerse Sacerdote, y de qe. sea exacto En la ora de decir las misas, y mas dispuesto de modo, qe. faltando a decirlas, en algº de ellos Pueda llamar otro Sacerdote, y de quenta del capellan satis facerle la Limosna de ocho rrs Vn. y a fin de que los Vienes y rentas de dha Capellania no se obscurezcan, antes vien, haiga toda luz de ellos, queremos qe. el que de nosotros sobreviva forme un libro de Caja con individual razon de todos los vienes partida por partida con quatro testas y demarcaciones, espresion de ssnº. o ssnºs ante quien pasaron las adquisiciones, y razon de pensiones qe. sobre ellos haiga, del qual haiga de quedar un tanto o copia al Capn. y subcesores de dha Capellania y a aquel Con todos los paps. y Documtos. que se Hallen en nuestro poder se Ha de entregar a dha Rda.me. Priora pª qe. los Custodie y conserbe siempre en el Archivo de su Convento con copia, o testimonio de esta fundacion, sin dejarlos estraer a dhos Capellanes, ni a otra pnª. algª. En razon delo qual y Zanjar qualesqª. dudas que puedan obcurrir el ultimo qe. sobre viviere de nosotros, y mas Cumplidores nuestros pasaran los oficios Correspondientes con dha me. Priora y Discretas, para lo qe. damos uno al otro y Ambos a aquellos todas nuestras facultades con toda la Amplitud qe. se necesite, esperanzados en qe. dhas madres como tan deseosas y propensas a promober el maior culto de Dios y qe. este tenga uno de sus principales asientos en su Yglesia y combento, procuraran aderirse al establecimiento de esta nra fundacion Cooperando favorables quanto les sea posible a ello, y al Cuidado qe. les dejamos encargado. Asimismo es nra boluntad, qe. el que sobreviva de nosotros haiga por los dias de su vida de cumplir con la funcion espresada de nra Señora delos Dolores en su dia, misas Cantadas los de Sn. Joseph y Sn. Vicente Ferrer con los actos de Animas a los dias siguientes a dhas festividades, principiando a hazerlo inmediatamente qe. fallezca el primero, Con los mas Sufragios qe. le diere su conciencia a proporcion de sus haveres, y posibilidad: Y sobreviviendo dho Dn. Andres pueda sin embargo delos llamamientos echos, haviendo dos o mas parientes aunque no sean de Igual grado, eligir por aquella bez al qe. mejor y mas aproposito le pareciere, pero en todos los demas desde su fallecimiento ono haciendo el Dn. Andres Nombramiento algº. quede en su Vigor y observancia lo qe. llevamos dispuesto qtº. a la subcesion de pariente mas Zercano, Como tamvien pueda el mº Dn. Andres nombrar por tal Capellan a nro querido hermº. Dn. Diego Basqz de Castro, estando en Actitud de ello, y mereciendolo su inclinaon. y buenas Costumbres, lo q queda a su libre boluntad, bajo la mª. Ynteligª. de qe. a su muerte, ono haciendose la tal eleccion xire la espresada subcesion en la Conformidad referida; Y en esta Conformd Anbos nos dhos Dn. Andres y Dn. Pasqual, ofrecemos, y siendo necesario boluntariamente Juramos de que en ningn tpo. ni por pretesto algº. revocaremos esta disposicion porqe desde luego en el caso de ella de todos dhos nros vienes qe. le llevamos sujetos hacemos gracia y Donacion perfecta e Irrevocable a Dios y a la Virgen Santisima para mayor Culto y alivio de nras almas, y nuestros pasados, e yo ssnº que de ello doi fee desde luego para toda su firmeza interpongo la aceptacion que sea correspte pª los mas utiles efectos de su estavilidad Y Respecto en el propio Combento de mes Recoletas tenemos nos los suso dhos a nras tias las mes. Joseph de Sto Domº y Benita de Santa Rosa de Lima Religiosas de coro y hermªs de nra dha me. a quienes estamos asistiendo con lo qe. necesitan, queremos qe. admas de lo qe. por sus Renuncias y otras disposiciones echas a su favor le quedó Consignado, siempre qe. algª de ellas o entrambas nos sobrevivan, se les aumente y pague por el Capellan qe. fuere, incluiendose lo qe. tienen reserbado trescientos rrs a cada una anualmente. Yten mando yo dho Dn. Pasqual, que por quenta de mi espada, bestidos y mas efectos mios se mande hacer por mis Cumplidores una Corona o Restrillo de plata decente a la Imagen citada de la Virgn. delos Dolores, y asimº espada, cuias alajas pudiendo ser sirban en su primer funcion… Tanvien mando Cien rrs Vn. para la obra de la Virgn. Santisima de las Angustias, y sesenta pª. la del Sºr San Roque por una bez… asi otorgamos ante el infra escripto ssnº. de numero de esta notada Ciud. y delos ts. presentes por nos llamados, mandados llamar y rogar, qe. lo son Dn Manuel Joseph Martinez, Dn. Alverto Aragundi, y Dn Fernando Espiñeira prº. vecinos de esta citada Ciud de Betanzos donde es fecho a veinte y un dias del mes de Diciembre año de mil setecientos sesenta y siete… [Firmado] Andres Vazquez, Dn Pasqual Vazquez de Neyra [Rúbricas]. Paso Ante mi. [Firmado] Joaquin de Espiñeira Aguiar [Rúbrica].” (Ibídem. Protocolo 2.305, folio 129, del escribano Joaquín de Espiñeira y Aguiar del número de Betanzos).
Se cumple este año el primer cuarto de un milenio de la fundación de esta Capellanía Eclesiástica Colativa, bajo la advocación de la Virgen de los Dolores, San José y San Vicente Ferrer, inclusa en el Convento de las Reverendas Madres Agustinas Recoletas de Betanzos, en cuya nave de la iglesia se situaron dos altares con la imagen de la Virgen en el lateral del Evangelio y de San José en el lado de la Epístola, bellas tallas de la escuela compostelana del siglo XVIII atribuidas al maestro José Ferreiro, según tradición de la comunidad, como muestra de la generosidad de los fundadores, quienes según se ha podido observar también se acordaron en sus mandas testamentarias de la Virgen de las Angustias y de San Roque, de cuyo patronazgo se ha cumplido el sexto centenario el pasado año.
(Continuará)