POR FRANCISCO JOSÉ PÉREZ-SCHMID FERNÁNDEZ, CRONISTA OFICIAL DE LA CAROLINA (JAÉN).
La Carolina, se fundó en 1767 bajo el Fuero de Población de las Nuevas Poblaciones. Este cuerpo jurídico fue fundamentalmente realizado por Pablo de Olavide y Pedro Rodríguez de Campomanes. Desde esta normativa, se trataban temas de todo índole, desde los administrativos y económicos a los cultura-les y religiosos.
En el artículo 77 nos dicen lo siguiente: “ Se observará a la letra la condición 45 de millones pactada en Cortes, para no permitir fundación alguna de Convento, Comunidad de uno ni otro sexo; aunque sea con el nombre de hospicio, misión, residencia o granjería, o con cualquier otro dictado o colorido que sea, ni a título de hospitalidad; porque todo lo espiritual ha de correr por los párrocos y Ordinarios diocesanos, y lo temporal por las Justicias y Ayuntamientos, inclusa la hospitalidad .”
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