PRESOS EN LA CÁRCEL
Mar 22 2015

POR JOAQUÍN CARRILLO ESPINOSA, CRONISTA OFICIAL DE ULEA (MURCIA)

AYUNTAMIENTO DE ULEA 2

Corría el año 1744, cuando el licenciado Ginés Martínez Salazar, en unión del alcalde y corregidor de nuestra ciudad Josep Yepes Montoro, realizaron una visita a la cárcel, con la finalidad de comprobar el estado higiénico y sanitario, de la misma; así como la alimentación que recibían y la situación jurídica en que se encontraban.

Tras la visita rutinaria del representante de Su Majestad, procedieron a dialogar sobre las condiciones en que se encontraban los penados y cuales eran los motivos por los que estaban privados de libertad.

Como es lógico, se hizo hincapié en mejorar las condiciones de salubridad de las celdas, ya que la hacinación y falta de higiene era foco de epidemias. También se hizo mención de que se mejorara la dieta alimenticia, ya que, los cuatro presos que seguían confinados, estaban famélicos y sería inhumano que fallecieran en la cárcel del pueblo. Para paliar esta situación, aceptaron que los confinados recibieran alimentos de sus familiares, a través de las rejas de la trena.

La justicia, a mediados del siglo XVIII, solía ser rápida y, algunos, los que podían, y no tenían delito de sangre, podían pagar una fianza, con el fin de esperar a que se celebrara el juicio, estando fuera de la cárcel.

Cuando se efectuó dicha visita carcelaria, en el año 1744, había en la cárcel, cuatro presos; tres uleanos y un ciudadano de Blanca, qué, al efectuar un robo en los campos de Ulea, fue juzgado y retenido en esta cárcel.

Al comprobar que uno de los presos estaba confinado por haber robado unos racimos de uva. Otro se encontraba en la misma situación, por haber robado una gallina para darle de comer a su mujer, que estaba recién parida. Otro, por haber robado almendras de la finca el Tinajón y un cuarto, por haber asaltado por la tapia del corral la casa de una vecina cuyo marido se encontraba ausente y hacerle proposiciones matrimoniales.

Estaba claro que los tres primeros, tenían motivos para justificar sus actitudes delictivas y, de común acuerdo el licenciado y el Alcalde decidieron dejarles libres, hasta que se celebrara el juicio, y se dedicaran a coger esparto, abonando como fianza el cincuenta por ciento de sus emolumentos y, el otro cincuenta por ciento, para mantenimiento de su familia.

El cuarto confinado era harina de otro costal y no podía tener el beneficio de la fianza, para salir de la cárcel, hasta que no fuera revisado su caso por la autoridad jurídica y eclesiástica.

Tras esta entrevista, en el salón de plenos del Ayuntamiento, el licenciado Ginés Martínez, el abogado del Real Consejo y el Alcalde, firmaron un documento que fue redactado por el escribano Francisco de Campos, ante el Notario territorial Alonso de Quesada.

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