POR JOSÉ MANUEL TROYANO VIEDMA, CRONISTA OFICIAL DE LAS VILLAS DE BEDMAR Y DE GARCIEZ (JAÉN)
Desde un punto de vista político-administrativo señalar que la villa de Bedmar estaba regida por un gobierno municipal de la CEDA –Confederación Española de Derechas Autónomas- desde las elecciones de noviembre de 1933 y se mantuvo en él hasta después de las elecciones del 16/II/1936, periodo al que se denominó como “Bienio Negro”. Pues bien, el Ayuntamiento, dirigido por D. Próspero Marín Amezcua, contaba con los siguientes vecinos en su Corporación Municipal: D. Antonio Chamorro Peñas y D. Julio Viedma Quesada, como 1º y 2º Tenientes de Alcalde y como Concejales: D. Antonio Molero Peñas. D. Antonio Peñas Fernández. D. Juan Amezcua Peñas. D. Miguel Vilches Martos. D. Manuel Castro Cruz. D. Ildefonso Vargas Caballero. D. Ramón Martos Martínez. D. Diego Gallardo Jiménez y D. Luis Fernández Rentero, los cuales celebraron dos Sesiones Municipales Extraordinarias, los días 31/XII/1935 y 4/I/1936 y otras dos Ordinarias: 11/I y 6/II/1936, ambas en 2ª convocatoria, por falta de quorum, así como la 2ª extraordinaria, lo que nos indica la gran apatía en el seno de la Derecha, de ese momento en Bedmar, por la cosa pública, confiados en el triunfo electoral en las elecciones del 16/II/1936, que si bien lo obtuvieron en Bedmar, se perdería a nivel nacional, en favor del Frente Popular, lo cual provocó la caída del Gobierno Local en favor de 4 Concejales Socialistas y 1 Republicano. En los Plenos citados anteriormente se trataron temas relacionados con el arreglo del Camino vecinal de Bedmar a Cuadros y sobre la subvención concedida por el Estado para la construcción de Casas-Escuela para los Maestros Nacionales en la zona de las “Casas Protegidas” de Bedmar, conocida hoy en día como C/. Santo Reino, por un importe total de 365 pesetas. También se adjudicaron los Pastos de “La Sierra” y de la “Serrezuela”, a los Pastores: D. Antonio Jiménez Jiménez y a D. José Chamorro Guzmán, por importes de 4.000 y 1.226 pesetas/año, respectivamente. D. Juan de Dios Caballero Morales, Farmacéutico Titular de Bedmar, fue el fiador de D. Antonio Jiménez, pero tras su fallecimiento, su viuda, Dª. Manuela Medina Medina, solicitó al Ayuntamiento socialista, la devolución de la referida fianza, el cual accedió a ello “por ser de justicia”.
Bajo este gobierno municipal de la CEDA se celebraron las Elecciones del 16/II/1936, con el siguiente proceso y resultados:
-Día 8/II/1936.- El Alcalde D. Próspero Marín Amezcua, anunció al Gobernador Civil el acto que se iba a celebrar en Bedmar, por el Bloque de Derechas, el domingo día 9 a las 20,30 horas, en el Pósito y en el que tomarían parte los siguientes oradores: D. Miguel Pastor Orozco (PROGRESISTA). D. José Alberto Palanca Martínez Fortún /CEDA). D. José Acuña y Gómez de la Torre (CENTRO). D. José Torres Moreno, Conde de Argillo (CEDA) y D. Próspero Marín Amezcua, Alcalde de Bedmar por la CEDA, con el tema: “Contra la Revolución y asuntos Electorales”.
-Día 9/II/1936.- En el Mitin reinó absoluto orden y contó con la asistencia de unas 1.000 personas, aproximadamente e hicieron uso de la palabra D. Antonio Garzón Marín (TRADICIONALISTA), el Conde de Argillo (ACCIÓN POPULAR DE CENTRO), Moreno Torres, Marín Pastor, José María Martínez y el Sr. Marón, alcalde de la localidad, quien previamente había designado a D. Antonio Vicioso Lozano como Delegado de la Autoridad para asistir al Mitin.
-Día 10/II/1936.- El Alcalde de Bedmar dio cuenta al Gobernador Civil de la Provincia de la celebración en el Pósito de un Mitin el próximo día 12, a las 21 horas y en el que tomarían parte: D. Antonio Pulido Martínez (SOCIALISTA). D. Enrique Villalba (SOCORRO ROJO). D. Antonio Pasallali Lobo (SOCIALISTA). D. Andrés Troyano Peñas (SOCIALISTA), sobre el tema “Propaganda Electoral”.
-Día 13/II/1936.- Se comunicó la celebración del Mitin del FRENTE POPULAR, con una asistencia aproximada de 250 personas. En él tomaron la palabra D. Andrés Troyano Peñas, para presentar a D. Antonio Pulido Martínez. A este le siguieron en el uso de la palabra: D. Enrique Villalba (SOCORRO ROJO) y D. Pedro Fernández Hernández (UNIÓN REPUBLICANA). Los temas desarrollados versaron sobre: “Reforma Agraria”; “Ley de Términos y Amnistía”. En el transcurso del Mitin no se produjo ningún incidente digno de mención.
-Día 16/II/1936.- Celebración de las Elecciones Generales, tras constituirse, sin novedad alguna, las Mesas en todas y cada uno de las Secciones Electorales.
A lo largo de la Jornada Electoral se enviaron al Gobierno Civil de Jaén tres “avances” sobre la votación, a las 17, a las 19 y a las 21 horas, mientras que a las 24 horas de ese día se enviaron los resultados finales.
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A modo de resumen señalar que en las Elecciones Generales del 16/II/1936, Bedmar otorgó sus votos a los siguientes partidos: Bloque Nacional (CEDA).- 1.191 votos y Bloque Popular (Frente Popular).- 898 votos; mientras que Garciez, otorgó 190 votos al Bloque Popular y 170 al Bloque Nacional.
-Día 17/II/1936.- Los Resultados definitivo se confirmaron al Gobierno Civil de Jaén, mediante un Telegrama.
Día 22/II/1936.- En este día se constituyó el nuevo Ayuntamiento de Bedmar, por Orden del Consejo de Ministros de fecha 20/II/1936 y en la que se revocaba la suspensión, que como Concejales, habían sido objeto por el Gobierno anterior, en las personas de D. Andrés Troyano Peñas. D. Manuel Quesada Donoso. D. Diego Medina Jiménez. D. Cristóbal Troyano Peñas –(Socialistas)- y D. Juan Medina Sánchez –(Republicano)-, los cuales, pese a su suspensión político-municipal en ningún momento habían renunciado a sus cargos municipales. Estas 5 personas repuestas al frente del consistorio municipal de Bedmar eran los supervivientes de los ediles elegidos en las Elecciones Municipales del 12/IV/1931. Dicha Orden fue comunicada telegráficamente al Gobernador Civil y este al Secretario del Ayuntamiento, D. Luis Aznar Vilches, el cual fue muy remiso a su cumplimiento, pidiendo, incluso, al nuevo Ayuntamiento vacaciones. Estas se le concedieron, pero sin sueldo. En dicho día –(22/II/1936)- se constituyó una Comisión Gestora formada por el Alcalde y tres Concejales, pues el cuarto Concejal, D. Cristóbal Troyano Peñas, no fue repuesto en el cargo de Concejal hasta la Sesión Plenaria Extraordinaria que se celebró el 28/II/1936, a la que asistió el Delegado Gubernativo, D. Manuel Fernández García, quien en concepto de dietas percibió del Ayuntamiento la cantidad de 300 pesetas, asistiendo como Secretario Municipal en funciones D. Matías Romero Linde, Auxiliar de Secretaría de mayor edad.
En la Sesión Ordinaria del 1/III/1936, los gestores del Ayuntamiento de Bedmar, dieron un voto de confianza al Alcalde-Presidente, para que en un plazo de tiempo prudencial gestione cuanto sea necesario para lograr el buen funcionamiento del Consistorio Municipal el cual encontraron en una situación precaria desde el punto de vista económico, según declaraciones efectuadas por los gestores municipales al Gobierno Civil y Delegado de Hacienda de Jaén, al tiempo que le insta a confeccionar un Presupuesto para el presenta año.
El Alcalde, D. Andrés Troyano Peñas, en la Sesión Extraordinaria del día 4/III/1936, procedió al nombramiento de los cargos municipales y distribución de funciones, los cuales quedaron así: 1º y 2º Tenientes de Alcalde, los señores Quesada Donoso y Medina Jiménez. Depositario Municipal, D. Cristóbal Troyano Peñas. Administrador de Arbitrios “interino”, D. Vicente Troyano Herrera, con un sueldo de 3 pesetas al día. Propuso, además, nombrar a dos Celadores de Consumos, para evitar fraudes y fomentar los ingresos municipales, así como a un Auxiliar interino con la finalidad de poner al día todo lo atrasado en la gestión administrativa, para lo cual fue nombrado D. Pablo Ramiro Ortega, vecino de Jaén, con un sueldo de 6,96 pesetas al día, en la sesión plenaria del 28/III/1936. En esa misma línea, el Alcalde, muy consciente de ello, en esa misma Sesión Plenaria, nombró a D. Andrés Rodríguez Reguillo, Oficial Mayor del Ayuntamiento, como Secretario en funciones y con un sueldo de 416,66 pesetas mensuales. El nuevo Alcalde-Presidente de la Comisión Gestora, no solo organiza el Ayuntamiento, sino que también vigilaba los intereses de los ciudadanos, como ocurrió en el día 10/III/1936, cuando al Panadero, D. Ildefonso de la Torre Jiménez se le requisó un pan, por faltarle 60 gramos y el Alcalde lo puso a disposición del Juez Municipal. Al tiempo que contestaba a todos los Informes que se les pedían desde el Gobierno Civil de Jaén, uno de ellos, sobre Falange Española (F. E.), contestando el 21/III/1936 los que sigue: “Falange Española ostenta en su domicilio social su denominación, si bien me manifiestan que no funciona. Espero órdenes. El Alcalde”.
Sesión Ordinaria, celebrada en 2ª convocatoria, el 17/III/1936.- En este Pleno Municipal se acordó celebrar una Sesión Ordinaria semanal, pero en lugar de los domingos, que eran días festivos y de descanso, que estas se celebrasen los sábados a las 19 horas. También en dicho Pleno se confeccionó el Presupuesto Municipal para el año 1936, ante la insistencia del Delegado de Hacienda de la Provincia, quien pedía una y otra vez, que le fuese enviado el Presupuesto Municipal y que una vez realizado se ordenaba que fuese expuesto al público, durante 15 días, tal y como exige la legalidad municipal vigente.
Sesión Plenaria del 28/III/1936.- El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bedmar nombró a D. Andrés Rodríguez Reguillo, Oficial Mayor del Ayuntamiento, como Secretario en funciones con un sueldo de 416,66 pesetas mensuales. El Ayuntamiento, también acordó, a petición de un grupo de vecinos, comunicar a D. José Antonio Herrera Loperraez (“El Poyo del Barranquillo”), que retirase un Transformador de Energía Eléctrica de alta tensión que estaba en estado ruinoso y que se encontraba en la Plazoleta de San Marcos. Igualmente se aprobó el Padrón del Impuesto sobre Productos de la Tierra recolectados en este término: “Relación de los Kilos de aceituna recolectados y molturados en las Fábricas de Aceite de Bedmar y que por disposición expresa del artículo 6 de las Ordenanzas de este Impuesto vienen obligadas a su pago.
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Bedmar a 19 de Marzo de 1936. El Alcalde. D. Andrés Troyano Peñas. El Secretario. D. Antonio Rodríguez Reguillo. Sello del Ayuntamiento Constitucional de Bedmar”.
El 29/III/1936 el Alcalde preguntó, mediante Oficio, al Delegado Provincial de Trabajo sobre si figuraban inscritas en esa Delegación y con qué carácter las Sociedades de Pequeños Agricultores: “La Honradez” y la “Sociedad de Labradores” de Bedmar. El Salón de “La Honradez” perteneció a la Sociedad de Pequeños Agricultores, se fundó en 1936, unos meses antes del comienzo de la Guerra Civil y llegó a contar con más de 100 afiliados.
La “Quinta de 1936”, correspondiente a los mozos nacidos en Bedmar en 1915, estuvo integrada por los que siguen: “Diego Jiménez Marín (1/I/1915), hijo del Tuerto de la Chava y de Dolores. Rodrigo Linde Chamorro (11/I), hijo de Sebastián e Isabel. José Martínez Alcalá (11/I), hijo de Andrés e Isabel. Juan A. Chamorro Lorite (18/I), hijo de José y María. Simón Arévalo Chamorro (19/I/), hijo de Antonio y Encarnación. Ildefonso Carreras Serrano (29/I), hijo de Alejo y María. Tomás Morillas Linde (5/II), hijo de Marcos y María. Juan José Viedma Ruiz (9/II), hijo de Francisco y Amalia. Pedro Molero López (11/II), hijo de Pedro y Esperanza. Diego Rodríguez Ortiz (26/II), hijo de Diego y María. Juan José Medina Fresno (19/III), hijo de Juan y de Gabriela. Ildefonso Rodríguez Novoa (24/III), hijo de Ildefonso y María. Gabriel Vargas Adán (26/III), hijo de Francisco y María. Juan Medina Sánchez (27/III), hijo de Antonio y María. Ramón Bayo Rodríguez (27/III), hijo de Ramón y Sebastiana. Cristóbal Medina Carreras (28/III), hijo de Juan y Catalina. Pedro A. Narváez Viedma (1/IV), hijo de Miguel y María. Juan Navarrete Chamorro (5/IV), hijo de Francisco y Francisca. Andrés Pozas Navarrete (5/IV), hijo de Juan y Teresa. Agustín Adán Martínez (14/IV), hijo de Simón y Josefa. Vicente Narváez Navarrete (16/IV), hijo de Juan y Juana. Juan José Rodríguez García (18/IV), hijo de Juan y María. Juan Navarrete Fernández (21/IV), hijo de Francisco y María. Antonio Narváez Reyes (22/IV), hijo de Baltasar y Juana. Ángel Quesada Alcántara (24/IV), hijo de Francisco y Dulcenombre. Manuel Quesada Rodríguez (26/IV), hijo de Cristóbal y María. Ildefonso Reyes Rodríguez (28/IV), hijo de Francisco y Águeda. Diego Rodríguez Gámez (29/IV), hijo de 29/IV), hijo de Juan y María. Antonio José Peñas García (30/IV), hijo de Francisco y María. Luís Adán Herrera (5/VI/1915), hijo de Pedro y Encarnación. Juan Jiménez Morillas (8/VI), hijo de Blas y Sebastiana. Sebastián Carreras López (17/VI), hijo de Francisco y Ana. Antonio Medina Blanco (21/VI), hijo de Martín y Dolores. José Linde Serrano (24/VI), hijo de Sebastián y Encarnación. Gabriel Romero Catena (26/VI), hijo de Juan y María. Antonio Caballero Fuentes (27/VI), hijo de Francisco y Encarnación. Antonio López Rodríguez (28/VI), hijo de Ildefonso y Ana. Miguel Vílchez Caballero (31/VI), hijo de Miguel y Ángela. Miguel Fresno Chamorro (1/VII), hijo de Miguel y Quiteria. Manuel Alcalá Medina (30/VII), hijo de Luís y Dolores. Antonio Martínez Serrano (1/VIII), hijo de José y Manuela. Manuel Fuentes Linde (24/VIII), hijo de Juan y María. Cristóbal García Molero (18/VIII), hijo de Cristóbal y María. Joaquín Romero Mira (22/VIII), hijo de Francisco y Ángela. Francisco Rodríguez Herrera (26/VIII), hijo de Cristóbal y Andrea. Tomás Molero Arévalo (2/IX), hijo de Esteban y María. José María Troyano Navarrete (2/IX), hijo de José y María Dolores. Diego Medina Troyano (6/IX), hijo de Matías y Catalina. Ramón Fernández Rodríguez (17/IX), hijo de Rodrigo y María. Francisco Valdivia Joyanes (18/IX), hijo de José María y Micaela. Santiago Chamorro Romero (14/X), hijo de Manuel e Isabel. José Rodríguez Navarrete (22/X), hijo de Francisco y María. Alejo Vílchez Chamorro (27/X), hijo de Marcos y María. Ildefonso Vargas Peñas (1/XI), hijo de Ángel y Luisa. Alejandro González Peñas (11/XI), hijo de Antonio y María. Blas Delgado Gutiérrez (29/XI), hijo de Juan María y Águeda. José Moreno Jiménez (5/XII), hijo de Simón y María. Juan Alvarado de la Cruz (22/XII), hijo de José y Trinidad”.
El 30/III/1936 hubo una intervención de las Fuerzas de Asalto en la villa de Bedmar, desconociéndose el motivo.
El 1/IV/1936, el Juez de Paz, D. Francisco Chamorro pidió al Alcalde que le informase sobre la conducta moral de los siguientes vecinos: D. Juan Ruiz Chamorro. D. Vicente Vilches Aznar y D. Juan Fernández de la Torre, de 33, 35 y 31 años de edad, respectivamente.
El día 3/IV/1936 el Alcalde envió al Gobierno Civil el Reglamento de la Sociedad “Agrupación Local de Unión Republicana”, sita en la C/. Conde de Velayos, sin número. Una Sociedad que en el mes de agosto de 1936 fue despojada de todos sus enseres.
El 10/IV/1936 se requisaron varios panes de la Panadería de D. Pedro Amezcua Contreras por falta de peso y puesto el referido panadero a disposición judicial.
Sesión Ordinaria del 11/IV/1936.- En él, los Guardas del Campo propietarios, D. Matías Medina Fresno y D. José Rodríguez Molero, así como el Guardia Urbano, D. José Rodríguez Romero, solicitaron su baja en la nómina del Ayuntamiento. Tras debate, se les concede lo que pedían. Pero como el término municipal de Bedmar era muy grande, la Corporación Municipal, para paliar este grave problema, nombró, con carácter interino “y por la vía de urgencia” a D. Bartolomé García Romero, D. Bartolomé Jiménez Rodríguez, D. Antonio Marín García y a D. Juan Navarrete Medina, como Guardas Rurales y a D. Vicente Herrera Narváez, como Guardia Urbano, formando pareja con el otro funcionario existente, D. Bartolomé Amezcua. A todos ellos, en otro pleno y a instancias del Secretario y de acuerdo con los requisitos legales vigentes, se les nombró funcionarios propietarios. En el Pleno del 9/V/1936, previa solicitud de las correspondientes licencias al Ministerio de la Gobernación se les dotó del armamento necesario a los Guardas Rurales –(Mosquetones Máuser, pistolas y carabinas). Al jubilarse el Auxiliar de Secretario, D. Matías Romero Linde, se nombró para sustituirle, con carácter interino a D. Francisco Ortuño Amezcua. Completaban el “staff” municipal D. Antonio José Alcalá, como Alguacil-Portero; D. Juan Francisco Sánchez, Sepulturero y, D. José María Viedma, Fontanero. A todos ellos el Alcalde les pidió que cumpliesen con su obligación con la manera más digna posible, siendo inflexible la Comisión Gestora con la falta de celo en el desempeño de su tarea por los Funcionarios Municipales. En ese mismo Pleno, del 11/IV/1936 se llevó a Pleno el Presupuesto Municipal, para su debate y posterior aprobación si procedía. El Presupuesto Municipal para este año, tras dar lectura integra del mismo, quedó aprobado por unanimidad en la forma que a continuación se detalla: “GASTOS.- Capítulo 1º. Obligaciones Generales: 33.075,05 pesetas. Capítulo 2º. Representación municipal: 1.165,96 pesetas. Capítulo 3º. Vigilancia y seguridad: 2.805 pesetas. Capítulo 4º. Policía urbana y seguridad: 8.150 pesetas. Capítulo 5º. Recaudación: 5.280 pesetas. Capítulo 6º. Personal y material de Oficinas: 13.570 pesetas. Capítulo 7º. Salubridad e Higiene: 5.065 pesetas. Capítulo 8º. Beneficencia: 23.063,84 pesetas. Capítulo 9º. Asistencia Social: 950 pesetas. Capítulo 10º. Instrucción Pública: 6.251 pesetas. Capítulo 11º. Obras Públicas: 3.000 pesetas. Capítulo 12º. Montes: 455,98 pesetas. Capítulo 13º. Fomento de los intereses comunales: 300 pesetas. Capítulo 18º. Imprevistos: 1.500 pesetas. TOTAL DEL PRESUPUESTO DE GASTO: 104.661,83 pesetas. INGRESOS.- 1º. Rentas: 457,92 pesetas. 2º. Aprovechamiento de Bienes Comunales: 6.888,50 pesetas. 5º. Eventuales y Extraordinarios: 200 pesetas. 8º. Derechos y tasas: 40.296,78 pesetas. 9º. Cuotas, recargos y participaciones: 8.318,63 pesetas. 10º. Imposición Municipal: 48.000 pesetas. 11º. Multas: 500 pesetas. TOTAL DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS: 104.661,83 pesetas. Resumen: Importan los gastos: 104.661,83 pesetas. Importan los Ingresos: 104.661,83 pesetas”. Una vez aprobado el Presupuesto se acordó exponerlo al público durante 15 días y se remitiese al Sr. Delegado de Hacienda.
El 14/IV/1936 la Casa del Pueblo, sita en la C/. Nueva, se manifestó públicamente con motivo de la celebración del 5º Aniversario de la proclamación de la IIª República. [Tras la Guerra Civil fue la sede de la Jefatura Local del Movimiento, hasta su venta, por subasta pública en los años 70, siendo adquirida por la familia López-Pozas. Ya con la Democracia restablecida, el Gobierno de la nación, restituyó al PSOE Local, económicamente, de acuerdo con la Legalidad vigente sobre el tema].
El 20/IV/1936, con motivo de estar próximas a celebrarse las Elecciones de Compromisarios y con el fin de evitar incidentes, el Alcalde pidió al Gobernador Civil de la Provincia que destinase a Bedmar hasta el 26 de abril a 5 ó 6 parejas de Guardias de Asalto.
Sesión Plenaria Extraordinaria del 22/IV/1936.- “En la villa de Bedmar a 22/IV/1936, reunidos previa convocatoria legal los señores que al margen se expresan: D. Andrés Troyano Peñas. D. Cristóbal Troyano Peñas. D. Diego Medina. D. Manuel Quesada Donoso, en la Sala Capitular de este Ayuntamiento, presididos por el Sr. Alcalde, D. Andrés Troyano Peñas, al objeto de celebrar sesión extraordinaria, de su orden se dio lectura al acta de la sesión anterior, que fue aprobada. Por el Sr. Alcalde D. Andrés Troyano Peñas se manifiesta que hace algún tiempo que por Resolución Ministerial se ha atribuido al vecino pueblo de Albanchez de Úbeda la propiedad de la Zona Dudosa del Monte de este Término de Propios “La Sierra” con motivo del Deslinde del Monte de dicho Término o pueblo colindante con el nuestro denominado “Caño del Aguadero” y como dichas atribuciones a Albanchez desconoce el derecho de Bedmar a mencionada Zona Dudosa, cuya administración venía teniendo en Bedmar desde antiguo y como además se da el caso raro de que se ha resuelto el Deslinde del Monte de Albanchez antes que el Deslinde de nuestro Monte “La Sierra”, no obstante haberse iniciado antes, parece ser que se trata de algún arreglo político, el cual según rumores llegados a mí, ha tenido parte activa el Diputado por Jaén, D. Pedro Carlos Álvarez Lara, cuando fue Director General de Agricultura, y como de ser así el objeto pretendido para tal deslinde es crear algún derecho o algún precedente a favor de Albanchez sobre la propiedad de la mencionada Zona, estimo que la Corporación debe de tomar medidas sobre el caso por ser de interés vital para el pueblo, y recurrir la Resolución que antes he indicado. Seguidamente ordena el Secretario accidental que actuase dé lectura de la Notificación del Sr. Ingeniero Jefe de Montes de este Distrito Forestal, dirigida a este Ayuntamiento el 8 de febrero pasado, con el nº 4.723 de salida, en la que traslada a esta Corporación la Resolución de referencia, así como también, al texto íntegro de dicha Resolución, inserto en el B.O. nº 29 del 4 de febrero pasado. Con tales datos y con previa una asesoración del Secretario, la Corporación Municipal, después de considerar lo dispuesto en el artículo 207 de la Ley Municipal vigente sobre el ejercicio de acciones judiciales acuerda su uniformidad al deseo expresado por su Presidente, recurrir la Resolución Ministerial de 9/XI/1935, relativa al deslinde del Monte del Caudal de Propios de Albanchez denominado “Caño del Aguadero” y para ello faculta al Sr. Alcalde Presidente para que represente al Ayuntamiento en los Centros que fueran necesarios para este motivo, y para dirigir escritos a Tribunales y Oficinas y delegar su representación y asimismo para que elija a los dos Letrados que hayan de informar sobre este asunto, y especialmente se le autorice para que dirija escritos al Tribunal que proceda, anunciando la interposición del Recurso, aún antes del Informe del Letrado dada la brevedad de tiempo que resta para interponerlo, y toda vez que dicho escrito no implica la necesidad de seguir el curso forzoso del pleito. A continuación se lee una Comunicación de la Delegación de Hacienda poniendo en conocimiento de esta Alcaldía que por D. Luis Aznar Vilches y D. Vicente Aznar López y en virtud de la facultad que les otorga el artículo 167 de la Ley Municipal vigente, se ha dirigido escrito al Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda reclamando la deuda que el Ayuntamiento tenía contraída con ellos por devengo de sueldos y pensiones y es el Sr. Presidente quien da lectura a la contestación dada al Sr Delegado y recaba el parecer de la Corporación sobre tal asunto, la cual se solidariza con la actuación de su Presidente. Y no teniendo más asuntos de que tratar el Sr. Presidente declaró terminado el acto, levantando la sesión y extendiéndose la presente acta que firman conmigo los señores asistentes –(Andrés Troyano. Manuel Quesada. Diego Medina. Juan Medina. Cristóbal Troyano)- de lo que certifico como Secretario –(Andrés Rodríguez Reguillo)-“.
De acuerdo con los datos que nos aporta el Censo de Centrales Generadoras, líneas de transporte, subestaciones y centros de consumo, realizado por la Dirección General de Industria que elaboró el Ministerio de Industria y Comercio para la provincia de Jaén el 22/IV/1936, sabemos que la potencia instalada en cada centro de consumo del Valle del Río Cuadros fue la que sigue:
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En 1936 la Central mixta de Electricidad “Electra San José”, era una de las empresas abastecedoras de energía eléctrica a los 4.163 habitantes con que contaba Bedmar en aquella fecha, a la ciudad de Jódar y a la Fábrica de Aceites “El Barranquillo”, con una tensión de 120 v, una frecuencia y clase de 50 – T y una capacidad de 23 y 14 KVA, respectivamente. Las otras compañías que completaban el suministro a Bedmar y demás fábricas de Aceites –(Fuensucia y Mahoma)- eran la Sociedad Anónima Distribuidora de Electricidad -S.A.D.E y S.A.D.E.S.A-, distribuido de la siguiente manera: A la villa de Bedmar llegaba una tensión de 229/131 v, con una frecuencia y clase de 50-T y una capacidad de 60 KVA. A la Fábrica de Aceites de Mahoma, llegaba una tensión de 230/133 v, una frecuencia y clase de 50-T y una capacidad de 12 KVA. Mientras que S.A.D.E.S.A. abastecía a la Fábrica de aceites de La Fuensucia con una tensión de 130 v, con una frecuencia y clase de 50-T y una capacidad de 30 KVA. Todo ello nos dice que el consumo en ese año era de 0,033 KVA/habitante. Pero ¿cómo se hacía ese transporte y cómo estaban constituidas esas líneas eléctricas? [Se recomienda ver el GRÁFICO sobre: Empresas distribuidoras de Energía Eléctrica a la localidad de Bedmar y a varias Fábricas de Aceite en 1936 [OGAYAR FERNÁNDEZ, Blas. “Centrales Generadoras, Líneas de Transporte y Centros de Consumo, de Energía Eléctrica, en el primer tercio del S. XX en la Comarca de Sierra Mágina”, en Sumuntán. Nº 23. Jaén, 2006. P. 25 (Pp. 19-32)].
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El 27/IV/1936 el Alcalde dio cuenta al Pleno Municipal del Recurso que pretendía interponer contra el Deslinde efectuado por la Administración Central del Estado, tras leer el Informe emitido por los Letrados, D. Alejandro Peris y D. José del Cerro. La Comisión Gestora lo aprobó por unanimidad, al tiempo que acordaron nombrar en Madrid a dos Procuradores de los Tribunales, los señores D. Gregorio Francisco Gervás y Cabrero y D. Manuel Guerra Mateos, por Escritura de Poder otorgada ante el Notario D. Manuel Sena Alcázar, quien cobró por el documento la cantidad de 68 pesetas. También se facultó al Alcalde para que fuera a Madrid y tratase de solucionar el tema del Deslinde de la Zona conocida como “El Entredicho”, la cual había sido adjudicada a la vecina villa de Albanchez. También en ese pleno del 27/IV/1936 se propuso a D. Vicente Troyano Peñas como Encargado del Registro Local de Colocación Obrera y realizase los correspondientes registros “de ofertas y demandas de trabajo; de colocación del personal; de clasificación de la población obrera y de las estadísticas de paro” de acuerdo con lo dispuesto en la Ley del 27/XI/1931.
El 29/IV/1936, La Sociedad Obrera Socialista: “Amor al Trabajo” de la UGT de Bedmar (Jaén), solicitó el correspondiente permiso al Alcalde para la Manifestación del 1º de Mayo, en estos términos: “Sr. Alcalde-Presidente de este Ilustre Ayuntamiento. BEDMAR. Por la presente tenemos el honor de solicitar a V. I. el permiso para la Manifestación que tendrá lugar el día 1º de mayo para festejar la de Trabajo, asimismo, también solicitamos la autorización debida para que hagan uso de la palabra en el balcón del Ayuntamiento los compañeros al margen expresos –(Ortega. Ildefonso Rodríguez Novoa y Francisco Ortuño Amezcua)- a los que tendrán en cuenta que por parte de esta Sociedad se irá con el debido respeto a todos los ideales y con la máxima corrección. Viva V.I. muchos años. Bedmar, 29/IV/1936. Firmas: Vicepresidente: Juan Reyes. Secretario: J. (…). Sello”. Dicha petición se recibió en el Registro de Entrada del Ayuntamiento en ese mismo día con el nº 89. Ante tal petición, el Alcalde, con fecha día 30, concedió el correspondiente permiso para la Manifestación.
Sesión Plenaria del 9/V/1936.- A todos los referidos nuevos Guardas Rurales y al nuevo Guardia Urbano, una vez realizadas todas las gestiones precisas para sus nombramientos oficiales como tales, ante el Ministerio de la Gobernación, el Ayuntamiento acordó “dotarles del armamento necesario a los Guardas Rurales, carabinas y pistolas con cargo al Presupuesto vigente”. Debido a la jubilación del Auxiliar de Secretaría, D. Matías Romero Linde, se procedió al nombramiento, con carácter interino, de D. Francisco Ortuño Amezcua.
La falta de celo de algunos Funcionarios, llevó a la Corporación Municipal, a instancias del Sr. Alcalde, a instar varios expedientes sobre alguno de ellos. Fue el primero, D. José María Viedma Muñoz, el que en la sesión plenaria del 16/V/1936, fue sancionado por “abandono de funciones” y el “descuido en que tenía las aguas públicas” y por ello, en la sesión del 5/VI/1936 se le destituyó del cargo municipal que ostentaba. Tal decisión fue ratificada por unanimidad de la Comisión Gestora en la sesión plenaria del 12/VI/1936, siendo el Concejal-Juez Instructor del Expediente, D. Manuel Quesada Donoso. El segundo expediente se instó contra el Secretario Municipal, D. Luis Aznar Vilches, por “abandono del cargo”, “abandono de la marcha administrativa del Ayuntamiento” y por el “desarrollo de actividades políticas dentro del Ayuntamiento y de la Corporación Municipal”. Tales cargos fueron expuestos a la Corporación por el Concejal-Juez Instructor del Expediente para destituirle en el Pleno del día 11/VI/1936, no sin antes escuchar al Secretario Accidental, D. Andrés Rodríguez Reguillo, quien por compañerismo hacia el Secretario Titular, pidió a la Comisión Gestora que tuviesen en cuenta todo lo que marca la legislación vigente en esta materia. Pero a nadie se le olvida de que fue la ideología política el motivo de la incoación del referido expediente, que terminó con el despojo provisional de sus cargos de Secretario Municipal, dejándolo “sin empleo y sin sueldo” en el Pleno del 12/VI/1936. El día 18/VII/1936 se revisó el expediente del Secretario destituido, debido a que no había unanimidad de pareceres en los miembros de la Comisión Gestora, procediéndose a la correspondiente votación, la cual arrojó el siguiente resultado: 4 votos a favor de la ratificación de su destitución y uno en contra, el del Concejal, D. Juan Medina Sánchez.
Sesión Ordinaria del 23/V/1936.- En este Pleno se procedió a la modificación del Presupuesto Municipal de 1936 por orden expresa del Delegado de Hacienda de la Provincia de Jaén, pues se pide a la Corporación Municipal que dicho Presupuesto habría de superar las 108.000 pesetas. El Alcalde manifestó a la Corporación lo que le había contestado al Delegado de Hacienda “que era muy gravoso incrementar los ingresos, pues ya se cobraba bastante a los vecinos, pero que donde manda Patrón no manda marinero” y se procedió a la revisión al alza del mismo, acordándose la suplementación de los siguientes capítulos del Presupuesto Municipal para el ejercicio de 1936: “Capitulo 1º. Artículo 1º: 2.000 pesetas más para pagar la pensión del exsecretario municipal D. Vicente Aznar López. 500 pesetas más para pagar la pensión a las Huérfanas de D. Francisco Martos Vilches –(Ana e Isabel)-, Oficial Mayor que fue del Ayuntamiento de Bedmar -[Estas pensiones fueron denegadas por la Comisión Gestora del Ayuntamiento de Bedmar, cuando aprobó el Presupuesto, yendo en contra de la Ley vigente, pues tanto D. Vicente Aznar, como las hijas de Francisco (Ana e Isabel), tenían todos los derechos para percibirlas legalmente. Con esta revisión quedó subsanado el error]. Capítulo 8º. Artículo 1º. Partida 9ª: 700 pesetas más para el Veterinario. 375 pesetas más para pagar los atrasos de 1935, por vacunar a los cerdos de la villa. 175 pesetas más para la asistencia de las ocho familias que habitaban el Cuartel de la Guardia Civil. Capítulo 9º. Artículo 4º: 400 pesetas más para el pago del Seguro de los Obreros y Empleados Municipales a la Caja Nacional de Previsión. Capítulo 10º. Artículo 1º: 877,40 pesetas, para el Patronato Local de la Formación Profesional de Jaén”. Todos estos suplementos, necesarios, sumaron 5.027,40 pesetas y se cumplieron los deseos del Delegado de Hacienda, pues el Presupuesto Municipal de Bedmar, para 1936, alcanzó la cifra de: 109.659,23 pesetas. Enviado de nuevo dicho Presupuesto fue aprobado por la Delegación de Hacienda de Jaén el 4/VI/1936, para su puesta en vigor.
El 29/V/1936, se envió un Telegrama de agradecimiento al nuevo Presidente de la República por haber enviado a esta Corporación Municipal un retrato suyo.
Sesión Plenaria del 5/VI/1936.- En este Pleno se comenzó la renovación de las Ordenanzas Municipales que estaban cumplidas, empezando con la elaboración y posterior aprobación de la renovada ORDENANZA DE ARBITRIOS MUNICIPALES. También en este Pleno se nombró a un nuevo Alguacil-Portero, cargo que recayó en D. Ildefonso Minchán Rodríguez.
Mientras que por estas fechas en otros municipios giennenses se habían producido coacciones y abandono de la recogía de cosechas, en Bedmar, de acuerdo con el Informe que el Alcalde, remitió al Gobernador Civil de Jaén, de fecha 11/VI/1936 “no se había observado nada digno de mención”.
El 12/VI/1936 en la C/ La Fuente, se detuvo y encerró en la cárcel al mozo Pedro Chamorro Jiménez, por portar un arma de fuego a la cintura –pistola de la marca Shmit de 5 tiros y calibre 9º y sin marca de fábrica-, pasando luego a disposición del Juez Municipal por orden del Alcalde. El que hasta el 19/VI/1936 fue Administrador-Recaudador de Arbitrios Municipales del Ayuntamiento, D. Juan Medina Caballero, soltero y con domicilio en la C/. Mermejo, se negó a firmar un cargo de 1.513,67 pesetas, procedente del Impuesto Municipal sobre los Productos de la Tierra, del Padrón confeccionado el 17/IX/1935. Por tal motivo el Alcalde, D. Andrés Troyano Peñas, lo puso a disposición del Juez Municipal, por si con dicho hecho podría haber incurrido en alguna responsabilidad penal.
Sesión Plenaria del 27/VI/1936.- Se acordó que se comenzara la elaboración de las Ordenanzas de Hacienda y Orden Público y Policía de la Población, para su debate y posterior aprobación en el pleno del 29/VI/1936. Las Ordenanzas Municipales de HACIENDA, de la que damos a conocer, de entre otras muchas cosas, lo que sigue: “… Art. 5. Igualmente y para evitar que los aceites puedan dar lugar a iguales dudas se establece que todos los aceites que se exporten sean pesados o medidos están sujetos al pago del 1% de su valor. ORDENANZA Nº CUATRO. Derechos y tasas (Art. 360, apartado A y 368, letra L del Estatuto). RECONOCIMIENTO SANITARIO DE ARTÍCULOS DESTINADOS AL ABASTO PÚBLICO Y DOMICILIARIO DE RESES DE CERDA. Art. 1. Nace la obligación de contribuir del servicio que se preste por reconocimiento e inspección de los artículos. Art. 2. La base de percepción es el número de unidades y la tarifa la siguiente: -Sal, cada fanega pagará 40 céntimos. –Vinos, cada litro pagará 0,05 céntimos. –Bebidas refrescantes y vinagre, cada litro pagará 10 céntimos. –Licores, cada litro pagará 25 céntimos. –Aguardientes, cada litro pagará 25 céntimos. –Cerveza y Vermut, cada litro pagará 20 céntimos. –Sustancias farináceas, cada kilo pagará 20 céntimos. –Pescados de río y mar, cada kilo pagará 10 céntimos. –Bacalao, cada kilo pagará 20 céntimos. –Azúcar, Chocolate, Cacao, cada kilo pagará 10 céntimos. –Café, cada kilo pagará 25 céntimos. –Arroz, Garbanzos, Alubias, Lentejas y Habas que se importen, cada kilo pagará 0,05 céntimos. –Conservas de todas clases, cada kilo pagará 20 céntimos. –Leche condensada, cada kilo pagará 20 céntimos. –Queso de todas clases, cada kilo pagará 20 céntimos. Art. 3. Será obligatorio el análisis de estos artículos y estarán sujetos al pago del Arbitrio, tanto los que se produzcan en el término Municipal, como los que no se produzcan en él, bien sean destinados al consumo público en el mismo o fuera del del término o al consumo particular, El pago se hará en el acto, mediante recibo que expedirá el Encargado del Servicio al tiempo de hacerse la operación y antes de salir las especies de los depósitos correspondientes. Art. 4. Los infractores quedan conminados con la multa de 5 a 25 pesetas por la forma y cuantía de la defraudación no incurrieran en otra clase de responsabilidades que les serán exigidas ante los Tribunales de Justicia, además del pago de los derechos defraudados. La reincidencia, además de la multa correspondiente que se le imponga al infractor, llevará consigo la facultad de privarle del ejercicio de la Industria si para ello hubiese dado lugar, según resulte del expediente que abrirá la Alcaldía y que resolverá definitivamente el Ayuntamiento. Cuando el Ayuntamiento lo estime conveniente podrá exigir el depósito previo de los derechos y tasas correspondientes…”; y de ORDEN PÚBLICO Y POLICÍA DE LA POBLACIÓN, tras su aprobación se acordó su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Una publicación que se produjo el 13/VII/1936 en el B.O.P. nº 162.
El 8/VII/1936, todos los Funcionarios Interinos, pasaron a ser Propietarios.
En cumplimiento de lo dictado en la Sesión del día 13/VII/1936, por el Registro Local de Colocación Obrera de Bedmar, D. Bartolomé Martínez Illán, vecino de Jimena, se trasladó a dicho municipio con el fin de contratar, de los obreros inscritos en el citado Registro, a 30 obreros, de los que a 20 de ellos se comprometió a darles trabajo hasta la próxima Campaña de la Aceituna en su finca de Chavallanque, en término de Bedmar. Luego se descubrió que estos trabajadores no estaban trabajando sino que con ese contrato estaba justificando jornales dados en su finca con anterioridad por otros obreros, muy probablemente de Jimena. El caso fue puesto por el Alcalde en conocimiento del Gobernador Civil de Jaén y éste le sancionó económicamente. También en este día, el Alcalde comunicó al Gobernador Civil que el Centro de Falange Española –(F.E.)- de Bedmar que en su día fue clausurado, por orden gubernamental, debido a las actividades desplegadas por sus afiliados, éstos, fueron acogidos por la Sociedad Local: SOCIEDAD DE LABRADORES y dentro de ella, dichos señores operan con libertad de criterio, desplegando una intensa actividad, al tiempo que le señalaba algunos de los hechos más significativos: “En días pasados un miembro de dicha organización arrojó a un pilar a un joven. Igualmente el pasado día 12, otro miembro de Falange Española hizo el saludo fascista ante un Guardia Municipal y al ser reprendido por este, se resistió, por lo que ordené que fuera detenido y tras estar unas horas en prevención fue puesto en libertad. Por ello, pido que para mantener la tranquilidad es preciso cerrar también el local de dicha Sociedad de Labradores de Bedmar”.
El 17/VII/1936 el Alcalde puso a disposición del Gobernador Civil al Veterinario bedmarense, D. Francisco Chamorro Ortiz, como consecuencia de haber estado vacunando al rebaño de ovejas del Cortijo de Pedro Marín (Bedmar), dibujó en los sombreros de dos pastores la Corona de la Monarquía, un emblema prohibido por la IIª República. Por tal motivo se le multó con 150 pesetas, debido a que las autoridades locales y provinciales entendieron que tal acción podría haber ocasionado una alteración del orden público.
Ya por estas fechas eran claros e intensos los enfrentamientos políticos entre partidarios de la Derecha y de la Izquierda, bandos que caminaban por sendas divergente, sin posibilidad alguna de entendimiento y el Alcalde, más que un dirigente autónomo de su Municipio, se convirtió en un confidente político del Gobernador Civil de la Provincia, como se verá en los datos que se aportan a continuación, desde el 18/VII/1936 hasta el fin de la Guerra Civil, 1/IV/1939, tanto a nivel individual como colegiado en las sesiones plenarias. Un Ayuntamiento que seguía formado por D. Andrés Troyano Peñas, como Alcalde (PSOE). D. Manuel Quesada Donoso y D. Diego Medina Jiménez (PSOE), como 1º y 2º Teniente de Alcaldes, respectivamente y los Concejales: D. Cristóbal Troyano Peñas –(PSOE)- y D. Juan Medina Sánchez –(Republicano)-, actuando como Secretario accidental del Ayuntamiento D. Andrés Rodríguez Reguillo, ya que el Secretario Titular, D. Luis Aznar Vilches, había abandonado su cargo el día 22/II/1936 y habérsele instruido el correspondiente expediente de destitución del cargo, como ya se ha visto con anterioridad.
El 20/VII/1936, en un Oficio que lleva el nº 179 de Registro de Salida del Ayuntamiento de Bedmar, el Alcalde dio cuenta al Gobernador Civil de los siguientes hechos: 1º) Se detiene a D. Antonio Vega Galiano por estar en posesión de aparato de radio conectado a UNIÓN RADIO SEVILLA que estaba en poder de los facciosos y se le requisó la Radio. 2º) Se detuvo también a D. José Salazar Chamorro, alias “El Tuerto” por haber ofrecido resistencia a retirarse de la vía pública a instancias de los Agentes de la Autoridad. Al ser conducido a la Cárcel Municipal, tocó el disparador de la Escopeta del Guardia D. Bartolomé Jiménez, sin que el disparo produjera desgracia alguna. 3º) Igualmente añadía: “Me complace en manifestarle que en esta población no se ha producido incidente alguno y reina la más completa normalidad, observándose en el Pueblo una reacción de fe republicana que le lleva a prestar voluntariamente y en masa a la Autoridad para cuantos servicios fueren precisos”. 4º) En este mismo día, el Alcalde, acompañado del Cabo de la Guardia Civil y de los Números a sumando, en coche del Parque Móvil de Jaén, efectuó una visita a la zona de Bedmar, sin detectar novedad alguna.
El 21/VII/1936, de acuerdo con lo dispuesto por el Gobierno de la IIª República, el Alcalde de Bedmar, mediante Oficio, con Registro de Salida nº 180, “rogó al Sr. Delegado del Excmo. Sr. Gobernador Civil en la CAMPSA de Jaén, para que enviase con toda urgencia 2.000 litros de gasolina para los vehículos automóviles. Con el importe de la Gasolina se desplazará a Jaén un miembro del Frente Popular de Bedmar”. Continuará…
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