HIDROELÉCTRICAS CONTRA NACATEROS
Dic 11 2022

POR BIZEN D’O RÍO MARTÍNEZ, CRONISTA OFICIAL DE C. HOYA (HUESCA).

La conducción fluvial no era desconocida en Roma, así en sus diez libros de Arquitectura, de Vitrubio ( 23-27 a.C.) refiere con detalle el transporte fluvial de troncos hasta Ravena para la construcción. En cuanto a España la referencia más antigua sobre la conducción fluvial de maderas se la debemos al geógrafo musulmán al-Idrissi, a quien se ha considerado como uno de los más importantes geógrafos medievales, dada la cantidad de información geográfica por él recopilada, pues  ya en 1154 citaba como desde el río Quelsa se hacía transporte de  madera en España.

Desde aquellos lejanos tiempos del siglo XII hasta el primer tercio del siglo XX, el mejor procedimiento para extraer piezas mayores y mejores de los bosques, sería el transporte por flotación fluvial, para ello, se unieron los maderos en “armadias o navatas” en los afluentes de la margen izquierda del Ebro, porque el río era camino, incluso sueltos fueron conducidos aguas abajo. Pero esta flotación fue conflictiva, especialmente en la época de crecidas o “mayencos” cuando las aguas bravas empujaban a los “navateros” ya que suponía un serio riesgo, sumado este a los acondicionamientos que fueron surgiendo en estos siglos mediante azudes, molinos, y desde los comienzos del siglo XX las implantaciones de los primeros aprovechamientos hidroeléctricos, generalmente antiguos molinos que se transformaban en centrales productoras de energía eléctrica.

En el otoño de 1922 era presentada al ministro de Fomento de España, una instancia por la Asociación de Productores y Distribuidores de Electricidad  en la cual exponían que eran tan grandes los perjuicios que con frecuencia se ocasionaban a esta industria por el sistema de conducción de maderas, aprovechando la flotabilidad de los ríos, que era denominada generalmente con el nombre de “maderadas”, que las Sociedades y particulares dedicados a ella venían desde hacía tiempo a interesar del Ministerio de Fomento la limitación o regulación de esa forma de transporte, en crecidas cantidades de grandes piezas de madera, con objeto de que pudieran evitarse los cuantiosos daños a los que se hacía referencia, los cuales se extendían frecuentemente a  las presas, a ciertos puentes de construcción sencilla y a la disminución de la fuerza disponible en los saltos de agua, haciendo imposible a los distribuidores de electricidad continuar en la debida forma el suministro de ésta, en el momento en que esas numerosas piezas de madera se aglomeraban desordenadamente en los saltos.

Declaraban en su exposición que el sistema de conducción de maderas  sabían era de gran antigüedad, pero que esa misma antigüedad demostraba su forma primitiva, que era sostenida únicamente por la escasez de medios de transporte que aún se padecía, haciendo la observación de que en épocas pasadas no era conocida la electricidad, que era la gran fuerza y la base que podían considerar única para el porvenir, por ello, y habiendo meditado detenidamente las medidas que debían proponerse para evitar o disminuir estos daños, alegaban que para hacer posible la vida de esta industria (hidroeléctrica) que se hallaba tan desamparada por las autoridades y que después de la de ferrocarriles, alcanzaba a un capital de 2.000 millones de pesetas, proponían al amparo de la Ley de Aguas de 13 de junio de 1879, se dictara una Real Orden o Real decreto determinando reglas que contuvieran las siguientes medidas: 1ª No debería declararse flotable un río cuyo caudal, en cualquier época del año, resultase absorbido en aprovechamientos concedidos anteriormente. Seguían nueve puntos de exigencias y reprobaciones acerca de este antiguo sistema de transporte que era la vida para numerosas gentes de nuestras montañas, pues los “Navateros” aragoneses bajaban desde Hecho las maderas por el río Aragón, los del Biello Sobrarbe por el Cinca, además de toda la madera sacada de La Galliguera que era trasportada por el río Gállego.

Atrás quedaban los privilegios y concesiones de Alfonso el batallador (11189 y Jaime II 81317 y 1320) si bien se ha recuperado este transporte tradicional en los ríos Aragón, Gállego y Cinca con fines testimoniales y etnológicos, llegando a ser 100 años después de estas prohibiciones, definitivamente considerados como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.

FUENTE: CRONISTA

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