FUNDACIÓN DEL CONVENTO DE LAS R.M. AGUSTINAS RECOLETAS DE BETANZOS (IV)
Oct 30 2017

POR JOSÉ RAIMUNDO NÚÑEZ-VARELA Y LENDOIRO, CRONISTA OFICIAL DE BETANZOS, MIÑO Y PADERNE (LA CORUÑA)

Fachada del convento de las R.M. Agustinas Recoletas.

Colaboró asimismo al engrandecimiento y culto del convento la fundación efectuada por el licenciado don Fernando Faxil, presbítero vecino de la feligresía de San Vicente de Moruxo, quien por su testamento del 19 de julio de 1711, otorgado por ante el escribano Felipe Manzanas da Fraga, había dispuesto la fundación de una Misa rezada todos los días festivos del año y otra más el día de San Antonio de Padua de cada año por su alma y para siempre jamás en la ermita de Nuestra Señora del Camino, si bien cambió de opinión cuatro días después en su Codicilio que otorgó y dictó en la manera siguiente:

“En la ciudad de vetancos A veinte y tres dias del mes de Jullio de mill settecientos y onçe años Ante mi ssnº y testigos parescio presente el lizdo Dn Fernando Faxil presvítero vzº de la frª de san biçente de murujo estando enfermo y en cama de enfermedad y en su Juicio y entendimiº natural segun a lo que del pareçe y rraçones que da e Dijo… avia otorgado su testamento ultima y postrímera boluntad por el qual avia dispuesto lo que se le ofreçia y entre las clausulas de dho testamtº avia sido que en la hermita de nuestra ssª del Camino de apar desta ciud se dijese una Misa rreçada todos los dias festibos del ano y una Mas el dia de el glorioso san Antonio de padua de cada año de siempre jamas por su anima… por el thenor dela presente anula y rreboca y della quiere mas no se Use, y que quiere Y es Su boluntad que dha clausula de fundacion aya de ser y se entienda en el Convento delas Madres Agustinas rrecoletas desta dha çiud en esta manera; que se ayan de decir dhas misas todos los dias festibos de cada Un año de sienpre jamas en dho Convento A la ora de la prima y ora en que aya de Comulgar la Comunidad para que dho Capellan les de la sagrada Comunion y la otra el dia del glorioso San Antonio de padua de Cada Un año de siempre jamás y por la limosna de A tres rreales Cada Una de dhas Misas, la qual dha Limosna se a de pagar a costa de sus bienes que al presente tiene que Ande ver y Tasar sus Cumplidores rregulando su rrenta hasta donde llegue pª dhas Misas y si sobrare enadir las mas que Cupieren que se an de descir en dho combento los dias que senalaren dhos Cumplidores y acer el ajuste con dho Convento otorgar escritura de fundaçion con las clausulas necesarias para su perpetuidad, y esta a de ser que a los caseros parientes suyos no se les a de poder despojar ni alcar ala Renta de conforme llieban los bienes pagando ellos anualmte por lo en que andan y trayendoles bien rreparados y perfetados. Y que quiere y es su boluntad que pr aora aya dos capellanes que digan dhas misas de por mitad alternandole a meses o semanas conforme les paresciere Y por tales Capellanes nombra A Dn Alonso Bermudes Refoxo presvitero Vcº desta ciud, y Dn Domingo Darriba presvítero Veçino de la frª de san salbador de colantres para que al fin de los dias del otorgte entren a descir dhas misas en dhos dias y desde entonces a de Comencar a correr la limosna y muerto uno dellos quede el otro solo y muertos entrambos la madre que aora hes o fuere de dho Combento pueda nombrar Capellan ynsolidun qe diga dhas misas y este a de ser pariente del otorgante silo Ubiere, Y en grado mas prosimo Y aunque sea de menores Ordenes le puedan nombrar y el a titulo de dha fundacion se pueda hordenar y pasar a hordenes de misa Y entterin que no la dijere pueda dha Madre priora nonbrar otro senor sacerdote que Ynterin Diga dhas Misas pr dha limosna Y asi qe el nombrado diga misa el otro no le ponga ningun embaraço, y el de festibo y a la ora Señalada que faltaren los capellanes nonbrados Y a su muerte el que nombrare dha madre priora no acudieren a decir dha misa la dha madre priora llame otro qe la diga pr dha limosna quitandola al que faltare. Y en quanto a los nombramientos qe Yciere dha Madre priora de Capellan a de ser en los parientes suios conforme qedan senalados en el testamento Y se a de entender qe dha Madre priora a de ser patrona de dha fundacion Y no otra persona alguna. Y por quanto por su testamto avia mandado que muriendose en esta ciud se le diese sepultura dentro dela iglesia de santa Maria desta ciud Aora hes su boluntad que muriendo en ella se le de sepultura adentro de la yglesia de dho Convento de Recoletas y sepultura qe pareciere ala Madre priora decente; y pr ello pido a mis cumplidores le agan un agasajo a costa de sus Vienes. Y que admas de las misas qe deja dispuesto en su testamto Manda se le digan Mas Ducientas Misas Reçadas y pr la limosna de dos rreales pr Una bes. Y tambien diçe que algunos caseros y particulares pobres qe le deven Dinero y rentas sus Cumplidores no les mortifiquen hasta coxer los frutos y agan con ellos la equidad que les pareciere y bolbio a descir que la limosna delas ducientas misas que deja declaradas Manda que sus cumplidores distribuyan el dinero dellas en lo que les tiene en secreto comunicado y que no se digan dhas misas y quantto a las mas clausulas de dho su testamento las deja en su fuerza y bigor exceto la Referida que quiere que balga y se aya de entender a fabor de dho Convento y executarse en la forma que queda declarado sin que se altere en manera algª que en todo ello hes asi su boluntad y ultima Resulucion y en lo mas como ba dho quiere se guarde su Testamto en la misma forma que lo a otorgado sin que falte cosa alguna que quiere se execute el y este Codiçilio qe hes fecho y otorgado en su casa donde Reside en esta ciud de Vetanços el qual no lo firmo Por no poder Con el rrigor de la enfermedad y Rogo a Uno de los testigos prestes lo firme pr si de Su nonbre A Cuia pressª lo otorgo estando prestes pr testigos Roque lopes de pontellas ssno del numº desta çiud Antonio de Cartemill, Bicente ferreira, Alejandro de Andrade todos Vecinos desta dha ciud y pablo suares Vcº dela frª de Sn bicente de Murujo e Yo ssno qe dello doi fe… [Firmado] Como tº y a ruego Roque Lopez de Pontellas, fuy tº y alleme preste Alexandro de Andrade [Rúbricas]. Passo Ante mi. [Firmado] Pedro de Lago. [Rúbrica] ” (Archivo Notarial de La Coruña. Protocolo 970, folio 100, del escribano Pedro de Lago Alemparte del número de Betanzos).

Claustro del convento: la Anunciación.

Don Fernando Fagil falleció por aquellos días y sus cumplidores invirtieron el importante efectivo que dejó para su fundación en propiedades, de cuyas adquisiciones figuran numerosas escrituras en el protocolo citado que no tratamos por evitar prolijidad.

Las buenas relaciones que nuestra casa mantiene con este convento vienen de antiguo, como por ejemplo el presbítero don Domingo Núñez Darriba nombrado capellán para la citada fundación, hijo de don Juan Darriba, sucesor en el vínculo fundado por su antepasado el notario don Fernando Darriba con casa en la Plaza Mayor de Betanzos adquirida en 1512, y de su mujer doña Antonia Alonso, vecinos de Collantres. A mediados del mismo siglo ingresaron de novicias en este convento doña Margarita y doña Josefa Varela Bermúdez de Castro, la primera sería conocida como Sor Margarita del Espíritu Santo según consta en nuestro archivo familiar, hijas de nuestros séptimos abuelos don Juan Francisco Varela Bermúdez y de doña María Teresa Zavala Bermúdez de Castro, asimismo conocida como doña María Teresa de Villozás Figueroa, entre otras que lo hicieron en distintas épocas.

Fuente: http://www.cronistadebetanzos.com/

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