POR ADELA TARIFA, CRONISTA OFICIAL DE CARBONEROS (JAÉN)
Nunca había heredado nada. La mejor herencia que recibí de mis padres fue la oportunidad de estudiar, y la capacidad de trabajar. He trabajado todos los días de mi vida desde que tengo uso de razón. A estas alturas, como soy austera, vivo con mi pensión, y si es necesario ayudo a los hijos. Porque los jóvenes actuales lo tienen mucho peor que nosotros, aunque hayan vivido una infancia y juventud infinitamente más cómoda, y algunos tengan un curriculum que nos deja planchados. La realidad es que casi todos los jóvenes españoles que tiene la suerte de tener trabajo, si se compran un piso donde les quepa un hijo, estarán hipotecados hasta los 60 años. Si alquilan, es que no comen. Y si viven en Madrid, ni te cuento. Los padres lo sabemos, y ajustamos los gastos para que puedan recurrir a nuestra ayuda alguna vez. Además una ya es abuela. Eso hay que vivirlo. Por nada del mundo dejas a un nieto pasar miseria si lo puedes evitar. Así que a la edad que tengo, que ya son añitos, aún conservo la mentalidad del ahorro.
Hasta la fecha, no había entrado en este tema de las herencias. Pero un día lo vi en la tele. Y me dio por reinar en ello. Le pregunté a un colega del mundo del Derecho, que sabe de esto muchísimo. Me dijo que si mueren tus padres, por ley de vida, y te toca heredar algo en el pueblo, debes de pensarlo muy bien antes de aceptarlo. Resulta que el valor catastral, o como se llame eso, de una casa con goteras, o de unos trozos de tierra que crían matas, lo multiplica por un coeficiente (¿), él que el gobierno calcula. Primero pagas los que te digan para heredar, y luego, si necesitas recuperar el dinero con el que pagaste, lo pones en venta. Lo normal es que no haya compradores. O que te paguen menos de lo que te han cobrado anticipadamente. Pero el mantenimiento de la casa es de tu cuenta: si hay peligro de hundimiento, te toca arreglarla. Si se cae el muro lindero con el vecino, a ti se te cae el pelo. Los del coeficiente no miran tantos detalles.
También le he preguntado a este amigo qué pasa si el día que toque heredar lo pongo directamente a nombre de mis hijos. El abogado me mira asustado: ¡Ni se te ocurra! Entonces se tributa mucho. Porque un nieto no es ‘heredero directo’, aunque lo haya criado la abuela en casa. Dice que en tal caso, en el de bienes ruinosos, mejor dejar la herencia para la Junta. Que muchos lo hacen. Entonces se me ocurre otra pregunta: si de pura suerte logro vender esa casa vieja, o la tierra de secano en lo alto de un monte –porque a un pirado se le va la pinza y quiere hacerse allí un pajar–, ¿puedo repartir esa calderilla a los hijos? El abogado pone el grito en el cielo ¡Eso es muchísimo más grave! Se llama ‘Donación’. Parece que en Andalucía esta castigadísimo regalar a los hijos. Me quedo en blanco. ¡Pero si les he ‘donado’ la cuna, las comuniones, los estudios, los viajes para aprender inglés, el primer coche, el ordenador, parte de la boda, y los he mantenido hasta que trabajaron! El abogado me mira resignado: si quieres donar algo a un hijo, mejor se lo vendes, o qué espere a que te mueras, que le sale mejor. También me dice que ojito con pagar la guardería a un nieto, o la hipoteca de un mes a mis hijos; que es ilegal, pues sigue siendo ‘Donación’. Que si quiero regalarles, pague lo que compran en el supermercado, del monedero; pero sin pasarme mucho, que como Hacienda vea que les hago una trasferencia para esas cosillas, estoy perdida. O sea, que si te sobra algo, mejor lo gastas en tu cuerpo serrano: unos cruceros, buenas comilonas. O te lo fumas. Porque ahorrar es de tontos.
Salgo de la consulta con pena. Lo último que me ha dicho el abogado es que algunos andaluces se están empadronando fuera, porque no en toda España es igual lo del coeficiente y la donación. Mi papelera dice que no es lo mismo confiscar que recaudar, que lo vaya pensando. Yo digo que esto es kafquiano; que tiene que acabar pronto. Veremos… ¿Recaudar o confiscar?