POR JOSÉ MANUEL TROYANO VIEDMA, CRONISTA OFICIAL DE LAS VILLAS DE BEDMAR Y DE GARCIEZ (JAÉN)
Según las “Crónicas” de esta villa, el 30/XI/1843, con motivo de los actos conmemorativos de la Coronación de la Reina Isabel IIª, se invitó al vecindario para degustar la “Mixtela” -bebida que se hacía en Bedmar a base de aguardiente, agua, azúcar y canela que se consumía en los grandes acontecimientos por las más pudientes- junto con las “bixcotelas”. La proclamación de la “Reina Niña” se llevó a efecto el 1/XII/1843 y por tal motivo se cantó un “TE DEUM” en la Parroquia de Bedmar y al finalizar el acto el Vice-Prior, D. Francisco Javier Bazán, hizo uso de la palabra para probar a todos el reconocimiento de la Reina en pleno dominio, ya que sólo contaba con 13 años de edad.
En 1844 era Secretario del Ayuntamiento Constitucional de Bedmar D. Francisco José de Vilches. Y, en 1845 era Médico Titular de Bedmar D. Francisco Hidalgo con un sueldo de 6.690 reales al año, pagado con los impuestos cobrados por el Ayuntamiento a los vecinos de la villa. Como Presidente de la Junta Pericial, encargada de elaborar los Padrones de Vecinos contribuyentes, se encontraba D. Francisco de Aguirre. Repartimientos que fueron aumentando de manera progresiva entre los años 1841 y 1850, tal como lo podemos ver: en 1841 tan solo se cotizaba para el abono de los gastos de la Provincia y Contribución de Frutos civiles. En 1842, además se cotizaba, por un nuevo impuesto, el de “paja y utensilios”. En 1843 existía un Repartimiento General que realizó la Junta Pericial sobre “las utilidades que resultaban a los vecinos”. En 1844, de acuerdo con la Ley de Ayuntamientos se hizo una relación de vecinos contribuyentes de Bedmar, de acuerdo con el tiempo de residencia en dicha villa. Igualmente se hizo, en este año, un nuevo Repartimiento de la Contribución para la dotación del “Culto y Clero” por un importe de 6.669 reales y 27 maravedíes. La contribución de “paja y utensilios” presentaba en ese año un importe de 10.609 reales y 24 maravedíes. En 1845 se hizo otro repartimiento para el abono de la contribución de Bienes Inmuebles por un monto total de 20.505 reales y 22 maravedíes, más el repartimiento del Salario Anual del Médico Titular, del que ya se ha dado cuenta más arriba. En 1846 apareció un nuevo repartimiento referente a los “gastos municipales” con el fin de sufragar los gastos del Médico Titular, los Niños Expósitos, los Gastos Ordinarios y Extraordinarios que determinase la Corporación Municipal. También, en este año, se realizó por la citada Junta, un Padrón de Contribuyentes de la Riqueza, en el que se comprendían: Rural, Colonos, Urbana, Censos y Ganadería. También, siendo D. Vicente Herrera Arévalo, Mayordomo de la Hermandad del Santísimo Cristo Flagelado de la Columna, se celebró la procesión el 8/IV/1846, día en que se celebró la Procesión Santa de Su Majestad el Señor de la Columna, “y hallándose esta población en la aflicción, tanto de escasez de agua, como de la plaga de la Langosta que nos agobiaba, se verificó el consuelo al amanecer de este día con las lluvias y al mismo tiempo la detención, en parte, de la dicha Langosta, hija del fervor que Su Divina inspiró en el Corazón de sus Esclavos y todos los habitantes de esta, en tanto que hasta las mujeres y niños concurrieron a la destrucción de la plaga con el mayor anhelo. En su consecuencia acordaron dichos Esclavos que para el aumento de la devoción de dicho Señor se perpetuase dicha Memoria y así se anotase en el Libro, pues desde la institución de esta Hermandad –(19/III/1821)- jamás nos ha desamparado”. En 1847, el Repartimiento General de la Contribución de Bedmar, importó 56.161 reales y 27 maravedíes, de los que: 2.076 reales y 4 maravedíes fueron destinados al pago de los gastos provinciales que la villa de Bedmar había de abonar anualmente. En 1848, la Contribución por Bienes Inmuebles alcanzó la cantidad de 71.079 reales y 33 maravedíes, teniendo que hacerse, además, otra Repartimiento de 5.231 reales y 22 maravedíes que faltaron para completar el “encabezamiento con la Hacienda Pública por la Contribución de Consumos de Especies determinadas entre los Contribuyentes”. En 1850 el repartimiento por la Contribución de Inmuebles y recargos ascendió a 88.099 reales y 20 maravedíes.
El Ayuntamiento de Bedmar comenzó el año 1851 bajo la dirección política de los siguientes señores: D. Francisco de Aguirre, Acalde-Presidente. D. Roque Correa –(fallecido el 29/X/1851)-y D. Francisco Vílchez, 1º y 2º Tenientes de Alcalde y D. José Martos, D. Francisco Garrido, D. Francisco Hidalgo, D. Antonio Herrera, D. Ildefonso Molero, D. Pedro Correa, D. Juan Garrido y D. Juan García Morillo, como Regidores y tras la Elecciones Municipales de diciembre, en la Sesión plenaria del consistorio del 28/XII/1851, se dio cuenta de un Oficio del Gobierno Civil de la Provincia por el que se nombraba, “en el uso de sus facultades para Alcalde a D. Francisco de Aguirre. Para 1º Teniente de Alcalde a D. Francisco Vílches y para 2º a D. José Correa. Como Regidores: D. Cristóbal Ortuño. D. Juan Luis Romero. D. Francisco Garrido. D. José Ayuda. D. Sebastián Molina. D. Carlos de Viedma. D. Ildefonso Chamorro. D. Luis Quesada y D. Luis Ramón de Martos, todos los cuales habrán de componer el Ayuntamiento en el Bienio próximo –(1852-1853)-. Un año este caracterizado por una mala gestión económica, hasta el punto de que el propio Gobernador Civil en carta de fecha 14/I/1851 acusó al Acalde y al Secretario “de irresponsables” al no haber presentado en tiempo y forma las cuentas de Bienes de Propios de los año de 1848 y 1849. Pero los ediles del municipio se defendieron de tal acusación aduciendo la mala gestión de los Depositarios Municipales de los años 1847 y 1848, los cuales “no habían cumplido con su obligación” y que habían tenido que aportar grandes sumas de dinero para gastos ajenos a la localidad, tales como Mantenimiento de los Gastos Comunes de la Provincia: 1.117 reales de vellón para “presos pobres y gastos de la cárcel de Mancha Real”, pagaderos por trimestres anticipados, de acuerdo con la carta remitida por el Gobernador Civil de Jaén de fecha 30/XII/1850. 626 reales de vellón para el “Sumario de Bulas”, distribuidos para Bedmar de esta manera, según se dio cuenta en la sesión municipal ordinaria del 16/II/1851, a instancias del Notario Eclesiástico que se personó en Bedmar el 19 de este mes: “De vinos, 500 reales; de Difuntos, 20 reales; de Composición, 2 reales; de Lacticinios de 4ª, 4 reales y de Carne, 100 reales”. 12.654 reales de vellón para “Culto y Clero de la Provincia”. En ese pleno del 26/II/1851, se dio cuenta de un Oficio del Gobierno de la Provincia del 1/II/1851, donde se autorizaba al Ayuntamiento la ejecución de la Derrama que le propuso el 22 de enero, por un importe de 1.568 reales de vellón y 6 maravedíes por el Arbitrio Provincial de 8 maravedíes por fanega de trigo y de cebada, el cual había de sr expuesto al público, para que una vez oídas las quejas y reclamaciones, se procediera en consecuencia. A tal fin se nombró a los Regidores, D. José de Martos y D. Francisco Hidalgo y como asociados los dos Mayores Contribuyentes, D. José Catena y D. Blas de Herrera para que procediesen al Repartimiento, entre otros muchos gastos más, además de los inherentes a la villa en sí. Pero la llegada de un nuevo Gobernador, D. Esteban León y Medina, no ayudó en nada, pues en la misma carta en la que se da a conocer al Ayuntamiento, les pedía se esmerasen en la cobranza de los Impuestos Municipales. En otra carta, se cita al Alcalde en el Gobierno Civil, para que responda a los cargos que se le hacen por no haber ingresado dentro del mes de febrero las dos terceras partes del primer trimestre de Contribuciones y en otra carta, se le preguntó “que si para el día 15 de abril estarían ingresados los descubiertos por todos los conceptos impositivos”. El 22 de junio se amenazó al Alcalde con separarlo del empleo, si en ese mes no liquidase todos los descubiertos. Ante este cúmulo de amenazas y requerimientos el Alcalde instó al Cobrador de Arbitrios del Municipio, D. Pedro Vílches, que se esmerase en su tarea. No debió ser suficiente cuanto llegó de Jaén, D. Miguel de Mesa, con una dieta diaria de 15 reales de vellón, con el fin de cobrar un “descubierto” de 5.767 reales de vellón y 15 maravedíes que tenían algunos vecinos de Bedmar por Impuestos y Arbitrios Provinciales por la vía de apremio, de lo cual se dio cuenta en la sesión municipal del 20/VII/1851. Según la Junta Pericial de Bedmar el Padrón de Riqueza importaba para este año: 898.480 reales de vellón y 30 maravedíes.
Pero veamos ahora en detalle otros acuerdos más notables tomados por los ediles en las sesiones municipales de carácter ordinario en este año de 1851:
-2/II.- Se dio cuenta del nombramiento por parte de la Comisión de Estadística de los peritos Repartidores y Suplentes para poder imponer las Contribuciones Directas de la Provincia.
-16/II.- Se dio cuenta de un Memorial del vecino Juan López, solicitando 13 varas de tierra vacía que lindaba con su propiedad. A la vista de ello el Ayuntamiento se reservó su veredicto hasta que esté bien informado de que no se persigan con ello daños a terceros. Igualmente, Simón Ruiz, natural de Lorca, presentó al Pleno un Memorial por el que solicitaba el poder fijar su residencia en Bedmar. El Pleno se la autorizó “siempre y cuando acredite tener buena conducta moral y política”.
-23/II.- Se ordenó se den los recibos de las Matrículas de Subsidio para su cobro al cobrador municipal, D. Pedro Vílches.
-30/III.- La Junta Provincial de Beneficencia ordenó al Ayuntamiento que instruyese el Expediente correspondiente sobre la vecina, María Lorite, huérfana, pobre y de buena conducta moral, ante su deseo de ingresar en el Hospicio.
-13/IV.- Se aprobó un Presupuesto adicional para Presos y Cárcel de Mancha Rea, correspondiéndole a Bedmar un pago total de 717 reales de vellón y 13 maravedíes. El monto total del Partido Judicial fue de 7.000 reales de vellón. También se dio cuenta de que los mozos –“quintos” se habían sorteado el primer domingo de abril.
-27/IV.- Se dio cuenta de un oficio del Alcalde de Huelma, diciendo que seguía siendo Colegio Electoral para la Elección de Diputados a Cortes según el Real Decreto de 9/IV/1851. Dichas Elecciones se celebraron el 10/V/1851. Se informó al pueblo mediante Edictos.
-11/V.- Se leyó un escrito de la nueva Maestra de Niñas en el que se quejaba, por considerarse perjudicada en sus intereses, ya que la anterior, que carecía de Título, seguía impartiendo la docencia en la localidad. El Alcalde se comprometió a comprobar dicha queja y si no era cierta, caería sobre ella el castigo conforme al Código Penal vigente.
-18/V.- La Dehesa de Acebuchir fue declarada “del Común de los Vecinos”, junto con los Montes de Bedmar, pudiéndose aprovechar, sin hacer daños en ellos, sus leñas secas.
-25/V.- Se dio cuenta de un Oficio del Gobierno de la Provincia de fecha 23 de los corrientes, para que a final de mes se pagaran los débitos del primer trimestre del año en curso, por Arbitrios Provinciales de los “ramos” que siguen: “Vino, 1.412 reales de vellón y 17 maravedíes. Aguardiente, 646 reales de vellón y 23 maravedíes. Aceite, 291 reales de vellón y Jabón, 141 reales de vellón y 17 maravedíes, lo cual hizo un total de: 2.491 reales de vellón y 23 maravedíes”.
-1/VI.- Se leyeron los Boletines de la Provincia y se dio lectura también de un oficio por el que se pide que se remitan las nuevas listas del Subsidio de Matrícula para cobrar el 2º semestre, así como si se había dado de alta algún nuevo negocio.
-29/VI.- En observancia del artículo 3º del Reglamento del 16/IX/1845 para la ejecución de la Ley de Ayuntamientos del 8/I/1845, la Corporación Municipal nombró para la rectificación de las Listas Electorales para cargos municipales a los siguientes señores: Por el Ayuntamiento, D. José de Martos y D. Juan García. Por los Mayores Contribuyentes, D. Luis María de Aguirre y D. Juan José Sánchez Muñoz. Suplentes: por el Ayuntamiento, D. Antonio Herrera y por Mayores Contribuyentes, D. José Ayuda, “con el fin de que se ocupen de las operaciones”
-6/VII.- Queja del Alcalde de Albanchez sobre el vecino de Jimena, D. Pedro Salcedo, poseedor de la finca de Chavallanque, el cual no deja pasar por la “vereda” que usan desde tiempo inmemorial a los vecinos de la villa. Se le pidió opinión sobre el tema al Regidor-Síndico del Ayuntamiento de Bedmar, D. José de Martos, quien dijo “que esta vereda que da acceso a uno y otro lado del Barranco de San Esteban para los propietarios de Bedmar y de Albanchez, debe de estas abierta y pide que se le den 8 días a D. Pedro Salcedo para que exponga y presente documentos, si los tiene, sobre el porqué no deja pasar a los propietarios de fincas de la zona, por la referida vereda. De lo contrario se le forme el oportuno expediente. También se contestó, en esta sesión, a la Circular nº 203 del Gobierno Civil, de fecha 29/VI/1851 sobre la renovación del Consistorio.
-13/VII.- Se recibió un oficio de la Alcaldía-Corregimiento de Baeza, de fecha 8/VII/1851, reclamando el pago de 610 reales de vellón que se adeudaban por la Cuota del Sostenimiento de aquella Casa Cuna, por los años de 1845 a 1847. El Ayuntamiento quedó enterado.
-17/VIII.- Se dio cuenta de un oficio del Gobierno Civil por el que se declaraba exento del Servicio Militar a Bartolomé Molero, en vista a la justificación de Bienes presentada por Ramón Garrido, de la que resulta que la madre del mozo no disfrutaba más que una renta de 392 reales de vellón.
-24/VIII.- Memorial de Dª. Ana María de Ogáyar, viuda del Escribano que fue en este Ayuntamiento, D. Francisco de Santiago, solicitando se le socorra en sus necesidades, por una vez, desde los fondos económicos del Municipio. Al Consistorio quedó enterado. El Alcalde, informó también, de haber recibido varias quejas de los propietarios de olivas en el pago de “Los Huertos” de que las aguas del venero de la Fuengrande, que dan riego a aquellas, las aminoran indebidamente y con los perjuicios que dejan conocerse los “solteros” de Carratraca, por medio de una sangría o ladrón que han abierto en dicho sitio para regar, como hacen, sus olivares. Tras deliberar sobre el tema se acordó practicar una visita a Carratraca y si resulta ser cierta la apertura de la Fuente o sangría se inutilice y terraplene de modo que no pueda hacerse sustracción de agua alguna.
-31/VIII.- Se trató el tema de los Comerciantes de la localidad.
-7/IX.- D. Luis María de Aguirre pidió al Alcalde y a la Corporación Municipal que certifiquen que su hijo, D. Ignacio, fue declarado soldado en la quinta de 1847, redimiendo el servicio personal por medio del sustituto, Nicolás de Ortega, previo Depósito Económico que realizó de 4.200 reales en el Comisionado del Banco Español de San Fernando. Acordaron informar favorablemente.
-14/IX.- Carta de Despedida del Gobernador Civil de Jaén por haber sido destinado al Gobierno Civil de Córdoba, al tiempo que ofrecía su amistad. En su puesto fue nombrado D. Francisco Gálvez Fernández, a quien el Pleno felicitó por su nombramiento.
-5/X.- En esa fecha estaba Bedmar si Boticario y por este motivo el Sr. Alcalde leyó una Carta de D. José Sánchez Prados, de Madrid, en la que manifestaba ser Profesor de Farmacia con Real Título y que no tendría inconveniente en venir a servir esta Botica vacante, siempre que se le abonasen, por trimestres anticipados, 6 reales al año por cada persona, chica o grande, de las de este vecindario, surtiéndolas, en tal caso de las medicinas que necesitasen, suministrándoselas de forma gratuita a los vecinos “más infelices” y extendiendo sus proposiciones a otros extremos relativos al coste del traslado y casa en la que habitar. El Ayuntamiento se dio por enterado, acordando se le contestara “no estar en su facultad la admisión de dichas proposiciones”. También se recibió otra proposición del Boticario D. Vicente López de Santisteban.
-26/X.- Se presentó un Memorial de D. Agustín Amezcua, vecino de Bedmar, de fecha 22/X/1851, en el que solicitaba el terreno que llaman “Las Tablillas” de este término municipal y río de Cuadros, entre los Molinos Harineros del solicitante y otro de D. Luis de Ortega, de este domicilio, para construir otro de la misma clase. El Ayuntamiento le responde que debe de dirigir su escrito al Gobernador Político de la Provincia.
-2/XI.- Debido al fallecimiento del 1º Teniente de Alcalde, D. Roque Correa, ocurrido el 29/X/1851, el Gobernador ordenó que ocupase su puesto el 2º Teniente de Alcalde y la de este el primer Regidor, D. José de Martos y que al ser éste el Regidor Síndico se procediera a nombra a otro para tal puesto por lo que restaba de año. Por unanimidad el nombramiento recayó en D. Juan Francisco Garrido.
-5/XI.- Objeto: Deliberar sobre el estado y cogedura de la aceituna.- “Acordose que hasta el 20 de este mes sólo se cogieran suelos y que a partir del día 20, la de los árboles, considerando que paran entonces estaría en su sazón con el beneficio que recibiera de las posibles lluvias”. Se retiraron los Mayores Contribuyentes que habían acudido a la Reunión y prosiguió la Sesión Municipal, donde se presentó un Memorial de D. Luis de Ortega para construir otro Molino, ya que suyo lo trabajaba su arrendador, D. Fernando Molina, en “Las Tablillas” del Río Cuadros. Se le contestó como a D. Agustín Amezcua, que pretendía lo mismo, como se había visto en la sesión ordinaria del pasado día 26/X/1851.
-9/XI.- Se le notificó a D. Luis de Ortega para que construyese el citado Molino o Batán.
-19/XI.- Por unanimidad se acordó el cobro del Canon de las Fuentes de las Dehesillas y Dehesa de Acebuchir.
27/XI.- Se dio cuenta de un oficio de D. Francisco Javier Bazán, como apoderado del Excmo. Sr. Marqués de esta Villa, de fecha 16/XI/1851, por el que pretende que la solicitud de D. Agustín de Amezcua y de D. Luis de Ortega, de esta vecindad, sobre la que se le conceda el terreno de “Las Tablillas” del Río Cuadros, para construir un Molino Harinero o bien para hacer cuadra que sirva de desahogo a otro de la propiedad del segundo, “No se le dé curso alguno hasta que consultado el particular reciba de su principal la competente contestación, puesto que ese mismo terreno le fue otorgado en el año 1846 o 1847 para un Batán”. El Ayuntamiento quedó enterado y acordó que el interesado acuda al Gobernador.
-21/XII.- Además de leerse los Boletines de la Provincia, se acordó el Pliego de Condiciones para la subasta de “Pesas y Medidas”. Además de las sesiones reseñadas se realizaron otras en las que tan solo se leían los Boletines de la Provincia con el fin de darse por enterados de todo lo que tenía que ver con la administración municipal. También señalar que en este año se produjo un asesinato en Bedmar, en el que Rafael García mató a su convecino Miguel Jiménez.
D. Ildefonso Herrera Torres (Jimena, 1793-1848), militar notabilísimo en la Guerra de la Independencia, tras su retirada del servicio activo por Disposición Real de 12/VIII/1818, se instaló en su pueblo natal y el 12/XI/1844 fue nombrado Consejero Provincial con el encargo de revistar las Escuelas de Bedmar, Jimena, Albanchez, Garciez y Jódar. De sus visitas realizaba “Dictámenes”, los cuales enviaba puntualmente al Comisario Provincial de Instrucción Primaria de Jaén. En 1849, en lo referente a la Formación Escolar Pública de la Mujer, se tienen referencias de Escuelas de Niñas en la provincia por un comunicado de la Comisión Superior de Instrucción Primaria de Jaén, inserto en el Boletín Oficial Provincial del día 27/I/1849, por el que se convocaban Oposiciones a las Escuelas Públicas de Niñas y Niños vacantes en ese momento, así como su asignación económica anual para cada una de ellas: “[…] Con 2.667 reales (rs): Ibros, Jódar, Torredongimeno y Torreperogil. Con 2.000 reales: Arjona, Beas, Bedmar, Cabra de Sto. Cristo, Carolina, Frailes, Huelma, Iznatoraf, Jamilena, Mengibar, Noalejo, Pegalajar, Pozo Alcón, Sabiote, Santiago de la Espada, Santisteban, Siles, Torres y Villanueva de la Reina. Con 1.333 reales: Albanchez, Aldeaquemada, Bélmez de la Moraleda, Benatae, Campillo de Arenas, Canena, Carboneros, Carchelejo, Castellar de Santisteban, Fuerte del Rey, Génave, Guardia, Guarromán, Higuera de Arjona, Higuera de Calatrava, Hornos, Huesa, Hinojares, Iruela, Navas de San Juan, Ordera, Peal, Pontones, Puerta, Santa Elena, Santiago de Calatrava, Santo Tomé, Segura, Solera, Sorihuela, Torreblascopedro, Villardompardo, Villargordo y Villarrodrigo”. Será con la Ley Moyano, de 9/IX/1857, la que represente el primer avance importante, desde el punto de vista legislativo, para la educación de la mujer. En primer lugar porque al hacer obligatoria “la creación de escuelas de niñas en pueblos de más de quinientas almas”, se reconocía por primera vez el derecho de la mujer a una Instrucción Primaria y, en segundo lugar, porque al proponer la creación de Escuelas Normales Femeninas, se reconocía, también por primera vez, la conveniencia de dar una formación pedagógica a las Maestras.
Entre 1849 y 1857 se produjeron varias crisis de subsistencias en nuestro Municipio y su término: epidemias de Sarampión, que produjo una gran mortalidad infantil; las producidas por la sequía en los años de 1853, 1860, 1864-1865 y 1868, sin olvidar la terrible epidemia de cólera morbo de 1854-1855, la cual originó en Bedmar, durante el mes de mayo de 1855, la realización de rogativas a la Virgen de Cuadros para que parase los estragos que estaba produciendo la 2ª epidemia de Cólera morbo en lo que iba del siglo en Jaén capital y provincia, según se desprende del Informe de diez folios que redactó el presbítero de la Parroquia de Bedmar, D. Francisco Javier Bazán el día 8/V/1855. A Bedmar esta epidemia llegó, de forma efectiva, el 16 de junio y entre esta fecha y el 11 de julio “se llevó al otro mundo” a 120 vecinos. Ese mismo día 16 fallecieron dos mujeres y dos “párvulos, uno de cada sexo”. El vice-prior de la Parroquia, D. Francisco Javier Bazán también se vio acometido por el contagio, sintiéndose enfermo por vez primera el día 26 de junio a las dos de la tarde y falleció al día siguiente a las 17 horas. Ya en el mes de julio aumentó la fuerza de la Epidemia y el día 11 llegaron las defunciones a 120, entre ellos se encontraba el Alcalde y varios miembros del Ayuntamiento, por lo que los individuos más influyentes de la villa optaron por ausentarse de la misma hasta que ésta pasase. D. Nicolás Porchel, el 27/IX/1857 dio cuenta al Obispo del incidente ocurrido en la Romería al Santuario de Nuestra Señora de Cuadros al no querer los eclesiásticos de la villa volver la imagen de la Virgen al mismo por causa de las enfermedades que padecían.
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¿Cómo se hacían los Repartimientos dentro de la Provincia y el resultado final que debían de abonar los vecinos contribuyentes de Bedmar? Veamos un ejemplo referente al ejercicio económico de 1864-1865: Repartimiento individual que forma este Ayuntamiento de Bedmar, de la cantidad que le ha sido señalada como aumento de la Contribución de Inmuebles, Cultivos y Ganadería del citado año económico.
Demostración: “-Riqueza imponible que figura en el Repartimiento publicado en el B.O.P. del 12/VIII/1864: 623.200 reales de vellón. -Por cupo del Tesoro: Cupo para el Tesoro, 6,430 reales de vellón. -Aumento del 3% de cobranza, 192,90 reales de vellón. Total parcial a Percibir: 6.622,90 reales de vellón. -Tanto por ciento con el que sale gravada la Riqueza: Por cupo del Tesoro, 1,03 reales de vellón. Por Cobranza, 0,03 reales, lo que hacía un total de 1,06 reales de vellón. Todo ello daba un total definitivo de 629.825 reales de vellón a repartir entre los 665 Contribuyentes de ese año en Bedmar.
El 23/III/1864, Jueves Santo, se cortó la Procesión del “Amarrao” a la Columna, cuya Cofradía estaba conformada por el Mayordomo, D. Juan de las Peñas García y 35 esclavos, desde la C/. Tercia a la C/. Piedras de Horno por causa de la intensidad de la lluvia.
En 1866 se produjo en España el cambio de moneda, tras desaparecer el débil Real de Vellón y el Maravedí, los cuales iban a ser sustituidos por otras monedas más fuertes, como lo fueron el Escudo y el Céntimo. Hecho este que lo vemos por vez primera en Bedmar, en 1866, año en el que se realizó el primer Repartimiento de Impuestos sobre Contribuciones Urbanas, Cultivos y Ganadería valorados en Escudos, por un importe total de: 62.530 escudos, siendo ya Alcalde de la villa, D. Pedro Chamorro; mientras que este mismo impuesto en 1865, alcanzó la cifra de: 623.200 reales de vellón, dándole al Escudo un valor de 100 reales de vellón, aproximadamente, siendo Secretario del Ayuntamiento D. Manuel García Marín.
Las carreteras, que forman en la actualidad la principal red de comunicaciones y soportan la mayor parte del transporte terrestre, tienen en realidad un corto recorrido histórico, pues hasta finales del siglo XVIII la prioridad para las parcas inversiones públicas estuvo en los canales de navegación, y no se tuvo especial atención para la maltrecha y exigua red de carreteras hasta la llegada del ferrocarril, y sólo como vías subordinadas a éste. La primera Ley de Carreteras se promulgó en 1851, cuando Andalucía contaba con unos 1.000 km de carreteras con firmes de macadam en su mayor parte, una longitud que, al menos, se cuadriplicó a finales de la centuria. Pero a pesar de sus precarias condiciones, la red de caminos, de herradura o carreteros, soportaba ya un importante y creciente tráfico de mercancías y personas, que fue trasvasándose lentamente a una incipiente red de carreteras y, sobre todo, al ferrocarril, llamado a ser entonces la vertebradora de todo el sistema de transporte a medias y largas distancias. Tan potentes innovaciones en el transporte lo facilitó y abarató, impulsando tanto el mercado interior como exterior.
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La vida municipal de Bedmar bajo el reinado de Isabel II