POR JOSÉ LUIS CABO SARIEGO, CRONISTA OFICIAL DE RIOSA (ASTURIAS)
Entre los años 1750 y 1757, todas las poblaciones de «Las Castillas» fueron sometidas a un Interrogatorio integrado por 40 preguntas a las que estaban obligados a contestar los representantes de los Concejos y peritos de todos los pueblos de la Corona. Su objetivo era el de indagar sobre las cuestiones que interesaban: bienes, rentas y cargas de los que fuesen titulares todos sus habitantes, incluidos el clero y la nobleza y que se integraban en «LAS RESPUESTA GENERALES» del denominado «Catastro del Marques de la Ensenada». Se acompañaba de 41 instrucciones que explicaban la forma de llevarlo a cabo siguiendo un proceso previamente regulado:
«»El proceso catastral viene especificado con todo detalle en la Instrucción que acompaña al R.D. de 10 de octubre de 1749. Se inicia con:
Carta, pregón y bando. El Intendente de la Provincia enviaba una carta a la Justicia (alcalde) del pueblo con traslado de la orden del rey y le anunciaba la fecha de su llegada y la obligación de pregonar y exponer el bando que se enviaba junto con la carta.
Elección de representantes del concejo y peritos. Simultáneamente, el alcalde y los regidores debían elegir los miembros del ayuntamiento (concejo) que habrían de responder al Interrogatorio de 40 preguntas; además, debían elegir dos o más peritos entre las personas que mejor conociesen las tierras, frutos y, en general, todo lo referente al lugar (su población, sus ocupaciones, sus utilidades, ganados, etc.)
Llegada del equipo catastrador (o audiencia) y primeras diligencias. El Intendente o en representación suya un Juez-subdelegado, iba acompañado de un asesor jurídico, un escribano y los operarios, agrimensores, escribientes y demás dependientes que considere necesarios para acudir a cada pueblo de la provincia. Mandaba citar al alcalde, regidores y peritos y cura párroco para un día, hora y lugar determinados.
Si lo consideraba oportuno, el Intendente podía designar otros peritos, generalmente forasteros, que debían expresar su conformidad o disconformidad acerca de los rendimientos o utilidades que los peritos del pueblo declarasen. Se les tomaba juramento, con el párroco como mero testigo.
Respuestas al Interrogatorio. Llegado el momento, se daba comienzo al Interrogatorio, recogiendo el escribano las respuestas literales («a la letra») dadas por el concejo y los peritos. Si los representantes del municipio carecían de datos para responder alguna pregunta, el acto podía suspenderse un tiempo, a condición de hacerlo con reserva, justificación y brevedad. Las autoridades y testigos firman el documento, a excepción del cura párroco.
El resultado de este acto daría lugar al documento llamado Respuestas Generales, que quedaba en manos del Intendente. Si a lo largo del proceso catastral posterior se encontraban datos que corregían o ampliaban la información dada en los primeros días, se le añadían notas aclaratorias finales. A veces el acta tiene una segunda parte con rectificaciones a las preguntas más o menos amplias hechas por el Contador, una vez examinados todos los autos, asientos, verificaciones y notas; es el caso de Oviedo…»»
La Respuestas Generales se conservan en diversos Archivos Estatales. El Archivo General de Simancas custodia la copia compulsada completa de las contestaciones de las 13.000 localidades de la Corona de Castilla a mediados del siglo XVIII.
Es la encuesta más antigua y exhaustiva que nos permite conocer con bastante realidad cómo era el día día de los pueblos de España a mediados del siglo XVIII y, en nuestro caso, el Concejo de Riosa. Fue puesta en marcha por el Rey Fernando VI en virtud del Real Decreto de 10 de octubre de 1749 como paso previo a una gran reforma fiscal que sustituyera las complicadas e injustas rentas provinciales por un solo impuesto, la llamada «CONTRIBUCIÓN ÚNICA». Al final la referida contribución única no llegó a implantarse, sin embargo, el volumen de información que ha dejado en nuestros archivos es de una gran relevancia. El Catastro del marqués de la Ensenada constituye la base documental más detallada para el estudio pormenorizado de la Corona de Castilla en el Antiguo Régimen. El contenido de este fondo documental es tan grande que cuando se cierra la primera etapa de las averiguaciones, contenía 78.527 volúmenes repartidos entre las Contadurías de la Única Contribución distribuidas en las 22 provincias que en aquel tiempo formaban la Corona de Castilla.
Real Decreto de 10 de octubre de 1749 con las 41 instrucciones y los formularios.., firmado por el Rey Fernando VI en El Buen Retiro. El Interrogatorio, que también forma parte de este Real Decreto, ya lo hemos transcrito, no obstante puede accederse a él con solo pinchar la palabra:
Formularios, en los que se detalla de manera pormenorizada la forma de de realizar los asientos que, después del Interrogatorio , se plasmarán en las Respuestas Generales que se dieron en los distintos pueblos de España. En Riosa, se realizaron en Felguera el 25 de abril de 1752:
El encargado de llevarlo a efecto, entre los años 1750-1757, tal como figura en la parte final del Real Decreto y antes de las Instrucciones, fue Zenón de Somodevilla y Bengoechea, marqués de la Ensenada (La Rioja 20 de abril de 1702– Medina del Campo, 2 de diciembre de 1781) y que fue Secretario de Gobierno durante los reinados de Felipe V, Fernando VI y Carlos III.
Los trabajos se encomendaron a la dirección de Bartolomé Sánchez de Valencia, secretario de la Real Junta de la Única Contribución. Las averiguaciones se realizaron en las veintidós provincias de la Corona de Castilla, en el caso de Asturias, englobada en la provincia de León. El Catastro incluye las llamadas Respuestas Generales sobre el municipio o concejo, un cuestionario de 40 en total preguntas, y los libros registro de haciendas, también llamados de lo raíz o de lo real, elaborados a partir de las llamadas Respuestas Particulares, que son las declaraciones individuales de los titulares de bienes, distinguiéndose entre legos o seglares y eclesiásticos y dentro de éstos últimos entre rentas
beneficiales o de usufructo y patrimoniales.
Los instrumentos utilizados para la elaboración del Catastro fueron:
1. Respuestas Generales, que era un interrogatorio de 40 preguntas que los funcionarios Reales realizaban en el territorio a catastrar
2. Memoriales de vecinos y forasteros con bienes en el pueblo
3. Revisiones de los Memoriales
4. Dos Memoriales más, el de los bienes de propios y arbitrios y el de los bienes del común. Tanto de legos como de eclesiásticos
5. Reconocimiento de la veracidad de lo declarado
6. Libro de los cabezas de casa también llamado Vecindario o libro personal
7. Libro de lo raíz también llamado de la Real, de Haciendas, de lo Producible o Maestro
8. Elaboración de los Estados (D, E, F, G y H)
Debido a la propia complejidad del proyecto y a las resistencias de los estamentos privilegiados y los poderes locales el resultado final de todo este esfuerzo administrativo no represento ninguna reforma sustancial de la haciendas provinciales y el proyecto se abandona definitivamente en 1779.
En 1756 se ordena a las Contadurías Provinciales hacer una copia de los libros catastrales, incluidas las Respuestas Generales, para que sea enviada a cada municipio, concejo o población catastrado como futuro instrumento de recaudación del nuevo impuesto. En el caso de Asturias esta orden de copia fue proverbial para preservar la información de una buena parte de los concejos asturianos ya que en 1934 el archivo de la Contaduría Provincial (más tarde Delegación Provincial de Hacienda) es fruto de las llamas durante la Revolución de Octubre y se destruye la mayor parte de los documentos del catastro asturiano.
La historia archivística de las respuestas particulares viene a ser la de cada archivo municipal asturiano en particular, toda vez que se ha perdido no sólo las copias de la Delegación de Hacienda, sino también buena parte de las que se custodiaban en los archivos municipales asturianos. De los 78 concejos de la provincia sólo se conservan respuestas particulares en 27.(información del Archivo Histórico de Asturias)
Zenón de Somodevilla y Bengoechea, estadista y político ilustrado español, procedía de una familia de hidalgos riojanos con pocos recursos. Gracias a José Patiño, Secretario de Estado durante el reinado de Felipe V adquirió relevancia en la administración naval -gracias a su impulso se construyeron los tres grandes arsenales clásicos de la Marina y la flota de guerra españolas: Ferrol, Cartagena y La Carraca -. Destacó como militar durante la conquista de Orán en el año 1732, en las campañas del futuro Carlos III en el reino de Nápoles (1733-1736) y en la Guerra de Sucesión polaca. Por todo ello fue recomendado por el que después sería Carlos III para que Felipe V le nombrara Marqués de La Ensenada en el año 1736.
Fue una gran reformador de la Administración y de la Hacienda (Catastro del Marqués de la Ensenada). Su carrera política se desarrolla fundamentalmente durante el reinado de Fernando VI, no obstante ya había desempeñado cargos con Felipe V y después con Carlos III. Llegó a ocupar los cargos de Secretario de Hacienda, Guerra y Marina e Indias, hasta se puede decir que pasó por todas las carteras. Fue un político de carácter activo, inteligente, responsable y autoexigente, con un amplio abanico de iniciativas y empresas realizadas, que estaba en posesión de altas condecoraciones, como las españolas de Caballero de la Orden del Toisón de Oro, Caballero de la Orden de Calatrava, Comendador de Piedrabuena y de Peña de Martos y las extranjeras de Caballero de San Jenaro – Reino de Nápoles -, Caballero de la Gran Cruz de la orden de San Juan -Orden de Malta -. Sin embargo, podemos decir que, en su larga carrera política, cometió un grave error al intentar exterminar a los gitanos españoles. El día 30 de julio de 1749, montó una operación secreta conocida como la «Gran Redada o Prisión General de los Gitanos» en la que fueron apresados entre 9.000 y 12.000 gitanos, separando las mujeres de los hombres, con la finalidad de lograr la extinción de la etnia. Al final, debido al gran problema planteado, el Gobierno rectificó (1763).
Fue desterrado entre 1754 y 1757 en Granada como consecuencia de las intrigas de Ricardo Wall. El indulto le llegó en el año 1763 con motivo del ascenso al trono de Carlos III, pero para entonces ya había caído en desgracia. Falleció en Medina del Campo (Valladolid) en el año 1781. El abanico de preguntas y respuestas – idéntico para toda España – es muy amplio y abarca desde el nombre de la población (pregunta 1); la jurisdicción (2); extensión y límites (3); tipos de tierras (4, 5); árboles (6, 7, 8 y 13); medidas de superficie y capacidad que se usan (9, 10); especies, cantidad y valor de los frutos (11, 12, 14 y 16); diezmos y primicias (15); minas, salinas, molinos y otros «artefactos» (17); ganados (18, 19 y 20); censo de población, con vecinos, jornaleros, pobres de solemnidad (21, 35 y 36), censo de clérigos (38) y conventos (39); casas y otros edificios (22); bienes propios del común (23), sisas y arbitrios (24), gastos del común, como salarios, fiestas, empedrados, fuentes (25), impuestos (26 y 27); actividades industriales y comerciales, con la utilidad de los bienes o servicios producidos: tabernas, mesones, tiendas, panaderías, carnicerías, puentes, barcas sobre ríos, mercados y ferias (29), hospitales (30), cambistas y mercaderes (31), tenderos, médicos, cirujanos, boticarios, escribanos, arrieros etc. (32); albañiles, canteros, albéitares, herreros, zapateros etc. (33, 34); embarcaciones (37); bienes enajenados (28) y rentas propias del Rey (40).Las Respuestas a estas preguntas se obtienen siguiendo un proceso previamente regulado.
Por lo que se refiere a Riosa, las «Respuestas Generales» se dieron Felguera – por entonces capital del Concejo -, el día 25 de abril de 1752. Ese día se reúnen, Gonzalo Antonio Fernández Tejada, capitán de infantería y juez subdelegado designado por el Comisionado del Principado de Asturias para el establecimiento de una contribución única. Se hallan también presentes, D. Francisco Muñiz Miranda, Alcalde mayor; el juez ordinario, D. Bartolomé González Tuñón; los regidores, Bernabé Fernández Baquero y Francisco de Llamo; Diego Muñiz Estrada, procurador general de todo el estado noble; el escribano del Ayuntamiento, Alonso Fernández de Cabo; los peritos nombrados por el Concejo, José del Otero Suárez, Rodrigo Fernández y Adriano de Pando Cachero y el cura párroco, Francisco González Trelles.
El acto se inicia con el juramente tomado a los asistentes – con excepción del cura -, en nombre de Dios, por el Sr. Subdelegado, puesto en pie y haciendo la señal de la cruz con la mano derecha. Todos prometen decir la verdad de todo cuanto les preguntara. Se dio lectura a la Real Instrucción de cuyo contenido todos se dan por enterados y, acto seguido, se inicia el Interrogatorio.
A continuación, vamos a reproducir las preguntas del Interrogatorio con sus respuestas de forma conjunta y con la grafía actual, ya que en el texto solamente figuran las respuestas en el castellano de mediados del siglo XVIII. Las preguntas, al ser de carácter general para toda España, no aparecen reproducidas en en cada Concejo.
Por otra parte, haremos un análisis y explicación de las que consideramos más interesantes.
Respuestas Generales : Interrogatorio que han de satisfacer, bajo juramento, las justicias (alcalde), y demás personas, que harán comparecer los intendentes en cada pueblo.
Prolegómenos.-
«En el lugar de Felguera, parroquia de Santa María de las Begas del Concejo de Riosa, a veinticinco días del mes de abril de mil setecientos cincuenta y dos años, el Señor Don Gonzalo Antonio Fernández Tejada, Capitán de Infantería, y Juez Subdelegado de este partido para el establecimiento de la única contribución por — el señor Comisionado General de este Principado. En consecuencia de los autos antecedentes, teniendo en su presencia a don Francisco Muñiz Miranda, alcalde mayor; a Bartolomé González Tuñón, juez ordinario; a Bernabé Fernández Baquero y Francisco de Llamo, regidores; y a don Diego Muñiz Estrada, procurador general de todos en el estado noble; y Alonso Fernández de Cabo, escribano del Ayuntamiento; y José del Otero Suárez, Rodrigo Fernández, y Adriano de Pando Cachero, peritos nombrados por dicha Justicia y Regimiento, estando también presente don Francisco González Trelles, cura párroco de esta parroquia. Puesto en pie dicho señor subdelegado, lo hicieron los circunstantes, y haciendo una señal de Cruz con su mano derecha, les tomó Juramento que hicieron a Dios nuestro Señor y a ella todos (a excepción de dicho cura). Y bajo él prometieron decir verdad en todo lo que supieren y les fuere preguntado al tenor del Interrogatorio de la Letra — de la Real Instrucción que les fue leído, y enterados de su contenido en cada una de sus preguntas, dijeron lo Siguiente.»
Folios iniciales de las Respuestas General del Catastro del marqués de la Ensenada del Concejo de Riosa, dadas en Felguera el 25 de abril de 1752:
FUENTE: https://jlcabocronistariosa.blogspot.com/2023/11/riosa-en-el-catastro-del-marques-de-la.html