POR GABRIEL SEGURA HERRERO, CRONISTA OFICIAL DE ELDA (ALICANTE)
Durante siglos fue costumbre y norma jurídica que a la muerte del señor de la villa, le sucediera bien su primogénito o hija, en caso de ausencia de varón. Y en el caso de no haber descendencia legítima, el familiar más cercano con derechos sucesorios basados en los vínculos familiares. La sucesión en un estado nobiliario conllevaba el cumplimiento protocolario de un ceremonial de toma de posesión del mismo, de todos los bienes que le pertenecían y de la obtención del juramento de fidelidad de sus vasallos. Protocolo cargado de gestos simbólicos y rituales jurídicos cuyo origen se retrotrae a la Edad Media y que estuvieron vigentes hasta la definitiva extinción del régimen señorial en 1837.
Así, un 17 de septiembre de 1783 falleció don Francisco Javier Arias-Dávila y Centurión, IX conde de Puñonrostro, IX conde de Elda, VIII conde de Anna y VII marqués de Noguera, entre 1751 y 1783. Casado con Lucrecia Pío de Saboya, murió sin descendencia por lo que el legítimo heredero del estado de Puñonrostro, en el que se incluía el condado de Elda, fue su primo hermano Juan Bautista Centurión y Velasco, VII marqués de Estepa y XIII conde de Fuensalida, como biznieto de María Manuela Coloma (1638-1716), hija de Juan Andrés Coloma, IV conde Elda.
Como nobleza absentista residente en la Corte, el marqués de Estepa procedió a tomar posesión de los estados heredados mediante el nombramiento de un procurador general que lo representara. Este, a su vez, delegó también dichos poderes en otros representantes para que tomaran posesión de los diversos señoríos del cada vez más amplio patrimonio nobiliario.
Será un domingo 23 de septiembre de 1783, cuando José Ayela toma posesión de la villa de Elda y del marquesado de la Noguera con todos sus bienes, regalías, jurisdicciones y rentas en nombre del nuevo conde. El mismo día repitió la toma de posesión en la villa de Petrer y al día siguiente lo hizo en el lugar de Salinas.
En el caso de la villa de Elda, como cabeza del señorío, la toma de posesión también conllevó de forma individualizada la toma de posesión del Palacio señorial como edificio monumental que representaba a la Señoría, dado que en él vivieron los condes de Elda, en él se administraba justicia y en él se cobraban las rentas e impuestos.
Así, en presencia del notario José Amat y Rico, acompañados de Gabriel Amat, alcalde mayor, y de Silvestre Verdú, alcalde ordinario de la villa, José Ayela, en nombre del marqués de Estepa, procedió a tomar posesión del palacio. En primer lugar procedió a delimitar delimitó físicamente el espacio ocupado por el edificio cuando dice “… que sus muros miran hacia el río de la Alfaguara, barrio de San Antonio Abad, calles del Castillo, de las Virtudes y de los Pilares…”.
Una vez en la puerta del castillo, ambos alcaldes toman las manos de José Ayela y lo introducen en el palacio, dándole la posesión del mismo. Ya dentro del palacio, será cuando el procurador del marqués proceda, según ancestral costumbre en la toma de posesión de inmueble y como señal de legítima posesión, a abrir y cerrar diversas puertas y ventanas sin que nadie se le opusiera. Para a continuación y de manera pacífica proceder a recoger las llaves de castillo. Llaves que entregó para la guardia y custodia del Palacio a Gabriel Amat, como alcalde mayor.
Sabemos que de toda esta ceremonia fueron testigos los vecinos de Elda Rafael Amat y Vidal y Vicente Bernabé y Guarinos, que firmaron el acta notarial junto a los demás asistentes.
Sin embargo, poco duraría el condado de Elda en manos de Juan Bautista Centurión y Velasco, pues falleció en diciembre de 1785, también sin sucesión por lo que el condado de Elda pasó a su hermana María Luisa Centurión y Velasco, quien ostentó el señorío como XI condesa de Elda hasta su fallecimiento en 1799. Pero eso ya es otra historia …