
POR JOSÉ VIDAL LUCÍA EGIDO, CRONISTA OFICIAL DE RIOLOBOS (CÁCERES)
El presente texto está tomado del libro «Dos obras públicas de Riolobos del s. XVIII. El cementerio municipal de 1885 y el reloj de la torre de 1883». Cáceres, 2024.
En una partida de defunción de 10 de abril de 1718 se registra un hecho luctuoso y sorprendente ocurrido el Domingo de Ramos de ese año. Se trata de la muerte de “un gitano, Diego Garzia Saavedra”, que murió “de tres alcabuzazos en el zimiterio de la iglesia”. Dice así la partida:
“En el lug(a)r de Riolobos en diez de abril de mil set(ecient)os y diez y ocho a(ño)s murio un Gitano de tres alcabuzazos en el zimiterio de la Igª, llamado Diego Garzia Saavedra. Hizose el oficio de difuntos, se le dijo misa de cuerpo Presente, Y, p(o)r ahora, se le dijeron doce misas votivas a diferentes santos p(o)r mandado de su madre quien estava presente. Y p(o)r verdad lo firmé” Gabriel Alvarez.
Al final se añade “enterrose en la nave de los seis reales = novenario rezado” y debajo “le mataron”. (Libro 1º de difuntos, fol 95).
Unas semanas después, el 6 de mayo de 1718, aparece la partida de defunción de otra mujer de la misma etnia (“La Gitana” “la mataron”, se escribe al margen de la misma). Su nombre era Gracia de Salazar. La causa de la muerte, “deel balazo que le dieron (el) Domingo de Ramos”. La inhumación fue también en la “nave de los seis reales” y nos interesa el último dato que se aporta y dice que “… mandó su hija se asentase en la hermandad de la Sta Vera Cruz”, lo que refleja que en estos años de principios del XVIII está en pleno funcionamiento esta Hermandad encargada de la atención a los difuntos.
Revisando todos estos datos vemos que el hecho se refiere a una familia gitana que parece estar integrada entre el vecindario riolobeño. Pero nos sorprende el hecho luctuoso y la terrible muerte a las puertas de la iglesia, en el zimiterio, quizás consecuencia directa de la restauración por Felipe V en 1717 de antiguas pragmáticas de persecución de la etnia gitana. Años más tarde, el 30 de julio de 1749, se inició una terrible persecución, conocida como la “Gran Redada” o “Prisión general de gitanos”, promovida por Zenón de Somodevilla y Bengoechea, primer marqués de la Ensenada, durante el reinado de Fernando VI.
El uso del término zimiterio llama la atención, pues en los libros de defunciones de la parroquia no hay constancia alguna en los siglos XVII y XVIII de ningún enterramiento fuera del templo ni siquiera para “los pobres de limosna”. Creemos que con este término se hace referencia a lo que sería el osario que estaría situado dentro del espacio conocido como el “sagrado”, alrededor de la iglesia, y en el que no tenía jurisdicción la autoridad civil. Quien en él entraba se acogía a la jurisdicción eclesiástica.
Habría que entender que la persona que falleció por los “tres alcabuzazos en el zimiterio de la iglesia”, intentaba en su posible huída “acogerse a sagrado”, entrando en ese espacio del exterior de la iglesia, en la zona del osario. Hay constancia de que esa zona perimetral estaba señalada con unos “marrillos”, como se dice ya en los mandatos de la visita a la parroquia realizada en 1654. También en los mandatos generales de la visita de 1719, curiosamente un año después del suceso que citamos, se expresa de manera clara la situación del “sagrado” y osario. El visitador explica que es consciente de que en las ocasiones en que se han refugiado algunas personas “en el sagrado de dicha iglesia” ha habido “dudas y discordias sobre los límites y señales de dicho sagrado y que de ellas se han originado pleitos y gastos en defensa de la inmunidad”. Obviamente se está refiriendo, sin citarlo, al hecho que comentamos. Reconoce que por el transcurso del tiempo “se han oscurecido algunos marcos y señales que había en la circunferencia de dicha iglesia para saber hasta dónde llegaba (el espacio considerado como sagrado)”. Hace referencia al descubrimiento de un “marrillo antiguo de piedra que está frente del osario de dicha iglesia, muy metido en la tierra”. Y ordena que, “a imitación de él y en la distancia misma, se pongan bien aterradas en la circunferencia de la iglesia otras siete piedras que sirvan de marco y límite a dicho sagrado”, cuya instalación debe correr a cargo del “Conzejo” y debe hacerse en los quince días siguientes a la publicación de estos mandatos. Al margen de este quinto mandato el cura escribe: “Cumplido”.
FUENTE: https://enelarandel.blogspot.com/2024/08/familia-de-gitanos.html
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