POR JOAQUÍN CARRILLO ESPINOSA, CRONISTA OFICIAL DE ULEA (MURCIA)
Desde el siglo XIV, concretamente el día primero del mes de diciembre de 1379, por orden del Rey Juan I, se comenzó a efectuar el control aduanero, en la Torre del Puerto de “La Losilla”, de Ulea, en qué, como primera providencia, se prohibió traer vino, a la Región de Murcia, procedente de los reinos de Castilla y Aragón; con el fin de salvaguardar la producción autóctona. Además, cuantos traían vino, a Murcia, sacaban de nuestro reino de forma clandestina oro y plata, así como mulos, rocines y yeguas.
Los aranceles establecidos, debían abonarse a “rajatabla”, con la finalidad de no ser esquilmados y equilibrar la balanza comercial. La Real Ordenanza rezaba qué, si cometían fraude, se les sancionaría con la pérdida de la mercancía. Si eran reincidentes, con la pérdida de sus productos, más una sanción económica y, si lo volvían a intentar, con penas de cárcel e, incluso, con la muerte; sobre todo cuando se traficaba con esclavos.
Para dicho control, el Rey Juan I, nombró a D. Diego Fernández Madrid, hombre digno y preclaro del reino de Murcia y del Obispado de Cartagena; con el título de “Alcalde de Sacas”, de los productos vedados.
El historiador Martínez Carrillo, en su libro “La Economía Tentacular”, afirma qué, desde el año 1305, los castellanos y aragoneses, efectuaban “comercio clandestino”; en una palabra: “Estraperlo”.
En “La Colección de Documentos para la Historia del Reino de Murcia”, en su edición de Diez Martínez, se dio conocimiento de tales “artimañas”, por lo qué, el Rey Enrique II, en el año 1374, prohibió “La Saca”- aunque no surtió efectos hasta 1379, a todos los mercaderes venidos de Castilla y Aragón que traficaran con los productos vedados; a su paso por “La Aduana de la Torre del Puerto de la Losilla, de Ulea”.
Al enclave de la Aduana de La Losilla, en Ulea, confluían por “el corredor de Cañada Real”, también llamado “Camino de los Cabañiles”, así como “La Ruta del Altiplano” y de “Las Tierras Valencianas”. Allí, en el puerto aduanero, “El Alcalde de Sacas y sus Operarios”, efectuaban la labor de vigilancia, y control fronterizo, de los mercaderes.
Con la llegada del Rey Alfonso X, al Reino de Murcia, se revisaron las normas a que estaban sujetos el tráfico de dinero y metales preciosos, a la vez que aumentaron los aranceles a otros productos como: trigo, cebada, lana, cera, cueros, madera, ganadería, seda, vino y “esclavos”; que eran considerados como artículos de exportación prohibida, o restringida.
Los miembros de la Asociación Cultural “La Carrahila”, en el año 2010, han efectuado la señalización de la ubicación de la antigua “Torre de Control, o Torre Aduanera, de la Losilla, de Ulea”. La señalización, una hita de piedras y un cartel en azulejos han sido colocados sobre los únicos restos conservados de “La Torre”, que fue la única fortaleza que perteneció a la Encomienda del Valle de Ricote y qué, se prolongó, en el tiempo, más allá de “La Edad Media”, llegando hasta la desamortización del siglo XIX. Según los estudios de D. Jesús Joaquín López Moreno, “La Carrahila” ha querido recuperar la memoria de lo que nunca debió perderse, marcando la localización de este desaparecido “Bien de Interés Cultural” (número de inventario 41014), perteneciente al término municipal de Ulea.
La Torre era una planta de 6 metros de lado y 11´20 en su mayor altura. Constaba de una planta baja, dos pisos y una terraza almenada. La puerta de acceso, era levadiza, ubicada en el primer piso a unos 2´40 metros del suelo y en comunicación con la cámara alta de “La Venta de la Losilla”, de la que distaba 1´5 metros de separación. Por otro lado, la planta baja tenía tres saeteras a cada lado y una cuarta parte del hueco de la Torre; ocupado por una escalera de obra, que comunicaba esta dependencia con los pisos y el terrado. En la parte más elevada existía una garita, que era perpendicular a la puerta de la Torre, con un agujero en el suelo, para la vigilancia del acceso y sus alrededores. La construcción del adarve con almenas tuvo lugar entre los años 1511 y 1515. En la fachada de la Torre, queda documentado “El Escudo de Armas de la Orden de Santiago”.
A pesar de su pervivencia hasta fechas recientes, algunos labradores, “desconocedores de su importancia” y, otros, “depredadores de la historia”, con ánimo de lucro, han hecho que apenas queden testimonios de su existencia. Por tal motivo, los estudiosos del grupo “La Carrahila”, han conseguido recuperar la memoria de lo que nunca debió perderse.
Desde principios del siglo XIV, “el Corredor de la Cañada Real” también llamado “Camino de los Cabañiles”, así como “La Ruta del Altiplano” y de “las Tierras Valencianas” tenían un punto de confluencia en la “Aduana Fronteriza de la Torre de La Losilla, en Ulea”. Allí se estableció un punto importante de vigilancia clave, según los historiadores, en donde se centralizaba el control del comercio entre los reinos de Castilla y de Aragón y nuestro reino de Murcia. Este control se efectuaba por medio de los propios “arrendadores y los hombres de sacas”. Con mucha frecuencia, según el historiador Juan Torres Fontes, se producían altercados entre los vigilantes y comerciantes; los unos porque exigían el cumplimiento estricto de la ley y los otros, porque no querían pagar los aranceles establecidos y, además, porque querían pasar mercancías prohibidas o de contrabando; que afectaban al vino y al ganado, sobre todo el caballar, cuyos beneficios económicos eran muy importantes.
Los beneficios que se obtenían, en la época del Rey Alfonso X, de los mercaderes foráneos, estaban libres de recargos, o impuestos, en la aduana. A partir de Alfonso X, se revisaron las normas a que estaban sujetos, el tráfico de dinero y metales preciosos, a la vez que se aumentaban las cargas a otros productos como: cebada, lana, cera, cueros, madera, seda, y “esclavos”; que eran considerados como artículos de exportación prohibida, o restringida. Por tal motivo se implantó una ley de control aduanero.
Este sistema de control aduanero, fronterizo con los reinos de Castilla y de Aragón, así como de la zona nordeste de Andalucía, comenzó a hacerse efectivo, a partir del día 1 de diciembre del año 1379, por orden del rey Juan I en que, como primera providencia, se prohibió traer vino a Murcia, desde Castilla y Aragón, debido a que se tenía que salvaguardar la cosecha de uva para elaborar el vino autóctono y que, este, pudiera ser vendido en sus mercados correspondientes. El problema estaba claro: si se daba entrada a vino de otros reinos, se producía una competencia desleal, ya que los viticultores murcianos no podían exportar vino allende nuestras fronteras. Si no se ponía freno a este desequilibrio comercial, los murcianos no podrían pagar sus tributos al Rey, ni a los señores propietarios de las haciendas; lo que les obligaba a tener que abandonar sus tierras y dejarlas para pastos del ganado, así como a emigrar a otros territorios; allende nuestras fronteras. En segundo lugar, porque los que traían vino, sacaban de nuestro Reino oro y plata, así como mulos, rocines y yeguas, empobreciendo nuestras tierras y a nuestros señores y enriqueciéndose ellos y los reinos de Aragón y Castilla; con la consiguiente merma de la reserva económica para la agricultura y ganadería murcianas.
Por tal motivo, el Rey Juan I, manda que, desde ese día 1 de diciembre de 1379, se les controle, por “el paso aduanero de La Losilla, de Ulea”, para que no trasieguen con los productos prohibidos y paguen el arancel estipulado de los demás productos agrícolas y ganaderos.
Tras una temporada de prueba, para comprobar la eficacia de los métodos de control aduanero y, en vista de las irregularidades que se seguían cometiendo, sentenció que; de no cumplirse “a rajatabla” esta Real Ordenanza, se les impondría la siguiente pena o sanción: La primera vez que desobedecieran dicha orden, perderían las bestias de carga en donde traían el vino y todos los demás enseres que portaran; la segunda vez que incurrieran en el mismo delito, perderían las bestias, el vino y todos los bienes que tuvieran; y, la tercera vez perderían todo lo dicho anteriormente y podían ser condenados a muerte.
Para el control de tal menester, fue nombrado D. Diego Fernández de Madrid, hombre digno y preclaro del reino de Murcia y Obispado de Cartagena, con el título de “alcalde de las sacas”, de los productos vedados.
El monarca ordenó que, para un mejor control, nombraran a un “hombre bueno”, que fuera un competente investigador y, sobre todo, honesto; con la finalidad de que no se cometieran sobornos entre los empleados de la aduana y los mercaderes. Si, a pesar de todo, así ocurriera, serían sancionados con 10.000 maravedíes que se ejecutarían en un plazo máximo de 15 días, siguientes al fraude.
El Rey, Juan I, el día 12 de febrero de 1380, “en una carta al alcalde de sacas”, le indica que los vecinos extramuros de los reinos de Granada, Castilla y Aragón, que aleguen razones de proximidad, “en la frontera de La Losilla”, para que pueda pastar su ganadería, en terrenos del Reino de Murcia ( ganado caprino, ovino y caballar), les explique que deben retirar su ganado del terreno murciano y se aposenten en el suyo propio, con el fin de que no esquilmen los predios murcianos. Se tabula el terreno que deben ocupar y, no sobrepasar a doce leguas de las fronteras de los reinos, que para ello disponen de sus aduanas correspondientes. Se les hace saber que el incumplimiento de las leyes llevará implícita la correspondiente sanción con arreglo a las Ordenanzas contempladas en la ley.
El día 12 de febrero de 1382, el Rey Juan I, escribe una carta, en la sede de Burgos, en la que insta a que todos los encargados de las aduanas fronterizas, extremen la vigilancia y no permitan que entren a pastar a ningún animal, aunque esté ubicado a menos de 12 leguas y que aleguen que van a salir por otra aduana de menor relevancia y luego lo hacen de forma clandestina.
Estas medidas de control se hicieron extremas, ya que desde el año 1305, la frontera castellano aragonesa había servido para hacer trasiego, de ganado y esquilmo, sin ningún control, pues según indica Martínez Carrillo, en su libro “La Economía Tentacular”, escrito en el año I987, se trataba de una modalidad de “comercio clandestino”; en una palabra: “estraperlo”. Con esta medida esquilmaban los territorios del reino murciano en beneficio de los castellano—aragoneses.
Martínez Carrillo subraya que es imposible calcular las consecuencias del comercio clandestino, para el reino de Murcia. En su escrito añade que el Rey Pedro I, en el año 1354, reprenderá al que cogiera efectuando fraude comercial. A partir del año I370, se ordenó el endurecimiento del control de todas las aduanas fronterizas del reino de Murcia. Tan radical fue la medida que los vendedores tuvieron que solicitar un seguro especial al Concejo Murciano. Aun así, los mercaderes traían sus productos y dejaban los vedados en la aduana y, al regreso, dejaban los permitidos y regresaban con los vedados que eran de más calidad y más caros, pues, con la excusa de traer vino, sacaban, de nuestra tierra, lo más valioso que había, originando un verdadero expolio, según nos refieren la “Colección de Documentos para la Historia del Reino de Murcia”, en su edición de Díez Martínez, del año 2000. Como consecuencia del conocimiento de tales artimañas, el Rey Enrique II, en el año 1374, prohibió “la saca” a vecinos aragoneses y castellanos de cualquiera de los productos vedados, a su paso por la aduana de la Torre de La Losilla, en Ulea.