LIBERTADES Y DERECHOS EN EL LEÓN MEDIEVAL QUE FORJÓ ESPAÑA
Mar 02 2015

MARGARITA TORRES, PROFESORA DE HISTORIA MEDIEVAL EN LA UNIVERSIDAD DE LEÓN Y CRONISTA OFICIAL DE ESTA CIUDAD, EXPLICA QUE “EN LOS FUEROS LEONESES ESTÁN DERECHOS COMO LA INVIOLABILIDAD DE DOMICILIO, LOS PESOS Y MEDIDAS, EL QUE LA GENTE MÁS HUMILDE PUEDA ACUDIR AL REY COMO JUZGADO DE ÚLTIMA INSTANCIA”

Claustro de la Colegiata de San Isidoro de León, donde se celebraron las Cortes de 1188 por Alfonso IX | Foto: José Luis Filpo, Wikipedia
Claustro de la Colegiata de San Isidoro de León, donde se celebraron las Cortes de 1188 por Alfonso IX | Foto: José Luis Filpo, Wikipedia

La capital castellanoleonesa ha sido reconocida por la Unesco como “Cuna del Parlamentarismo”. Aunque las Cortes de 1188 convocadas por Alfonso IX muestran, más que la toma en consideración de las ideas del pueblo llano, un punto de inflexión sobre la importancia de las ciudades en el mundo medieval.

¿Se inició el Parlamentarismo en León? La Historia de España ha sido tan maltratada, y lo sigue siendo, que no es raro el desconocimiento de hechos fundamentales y lejanos a nuestro tiempo. Como que las primeras Cortes con representación de los ciudadanos se dieron en uno de los reinos medievales de la Península ibérica. En 1188, el rey Alfonso IX convocó una curia en la Colegiata de San Isidoro, en León, la capital del reino que marcó la vida política peninsular hasta el siglo XII. Y no fue una curia más, fue la primera de la historia, al menos hasta el momento, en la que los representantes de la nobleza, el clero religioso y los ciudadanos se dieron cita para tener conocimiento de una carta de derechos y libertades inéditas en la Europa medieval.

Margarita Torres, profesora de Historia Medieval en la Universidad de León y cronista oficial de esta ciudad, explica que “en los fueros leoneses están derechos como la inviolabilidad de domicilio, los pesos y medidas, el que la gente más humilde pueda acudir al rey como juzgado de última instancia”. Se trata de derechos y libertades que hoy nos parecen naturales, pero que hay que poner en contexto histórico. Hablamos del siglo XII, en plena Edad Media, donde el dominio de los grandes nobles y señores feudales de Europa sobre el pueblo llano era norma. Y en el reino de León, uno de los más poderosos de la cristiandad entre los siglos X y XII, se crean “unas libertades en un mundo de opresión”, en palabras de Torres.

A diferencia de las autoridades españolas, nacionales, autonómicas y locales, con responsabilidades de política cultural, la UNESCO ha sabido valorar este patrimonio y lo ha reconocido en su programa “Memoria del Mundo”. En España, más allá de diversas celebraciones muy locales en 2010 como recuerdo de los mil años del nacimiento del reino de León, el pueblo no ha sabido nada de este hecho fundamental. Hasta este momento se pensaba que en Reino Unido se habían celebrado las primeras cortes en las que se había convocado a los representantes de las gentes comunes, pero incluso el profesor John Keane, catedrático de Teoría Política en la Universidad de Sydney (Australia) y de la Wissenschaftszentrum Berlin, reconoce en su libro The Life and death of Democracy que las primeras cortes con representación popular fueron las convocadas por Alfonso IX en la Colegiata de San Isidoro.

El reino de León, inicio de España

Hablar de España en 1188 es muy arriesgado y hay quien critica esta concepción como una forma de exaltar el nacionalismo. Más allá de la contaminación que los políticos quieren hacer de la Historia se encuentran los propios hechos, verdaderas lanzas que rompen la idiocia de la baja política. Como señala Margarita Torres, el rey Alfonso VII de León (1105-1157) “fue emperador ‘totius hispaniae’ y ante él se arrodillaron el conde de Barcelona, el rey de Navarra y los nobles del Sur de Francia”. Totius hispaniae, es decir, de toda España. Un término que a algunos les da sarpullido, pero que ya se usó hace mil años en un contexto muy diferente.

Nuevamente, hay que volver atrás en la Historia. Tras la caída del Imperio romano (que denominaba Hispania a la península), los pueblos del norte de Europa se aposentan al sur de lo que hoy es Francia, se mezclan con los pobladores romanos y las tribus íberas. Nacen los reinos visigodos, que dominarán esta parte del sur del continente europeo hasta que entre el año 711 y el 726 el califato musulmán Omeya conquista casi la totalidad de la Península Ibérica. Sólo en la parte noroccidental sobrevive un reducto de los reyes y nobles godos, en las zonas de Asturias y Cantabria. A partir de aquí, los diferentes monarcas inician la reconquista del territorio perdido y surgen los reinos medievales cristianos. Uno de los más poderosos, belicosos y determinantes fue el de León, proveniente del reino astur.

Hacia el año 910 se crea el reino leonés, que vio su máxima expansión en los siglos XI y XII, para desaparecer en 1230 bajo la corona de Castilla. Margarita Torres nos sitúa de nuevo en la importancia del mismo: “el reino de Castilla nace en 1065, a la muerte de Fernando I, de una escisión del reino de León, pero es que el reino de Galicia también nace de la misma manera”. Y la experta medievalista añade que “el reino de Portugal, estado que hoy día existe, nace como escisión del reino de León”. Es decir, el rey Fernando I de León, antes de su muerte, divide su reino en tres partes, heredándola cada uno de sus hijos: Galicia, León y Castilla. Además, bajo el reinado de Fernando, las taifas musulmanas, nacidas tras la extinción del Califato de Córdoba, son dominadas por el reino leonés. Los reyes que descienden de este tronco ya tenían la idea de una Península ibérica unificada bajo la denominación de Hispania, como sucedía en tiempos de los godos.

Parlamentarismo y Edad Media

Alfonso IX accedió al trono con 17 años de edad en 1188 y convocó a Cortes. Y en ese Parlamento, por primera vez, se reúnen nobles, clérigos y pueblo bajo la presidencia del rey niño. El cine y la televisión, con su mensaje simplificado, nos han trasladado una imagen de la Edad Media brutal, oscura e ignorante. Pero en determinados reinos europeos, la historia discurría por otros caminos. En cualquier caso, no hay que confundir estas Cortes con la idea democrática que hoy tenemos de un Parlamento. En La Historia en su lugar: nueva historia de España (Tomo III, Editorial Planeta, 2008), colección dirigida por Fernando García de Cortázar, se explica que, en la etapa medieval, las cortes no pueden verse como depositarias de la “soberanía nacional”, es decir, de la voluntad libremente expresada por el pueblo a través de su voto. En el mencionado trabajo enciclopédico se pone de relieve que la curia leonesa de 1188 “debe interpretarse no como las ‘primeras Cortes’ de la historia de España, sino como una etapa de una evolución compleja”.

La primera Constitución liberal de España se redacta en 1812 y, en la búsqueda de un referente para el Parlamentarismo incipiente, se recurre a la curia de León, donde acudieron representantes de las ciudades que se codearon con nobles y eclesiásticos por primera vez. Sin embargo, los historiadores no tienen claro que en esas cortes de 1188 la voluntad popular tuviese un peso. Al final, el rey medieval era el depositario de los poderes, pero también era un primus inter pares, es decir, el elegido entre las familias de nobles para dirigir el reino. Ello le obligaba a llevarse bien con sus magnates, con la Iglesia, que tenía un poder enorme, y con las ciudades, que en el siglo XII ya habían adquirido importancia. Por eso, la presencia de representantes de ciudadanos en la curia leonesa se considera como la muestra del cambio social que se había producido en el reino medieval, donde el papel de las ciudades era cada vez más importante como centro político y económico.

“En el nombre de Dios. Yo don Alfonso, rey de León y de Galicia, habiendo celebrado curia en León, con el arzobispo y los obispos y los magnates de mi reino y con los ciudadanos elegidos de cada una de las ciudades…” Así empiezan los Decreta de aquellas primeras cortes con representación popular. Después, en dieciséis capítulos se instituyen diferentes derechos: el principio contradictorio en los juicios, las condenas en costas, las penas por falsa denuncia y falso testimonio, la citación formal por carta, el sometimiento del rey al consejo de los integrantes del reino para ir a la guerra, la inviolabilidad del domicilio y el reconocimiento de la propiedad privada, la indemnización por retrasos de la justicia… Derechos y obligaciones que hoy siguen teniendo eco en nuestra vida cotidiana.

Sin embargo, estos decreta también hay que analizarlos en la distancia. El historiador Miguel Artola, en su obra Enciclopedia histórica de España (Tomo 2, Alianza Editorial, 2001), explica que la “literalidad del texto [de estos decreta] no es suficiente para concluir que un número impreciso de magnates, libremente convocados por el rey, puedan ser tenidos como una institución, cuya participación en el proceso legislativo fuese necesaria”. Es decir, que no se sabe si realmente hubo un debate al estilo parlamentario de los derechos que se acabarían aprobando, ni si se votaron los mismos o era algo que ya se llevaba cocinado y a lo que los presentes en la curia daban su asentimiento unánime. Artola explica que, si se hubiesen producido votaciones o debates, habrían quedado documentos. Aunque también es posible que, si estos existieron, se hayan perdido.

Por su lado, los decreta con estos derechos no fueron unitarios, como se detalla en La historia en su lugar. No todos surgieron de las cortes de 1188 y el documento original con los mismos no se conserva, por lo que las copias posteriores se consideran elaboradas después de la curia. Para el historiador Carlos Estepa, los decreta conservados constituyen una refundición de leyes de Alfonso IX de distintos momentos. Lo que no quita valor a los derechos reconocidos y al momento, el siglo XII, en que se hizo. Pero desmitifica la idea de unas Cortes populares de las que emanaron estos derechos.

San Isidoro como escenario

El rey Alfonso IX elige el claustro de la Colegiata de San Isidoro como lugar para celebrar la curia. No es un sitio cualquiera: la colegiata fue panteón real, donde se han ido enterrando los reyes leoneses. También fue sede del Infantado leonés, institución puramente femenina cuya misión era salvaguardar la memoria del linaje real y funcionar como árbitro entre las disputas de los reyes y príncipes leoneses. Y, por último, guarda tesoros de valor incalculable requisados a los musulmanes en diferentes batallas o bien donados por taifas amigas, como el cáliz de doña Urraca, del que Margarita Torres asegura, con un documentado estudio histórico, que es el que se veneraba en Jerusalén en el año 400 como el de Jesucristo.

Pinturas románicas en los techos del panteón de San Isidoro de León | Foto: David Fernández
Pinturas románicas en los techos del panteón de San Isidoro de León | Foto: David Fernández

Y para abundar más, el panteón de San Isidoro conserva las bellísimas pinturas románicas que adornan su techo. ¿Por qué todo este legado histórico se hundió en las tinieblas? Margarita Torres asegura que en “la creación de la Historia de España sale vencedor Castilla, que acaba fagocitando a León como corona”. Torres mantiene que en el franquismo “por intereses específicos y clarísimos de Franco, a través de Fray Justo Pérez de Urbel y de otros historiadores, se da una potenciación a la historia castellana tremenda”. La experta medievalista argumenta que “Franco estaba obsesionado con Isabel la Católica y con el Cid”, dos figuras que el dictador que gobernó España durante cuarenta años usó como adalides de una visión nacional que no tenía nada que ver con la que defendían los reyes de León.

Corrección: en la versión previa de este artículo se incluía, en la entradilla, la calificación de “castellana” a la ciudad de León. El término se ha modificado por “castellanoleonesa”, que a nuestro juicio, y el de la Real Academia Española de la lengua, muestra la unión político-administrativa actual de la comunidad autónoma en la que se encuentra la capital.

Fuente: http://www.revista80dias.es/

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