OPOSICIONES A LA CARTA, O ALGO PARECIDO
Ago 07 2019

POR JOAQUÍN CARRILLO ESPINOSA- CRONISTA OFICIAL DE ULEA (MURCIA)

Ayuntamiento de Ulea (Murcia).

El Sr. Alcalde de Ulea expone a la Corporación que, con arreglo a la disposición transitoria 2ª del Reglamento de Funcionarios de la Administración Local, de 30 de mayo de 1952, era preceptivo convocar oposiciones restringidas para cubrir en propiedad la plaza de Auxiliar de Secretaría, que desempeña en la actualidad con carácter Interino D. Emilio Abellán Cascales, durante más de cinco años consecutivos y que, además, se debe hacer un estudio de la plantilla de Funcionarios, con el fin de anunciar el concurso correspondiente para subalternos y comunicar las vacantes existentes, a la Junta Calificadora de Aspirantes a Destinos Civiles.

BASES, para cubrir la vacante de Auxiliar de Secretaría:

1º) La Plaza que ha de proveerse, está dotada con salario de 7,000 pesetas anuales

2º) Con arreglo a lo dispuesto en la 2ª disposición transitoria del Reglamento de Administración Local de 30 de mayo de 1952, esta plaza será restringida para los interinos, temporeros y eventuales, que cuenten con más de cinco años de servicios continuados en este Ayuntamiento; quienes estarán dispensados de no tener la edad reglamentaria.

3º) Otros requisitos:

a) No padecer defecto físico que le incapacite para el cargo

b) Carecer de antecedentes penales

c) Certificación de buena conducta

d) Ser persona adicta al Glorioso Movimiento Nacional

e) Si es mujer, haber cumplido el servicio social

4º) Las instancias serán presentadas en la Secretaría del Ayuntamiento de Ulea, en el tiempo indicado en el B.O. de la provincia.

5º) Certificación Acreditativa de haber ejercido como Interino durante más de cinco años.

6) El Tribunal examinador, según lo dispuesto el día 30 de octubre de 1939, estará presidido por el Alcalde Presidente, ayudado por el Primer Teniente Alcalde y el Secretario de Administración Local.

7º) El Tribunal, una vez juzgada la oposición, comunicará a Secretaría del Ayuntamiento los méritos y calificaciones de examen de dichos opositores.

8º) Los exámenes se realizarán en la Casa Consistorial de Ulea.

9º) Los exámenes serán dos: a) uno oral teórico, con el fin de contestar en el plazo de 30 minutos, tres temas sacados a suerte del programa publicado en el B.O.E. el día nueve de noviembre de 1939. b) El segundo, eminentemente práctico-escrito, que consistirá en un dictado, resolución de un problema aritmético, redacción de un documento y escritura a máquina. «Todo ello a elección y conforme a lo que acuerde el Tribunal Examinador».

10º) Todos los opositores ingresarán 25 pesetas por derechos de examen.

11º) En todo lo demás no consignado, se estará a las normas del acuerdo de este Ayuntamiento de 28 de septiembre último y a las instrucciones que dicte el Tribunal de Oposición.

Se acuerda que se den publicidad a dichas bases.

En fin, «algo que no huele muy bien»

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