POR JOSÉ MANUEL TROYANO VIEDMA, CRONISTA OFICIAL DE BEDMAR (JAÉN)
Toma de Órdenes del Siervo de Dios D. Pedro Marín Martos (1923-1925), en el 95 aniversario del cante de su primera misa en Bedmar (2/VII/1925-2/VII/2020) e inmerso en un proceso de Beatificación que se inició en la Diócesis de Jaén y remitido a Roma el 30/III/2019, bajo los auspicios de D. Rafael Higueras Álamo y D. Antonio Aranda Calvo.-
D. Pedro Marín Martos, superada una etapa importante de sus estudios sacerdotales, comenzó a recibir las Sagradas Órdenes.-
-16 de Marzo de 1923: Tonsura y Menores.-
La solicitud, redactada íntegramente en Latín, la firmó D. Pedro en el Colegio-Seminario del Sacro-Monte de Granada el 26/II/1923 y la dirigió al Obispo de Jaén-Baeza y en ella nos dice que tiene 21 años de edad y que estudiaba 3º de Teología “In Sacris Illipulitani Monti, insigni Collegio Seminario” -(En el insigne colegio Seminario del Santo Monte de Elvira)-, al tiempo que hizo constar lo siguiente: “quod sacerdotalis cum in se cognoscat vocationis signa” –(Porque reconoce en sí mismo signos de vocación)-, y por ese motivo solicitaba la sagrada orden de la Tonsura y Menores, siendo examinado previamente de Sínodos en el propio Colegio-Seminario del Sacro-Monte.
A dicha solicitud se le adjuntó la siguiente documentación: 1º) Certificación de D. Juan Rangel Castellano, Presbítero, Licenciado en Derecho Civil y Canónico, Secretario de Estudios del Insigne Colegio Seminario de Teólogos y Juristas del Sacro-Monte de Granada a 9/II/1923, con el Visto Bueno del Rector, D. Diego Ventaja Milán, en la que hace constar que “D. Pedro Marín Martos, natural de Bedmar, provincia de Jaén, de veinte años de edad y alumno interno de este Colegio Seminario tiene cursadas y aprobadas las asignaturas correspondientes a los dos primeros cursos de la Facultad de Sagrada Teología, hallándose en la actualidad matriculado a las del tercer curso de la referida Facultad”. 2º) En ese mismo día, D. Diego Ventaja Milán, Doctor en Filosofía y en Sagrada Teología, Canónigo Rector del Insigne Colegio Seminario de Teólogos y Juristas del Sacro-Monte de Granada, certificó que “D. Pedro Marín Martos, … matriculado al tercer curso de la Facultad de Sagrada Teología, ha observado excelente conducta moral y religiosa, recibiendo diariamente el Sacramento de la Eucaristía, durante el tiempo que ha permanecido como alumno interno de este insigne Colegio Seminario”. 3º) Certificación del Licenciado D. José Antonio del Río Alados, Párroco de Bedmar, con fecha 22/II/1923, en la que se hacía constar que “el Seminarista de ésta D. Pedro Marín Martos ha observado en todo tiempo excelente conducta moral y religiosa; que es apartado de los espectáculos mundanos, amigo de personas de reconocida probidad, y asiduo a los actos del Culto; y como tal es tenido y reputado en esta Villa. Asimismo que frecuenta los Santos Sacramentos de Penitencia y Comunión mostrando en una palabra la gravedad que debe distinguir al aspirante al Sacerdocio”, a la que se le adjuntó un Certificado de la Partida de Bautismo, expedido en ese mismo día, mes y año, en la que el Párroco hacía constar que era copia literal de la original que se encontraba en el ARCHIVO PARROQUIAL DE BEDMAR (Libro 26 de Bautismos, folio 206).
Vista toda la documentación presentada, con fecha 28/II/1923, el Obispo de la Diócesis de Jaén-Baeza, D. Manuel Basulto Jiménez, se dirigió al Párroco o Teniente de Cura de la villa de Bedmar, “por el conocimiento de dicho pretendiente”, para que haga las averiguaciones precisas en cuanto a lo que solicita el referido Seminarista, recibir las Órdenes de Tonsura y Menores, siempre y cuando “no haya estado desposado, casado, tuviese dada palabra de matrimonio o haya sido novicio o expulso de alguna religión o servido al Rey”, que no haya sido “excomulgado, suspenso, irregular o entredicho, o si padecía enfermedad, defecto u otro impedimento canónico que le estorbe para conseguir su pretensión”. “Si ha sido inquieto o revoltoso, o está amancebado, comprendido en algún pecado público o dado a algún vicio como el vino, juego, jurar u otro, porque desmerezca la dicha promoción o pertenecido a alguna Sociedad prohibida por las Leyes Eclesiásticas”. “Si es honesto, virtuoso y recogido, de buena vida, formas y costumbres, inclinado al culto divino y apartado de pendencias y ruidos”. “Si le tienen por útil y a propósito para tal Ministerio de la Iglesia, digno de recibir dicha Orden de Tonsura y Menores y si ha ejercido como debe el de Capellán vistiéndose de tal en las Misas Mayores cantando en ellas y otros actos”, y finalmente, “si frecuenta los Santos Sacramentos de la Penitencia y Eucaristía y cada cuánto tiempo”. Si el resultado fuere positivo le mandaba que “en día festivo, al tiempo del Ofertorio en la Misa Mayor que se celebre en su Iglesia, hiciese saber al Pueblo que D. Pedro Marín Martos, Seminarista, pretendía ordenarse de Tonsura y Menores, por si alguna persona supiera impedimento porque no pueda ser promovido a dicha Orden lo manifestase dentro de las 24 horas después de la publicación; y que pasadas estas, sin que nadie manifestase algo en contra de lo sobre dicho, reciba de su oficio información, separadamente, de tres testigos fidedignos y temerosos de Dios, a los cuales mediante juramento que previamente les tomará, examine sobre los aspectos anteriormente expuestos”.
El día 1/III/1923 se mandó expedir las Publicatas por el Obispado de Jaén. Y cumplido el Expediente, con fecha 6/III/1923 se comunica a Granada, en cuya Archidiócesis cursa sus estudios el solicitante, lo siguiente: “Aprobamos las anteriores Diligencias y expídanse Letras Dimisioriales para que el interesado pueda recibir la Primera clerical Tonsura y cuatro Menores de manos del Excmo. Sr. Arzobispo de Granada. Cruz –firma ilegible-“.
-14/VI/1924 “Témporas de Pentecostés”: Subdiaconado.-
De nuevo y en un latín “muy pulcro”, a juicio de los entendidos, solicitó D. Pedro Marín Martos al “Iltmo. et Rvmo. Episcopo Giennensi”, D. Manuel Basulto Jiménez, el poder recibir el Sagrado Orden del Subdiaconado, tras firmar su petición “certa scientia et conscientia” en Granada el 20/V/1924, como alumno de 4º de Teología e igualmente solicitó “Letras Dimisorias” para poder ser ordenado en Granada, a título “servitii diócesis”.
El Gobernador Eclesiástico de la Diócesis de Jaén, D. Saturnino Sánchez de la Nieta, pidió al Párroco de Bedmar, con fecha 23/V/1924, que instruyese el correspondiente Expediente “por el que se acredite si el suplicante es, o no, pobre”, mediante información reservada, recibida de tres testigos: “En la Parroquia de Bedmar a 27/V/1924, ante mí, el infrascripto Cura Párroco de la misma, han comparecido en calidad de Testigos”: 1º) D. Antonio Rodríguez Ortuño, de 66 años, de edad, casado, natural y vecino de esta villa, de oficio labrador. 2º) D. Pedro Herrera Medina, de 52 años de edad, casado, natural y vecino de Bedmar, de oficio Labrador y 3º) D. Antonio González Herrera, de 43 años de edad, casado, vecino de Bedmar, Sacristán Mayor de esta Parroquia, todos ellos juramentados en debida forma, respondieron a las preguntas formuladas según su conocimiento, por lo que el referido Cura-Párroco de Bedmar, emitió el siguiente Informe: “Que es cierto cuanto los anteriores testigos han manifestado por ser personas honradas y fidedignas; que hoy D. Pedro Marín Ogáyar no puede ofrecer bienes algunos de los que posee para la formación del patrimonio del suplicante, su hijo, por no tener Titulación con la que pueda justificar que es su poseedor y que por esta razón el Clérigo D. Pedro Marín Martos solicita la dispensa del patrimonio, para la recepción del Sagrado Orden del Subdiaconado”, al tiempo que se vuelve a ratificar en que D. Pedro “es persona de buenas costumbres y ejemplar vida y de verdadera vocación al estado eclesiástico”, mientras que su padre, “tiene cuatro hijos entre los cuales se ha de distribuir en su día la riqueza que posee, siendo de justicia, ordenarle como pobre al servicio diocesano”. Y para mayor certeza de este tema se unió al Expediente una Certificación del Ayuntamiento de Bedmar, de fecha 26/V/1924, cuyo contenido es muy esclarecedor: “-“D. Vicente Aznar y López, Secretario interino del Ilustre Ayuntamiento de esta villa, CERTIFICO: Que examinados el Padrón de la Riqueza Rústica, el Registro Fiscal de la Urbana y la Matrícula Industrial de este término municipal, que se conserva en esta –Secretaría- de mi cargo, aparecen con relación a los individuos siguientes, los datos que se consignan:
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Y para que conste en petición de parte interesada expido la presente, visada por el Sr. Alcalde en Bedmar a 26/V/1924. Sello de la Alcaldía Constitucional de Bedmar (Jaén). Vº. Bº. El Alcalde: Francisco Fernández. Vicente Aznar, Secretario”.
El día 23, el hoy, Beato, D. Félix Pérez Portela, Secretario de Cámara y Gobierno del Obispado de Jaén, en esos momentos, solicitó Informes reservados al Párroco de Bedmar y al Rector del Colegio-Seminario del Sacro-Monte, en base a las siguientes premisas: “En súplica y de orden del Excmo. y Revdmo. Prelado mi Señor se servirán informar a continuación del presente, con toda reserva, exactitud y bajo la más estricta responsabilidad de conciencia, acerca de lo siguiente: 1º) Si el Seminarista al margen anotado –D. PEDRO MARÍN MARTOS, Acólito– es virtuoso, de buena opinión y fama. 2º) En qué puntos ha residido, cuánto tiempo y con qué objeto. 3º) Si ha observado siempre buena conducta y con qué preferencia ha recibido los Santos Sacramentos de Penitencia y Comunión, expresando cada cuantos días lo ha hecho. 4º) Si ha sido puntual a las funciones de la Iglesia; si ha asistido a la Catequesis; si viste conforme a su clase, y si se ha apartado de diversiones profanas. 5º) Si tiene algún defecto físico o moral, o algún impedimento canónico por el cual no deba o no convenga concederle la gracia que solicita: SOLICITA EL SDO. –Sagrado- ORDEN DEL SUBDIACONADO. 6º) Si sus padres poseen bienes eclesiásticos y no han obtenido la sanación canónica de la compra hecha al Estado, o si tienen fincas rústicas o urbanas afectas a cargas piadosas, que no se hayan cumplido y desde cuándo data su falta de cumplimiento. Y últimamente, manifestará V. todo lo que le conste y sea conducente a formar verdadero juicio de su vocación al estado sacerdotal especificando bien todos y cada uno de los extremos que se piden, para gobierno de Su Excelencia. Dios guarde a V. muchos años. Jaén a 23 de mayo de 1924. Dr. Félix Pérez Portela”.
En base a lo solicitado por D. Félix, el Cura Párroco de Bedmar, “provincia y Diócesis de Jaén”, D. Antonio Millán Bellido, certificó de manera anticipada, el 12/V/1924: “Que D. Pedro Marín Martos, Seminarista del Sacro-Monte de Granada, feligrés de esta mi Parroquia, ha observado siempre buena conducta, moral y religiosa, siendo de Comunión diaria, asistiendo a la Santa Misa y actos principales del Culto, dando muy buen ejemplo y mostrando tener vocación al estado eclesiástico a que aspira”. Mientras que el Rector del Colegio-Seminario del Sacro-Monte, -hoy Beato-, D. Diego Ventaja Milán, respondió, el 26/V/1924, lo que sigue: “… tiene el honor de informar en conciencia que el alumno-seminarista D. Pedro Marín Martos observa excelente conducta moral y religiosa, siendo ejemplar su comportamiento en este Seminario, en el cual desempeña el cargo de SUPERIOR DE ALUMNOS JURISTAS; confiesa semanalmente y comulga todos los días, asiste con puntualidad y devoción a todos los actos de piedad y culto, y no es aficionado a diversiones o esparcimientos profanos; observando en todos sus actos la corrección y modestia propia de un buen Seminarista. No tiene impedimento físico ni de salud, que tampoco exista moral ni canónico para su ordenación, y todo hace esperar que ha de ser un buen clérigo para gloria de Dios y bien de la Iglesia”. Unos días antes, en concreto el 20/V/1924, D. Juan Rangel Castellano, Presbítero, Licenciado en Derecho Civil y en Filosofía y Letras, Secretario de Estudios del Insigne Colegio Seminario de Teólogos y Juristas del Sacro-Monte de Granada, certificó, con el Vº. Bº. del Rector, D. Diego Ventaja Milán, que “D. Pedro Marín Martos, natural de Bedmar, provincia de Jaén, alumno interno de este Insigne Colegio Seminario tiene cursadas y aprobadas las asignaturas correspondientes a los tres primeros cursos de la Facultad de Sagrada Teología, hallándose matriculado actualmente a las del cuarto de la referida Facultad”.
Además y como era preceptivo se añadió un escrito de la Secretaría de Cámara y Gobierno del Arzobispado de Granada, dirigido, con fecha 10/VI/1924, al Secretario de Cámara y Gobierno del Obispado de Jaén, en el que se comunicaba lo siguiente: “Tengo el honor de participar a V. S. que de conformidad con su comunicación del 2 de los corrientes, el Seminarista Ordenando de Subdiácono, D. Pedro Marín Martos ha sido examinado de las Materias correspondientes al Sagrado Orden que solicita, habiendo merecido del Tribunal la calificación de MERITISSIMUS”.
Finalmente, una vez concluido el expediente, de forma muy positiva en todos los conceptos, tal y como se ha reflejado con anterioridad, recibió D. Pedro Marín Martos el Sagrado Orden del Subdiaconado en el Arzobispado de Granada el día 14/VI/1924, según comunicación de aquella Secretaría de Cámara y Gobierno, la cual quedó registrada en el margen del Acta del Bautismo del suplicante.
-20/XII/1924 “Témporas de Adviento”: Diaconado.-
De nuevo, el 20/XI/1924 y con un nuevo escrito redactado en latín, D. Pedro Marín Martos, “alumnus insignis Colleguii-Seminarii Sacri-Montis Illipulitani, quinto cursus theologici”, se volvió a dirigir a las autoridades eclesiásticas de la Diócesis de Jaén –“Excmo. et Rvmo. Domino Episcopo Giennensi”-, desde Granada, para pedir autorización para poder recibir la Sagrada Orden del Diaconado de manos del Arzobispo de Granada –(“mise postulat admissionem ad sacrum Diaconatum, atque litteras dimisorias Excmo. Archiepiscopo Granatensis ordines generales celebranti mittere dignari ut in proximis Temporibus in praedictum ordinem promoveri ab ipso queat”)-, autorización ésta que le fue concedida mediante documento redactado en Jaén a 6/XII/1924, cuyo contenido es el que sigue: “Aprobamos las anteriores Diligencias y expídanse Letras Dimisoriales para que el Excmo. Sr. Arzobispo de Granada para que de manos del mismo pueda recibir el Sagrado Orden del Diaconado”, en base a toda la documentación existente en su expediente de Órdenes Sacerdotales del hoy siervo de Dios incluido en un Proceso de Beatificación [Documento nº Diaconado].
-6/VI/1925 “Témporas de Pentecostés” : Presbiterado.-
Desde Granada, el 7/V/1925, finalizando ya su 5º Curso de Teología, se dirigió D. Pedro Marín Martos al “Excmo. et Rvdmo. Domino Episcopo Giennensi”, con el fin de obtener la Sagrada Orden del Presbiterado, de manos del Arzobispo de Granada, D. Vicente Casanova y Marzól, Cardenal desde el pasado mes de marzo de ese año, en estos términos: “Emme. ac Rvme. Domine: Petrus Marin Martos, diaconus, ex oppido burgo Bedmar diocesis Giennensis, tres et viginti annos natus, alumnus insignis Colleguii-Seminarii Sacri-Montis Illipulitani, quinto cursus theologici anno adscriptus, probante Moderatore suo –(utiliza esta expresión, una vez más como una garantía de haber sido probado y aprobado no solo en los estudios sino también en su espíritu)-, certa scientia et conscientia, A. V. humiliter postulat litteras dimisorias ut ad sacrum Presbiteratum promoverit possit ab Emmo. Cardinali Archiepiscopo Granatensis, generales ordines in proximis Ssmae. Trinitatis Temporibus celebraturo. Et Deus A. V. diu sospitem Servet. Granatae, septima maji anni millessimi nongentessimi vigessimi quinti. D. A. P. A. V. Petrus Marin Martos –Rúbrica”, acompañada de una certificación expedida por D. Jesús Mérida Pérez, Presbítero, Canónigo Rector del Insigne Colegio Seminario de Teólogos y Juristas del Sacro-Monte de Granada, en ese mismo día 7/V/1925, en la que se decía lo que sigue: “D. Pedro Marín Martos, clérigo Diácono, alumno interno de la Facultad de Sagrada Teología en este Centro Docente, observa excelente conducta moral y religiosa, recibiendo diariamente la Sagrada Comunión”.
El 16/V/1925, el Obispo de Jaén, se volvió a dirigir al Párroco de Bedmar para que, una vez más respondiese al Informe –“Publicatas”-que solicitaba sobre el Diacono D. Pedro Marín Martos, para poder otorgarle su aprobación para alcanzar el Presbiterado de manos del Sr. Cardenal y Arzobispo de Granada, D. Vicente Casanova y Marzol. Una vez tuvo en su poder toda la información requerida, con fecha 27/V/1925, el Vicario General de la Diócesis de Jaén, D. Saturnino Sánchez de la Nieta, remitió al Arzobispado de Granada el siguiente escrito-autorización: “Aprobamos las anteriores Diligencias y expídanse Letras Dimisioriales para que el suplicante pueda recibir el Sagrado Presbiterado de manos del Emmo. Sr. Cardenal Arzobispo de Granada”. Aunque previamente y debido a su edad, 23 años, hubo de pedir dispensa Papal “de nueve meses de edad”, la cual le fue concedida a D. Pedro, por Pío XI, en Roma a 4/IV/1925, motivo por el cual el Gobernador Eclesiástico de la Diócesis de Jaén, D. Saturnino Sánchez de la Nieta, pudo ejecutar la petición del ordenante y remitir al Arzobispado de Granada la documentación pertinente, con fecha 18/IV/1925, para proseguir con el proceso de alcanzar el PRESBITERADO:
a) “BEATISSIME PATER, diacono Petrus Marín e Dioccesi Giennensi, humiliter postulat a Sanctitate Vestra dispensationem super defectus canonicae aetatis novem mensium Presbyteratus Ordinem legitime promoverit possit”.
b) “Sacra congregatio de disciplina sacramentorum, vigore facultatum a Ssmo. D. N. Pio Papa XI sibi tributarum, attenta comendationem Ordinarii Giennensi suprascriptis precibus, ob legitimas causas allatas, benigne annuens, committit eidem Ordinario ut pro suo arbitrio et concientia dispensationem largiatur iuxta petita, dummodo orator S. Theologiae curriculum a Pontificiis praescriptionibus determinatum expleveit, servatis in reliquis de iure servandis. Datum Romae ex aedibus eiusdem Sacra Congrgationis, die 4 aprilis 1925. -Cruz-. Capotosti Gr, Thernum. Secretarius”.P. Marin Martus, off.”
c) “Vigore praecedentis Rescripti Apostolici dispensamus cum oratore superimpedimento novem mensium aetatis canonicae ut possit ad Sacrum Presbyteratus ordinem promoveri servatis de cetero de jure servandis. Gienni, 18 apriles 1925. Gubernator Eccus –Eclesiasticus- S. P. Dr. Saturninus Sánchez de la Nieta. –Rúbrica-“.
El 29/V/1925, obtuvo el Título de Bachiller en Sagrada Teología con la censura Nemine Discrepante –(Sin que nadie discrepe. Se usa en este trabajo, cuando aparece, con el sentido de “por unanimidad, sin oposición”)-, en el Seminario del Sacro-Monte de Granada, previos los ejercicios literarios que practicó.
El 6/VI/1925, recibió el Sagrado Orden del Presbiterado: «Fecit mihi magna qui potens est» [Lucae, 1,49]. «PORQUE HA HECHO EN MÍ MARAVILLAS EL PODEROSO«. Con esta imprecación de la «Visitación de María a su prima Isabel» comienza el Recordatorio referente a la Ordenación Sacerdotal de D. Pedro Marín Martos, ocurrida en Granada el 6/VI/1925, Archidiócesis dirigida por el Arzobispo D. Vicente Casanova y Marzól (1921-1930) –Cardenal por la Iglesia de Santi Vitale, Valeria, Gervasio e Protasio de Roma, promovido por Pío XI el 30/III/1925- y del “cante de su Primera Misa”, celebrada en la Iglesia Parroquial de la Asunción de Nuestra Señora de Bedmar el 2 de Julio de ese mismo año, colocándose en la Torre de la Iglesia la Bandera del Estado del Vaticano, por la consagración de un nuevo sacerdote en Bedmar, de la que era párroco en ese momento D. Antonio Millán Bellido. Pocos días después se puso bajo la protección de la Santísima Virgen de Cuadros, con la celebración de una Misa solemne de acción de gracias en el Santuario.
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