POR ANTONIO VERDÚ FERNÁNDEZ,CRONISTA OFICIAL DE LA CIUDAD DE JUMILLA (MURCIA).
Acabo de terminar una recopilación histórica de la propiedad de los montes de Jumilla, donde se demuestra que somos dueños de todos los montes, cada uno de los nacidos en Jumilla, que como sabemos nos viene desde que el rey don Pedro I, les concediera los Privilegios un 20 de octubre de 1395, para todos y por siempre jamás.
Recordamos que esos Privilegios eran confirmados cada vez que había un rey nuevo. O sea, que cada vez que moría el rey y había uno nuevo, había que llevar los Privilegios de Jumilla al nuevo rey para que los confirmara, y aceptara, para seguir teniendo validez en todo el tiempo que dure su reinado, ya que si los privilegios no se llevaban a su confirmación por el nuevo rey, dejarían de cumplirse todo los que dicen los Privilegios que nos concedieron en aquel año 1395.
Así estuvo sucediendo hasta a finales del siglo XIX, pretendieron quitarnos ese Privilegio, con la finalidad de vender nuestros montes y por lo tanto perdíamos la propiedad del procomún que teníamos.
¿Qué perdíamos con eso? Pues que ya no podríamos utilizar toda la riqueza que nos daban y de los que de alguna forma todo el pueblo se aprovechaba.
Para evitar el maligno atropello, nuestros antepasados prepararon por D. Sebastián Cutillas en 1892, un expediente de 71 páginas, para evitar que nos quitaran los Privilegios luchando para evitar su propósito. Esa reacción popular, en defensa de los intereses generales de todos los jumillanos, fue lo que evitó que nos viéramos desposeídos de los Privilegios.
Recordamos que ese expediente fue defendido en las Cortes de Madrid, por don Antonio Cánovas del Castillo -que había estado casado con la jumillana Conchita-, y por su cuñado el Barón del Solar, don Eugenio Espinosa de los Monteros, con resultado satisfactorio para los intereses de los jumillanos, ya que consiguieron la excepción de nuestros montes, o sea, que no los pudieran vender y siguieran siendo nuestro.
Esa propiedad de los montes, se consideran como bienes de propios, o bienes comunales. Jumilla gracias al rey don Pedro I, teníamos los montes como bienes comunales.
Aquel triunfo se consiguió el 26 de noviembre de 1892, como se puede ver en una lápida que figura en el salón de plenos del ayuntamiento. El pueblo lo celebró por todo lo alto como suele decirse, tras conocer la noticia por medio de un telegrama que lo confirmaba.
¿Qué diferencia hay?
Los bienes de propios para los montes, serian como propiedad del Ayuntamiento, el cual puede hacer con ellos lo que quiera y le dé la gana a la Corporación de turno, como vender sus productos para poder pagar los gastos municipales. Para entenderlo fácil, son del pueblo pero los gestiona el ayuntamiento, que eso no fue lo que nos concedió el rey don Pedro.
Los bienes comunales o del procomún de vecinos, es que somos los ciudadanos los propietarios de los montes y de cuyo aprovechamiento sí nos beneficiamos todos y cada uno de los jumillanos, o sea, que de todo los beneficios que nos daban los montes eran para aprovecharlo cada uno de nosotros. Si sobraba algo después de tener cubiertas la necesidades de todo el pueblo, se podría vender, como fue el caso del esparto, pero si no se daba esa situación, todo el beneficio era para los habitantes nacidos en Jumilla. Eso es lo que sí nos conceden los Privilegios.
Tenemos que tener en cuenta que los montes están inscritos en el registro de Yecla desde mediados del siglo XIX, como propiedad de los jumillanos, que fue una de las causas principales por la que se libraron de que no nos lo quitaran en 1892.
Sobre este tema han sido grandes ilustres jumillanos como D. José Guardiola y D. Julio Jiménez, y muchos más, los que defendieron a capa y espada, como suele decirse, sobre la verdadera propiedad de los montes para los jumillanos, contra los que querían, como en muchos casos la venta de los mismos.
Ya fue con la llegada de las comunidades cuando esto se empezó a torcer, cuando por no se leyes, si no entiendo mal, se cambió lo que conocemos con bien comunal y creo que entonces lo han pasado como bien de propios. Quiere decir, que ya no son nuestros, y si del ayuntamiento.
En uno de los dos artículos que hizo el Sr. José María Abreu, “El Picacho nº 76 agosto-diciembre de 1993, pp 12-16; y en el nº 79 de julio-agosto de 1994, pp 9-11, sobre otro artículo mío que figuró en el nº 72 de la misma publicación -que por cierto no pusieron mi n0mbre-, donde yo defendía la titularidad de los montes para los jumillanos. Pero el Sr. Abreu, en el segundo de sus artículos mencionados termina de la siguiente manera:
“6.- Conclusión final
– La inclusión de los montes jumillanos en el CUP, evitó su venta en 1859.
– El estatuto protector de la UP garantiza la pertenencia jurídica a favor del Ayt° de Jumilla y el disfrute de los mismos por los jumillanos (ver artículo anterior).
– La titularidad y propiedad de tales montes la ostente el Ayuntamiento de Jumilla, tal como se expresó en el artículo anterior, en concepto de montes de propios.
José Ma Abreu y Pidal
Doctor Ingeniero de Montes”
Lo cual no creo que haya que pensar mucho, ya que lo dice claramente, que él participó en aquel proceso que le llevó a cambiar lo de procomunal por lo de propios como deja claro en su conclusión final. No era jumillano, aunque si casado con una jumillana, pero desde luego dista mucho de poder compararlo con aquellos otros jumillanos, que 100 años antes -1892- lucharon por defender lo que era nuestro, como le pude decir en vida, tras sus dos artículos citados. Y encima le ponen su nombre a una plaza.
Todo esto es lo que me obligado a pensar, ¡que sí, pero no!
Son nuestros, legalmente, pero no lo son de hecho, ya que ahora el ayuntamiento hace y deshace como quiere, sin que el pueblo se pueda beneficiar directamente como se hacía cuando era procomunal.
Y como decía aquel, para bien o para mal, es lo que hay.
¡Sí,… pero no!
FUENTE: CRONISTA