POR SANTOS BENÍTEZ FLORIANO, CRONISTA OFICIAL DE LA CIUDAD DE CÁCERES
La nobleza cacereña destacaba del resto de la población libre por su situación de privilegio y por su poder económico, político y social. Una de las prerrogativas más importantes era la de no pagar tributos ni impuestos, recogida en el Fuero de Cáceres.
Según Faustino Menéndez Pidal: “El privilegio otorgado por Alfonso X a los caballeros castellanos consistía en la exención de pechar; el rey deseaba fomentar, por una parte, la posesión del equipo para luchar a caballo y, por otra, el poblamiento y la estabilidad social en la frontera”.
Esta exención la hemos analizado a través de tres documentos existentes en el Archivo Histórico Municipal de Cáceres.
El primero de ellos es una carta abierta del Rey Don Alfonso X, dada en Toledo el 12 de Febrero era de 1311 años, o sea de 1273, en la cual el Rey determina que por el gran servicio que le hizo el Concejo de Cáceres al Infante Don Fernando, su hijo, cuando fueron con él a Granada, tenía a bien conceder que todos los caballeros de la Villa que vinieran a vejez o a pobreza, o si tuvieran caballo y armas para la guerra y a las viudas de los caballeros, sean “escusados de pecho”.
Diciendo en ella, respecto a los que pudieran infringir su carta, lo siguiente: “e defiendo que njnguno sea osado de les pasar contra ello, en cualquier que lo fisiese pecharme en pena çient maravedis, e a ellos todo el daño doblado” (Pág. 212 del Libro Becerro).
El 12 de Diciembre de 1471, Enrique IV concedió un albalá al Concejo y particulares de Cáceres en el que hacía constar que por los leales servicios que los caballeros, escuderos y vecinos y moradores de Cáceres le hicieron al recuperar la Villa de Cáceres para el Rey, poniendo en peligro para ello sus personas y haciendas, cuando la ocupó Don Gomes de Solís, Maestre de Alcántara, les concedía que no pagaran alcabala alguna de todas las hierbas de las dehesas para siempre jamás. Este documento nos da idea de que hasta entones era pagada la dicha alcabala.
Este albalá fue confirmado por Enrique IV a través de un privilegio, dado en Segovia el 18 de Diciembre de 1471.
El Rey señala que pagarán tres mil maravedís cada uno de los que lo contrario hicieran; dinero que pasaría a la cámara real de su Majestad.
Enrique Soria Mesa nos dice: “A cambio de mantener un caballero, sirviendo directamente o pagando un soldado, se les reconocían diferentes privilegios personales, como la exención de impuestos directos…..y el no pechar, carácter básico del hidalgo”.