MIÑO: LA CAPILLA DE SAN JUAN DEL HOSPITAL DE LA ARENA (I)

POR JOSÉ RAIMUNDO NÚÑEZ-VARELA LENDOIRO, CRONISTA OFICIAL DE BETANZOS, MIÑO Y PADERNE (LA CORUÑA)

Capilla de San Juan de la Arena, ubicada en Sombreo (Miño) desde 1832. Foto del autor, 1984.

Capilla de San Juan de la Arena, ubicada en Sombreo (Miño) desde 1832. Foto del autor, 1984.

A don Manuel Domingo Castiñeira Picallo, párroco
de Santa María de Miño desde 1979, con motivo de la
conmemoración de sus bodas de oro sacerdotales.

Por el trayecto del antiguo Camino Real que comunicaba Betanzos con Puentedeume y Ferrol, como tramo perteneciente a “El Camino Inglés” a Santiago, se fundaron varios hospitales para la atención de los peregrinos y centros asistenciales en los que cuando menos se les ofrecía lecho y fuego, en ocasiones acompañados de pan y vino, y cuidados profilácticos, en razón a las limitaciones de sus rentas (remitimos a nuestros trabajos Betanzos, encrucijada de rutas jacobeas y Hospitales del Camino, publicados en los programas de Fiestas Patronales de Betanzos de 1993 y 2007).

Una de estos establecimientos de caridad, se encontraba a la salida de Miño en dirección a Betanzos, y era conocido como el Hospital de la Arena, olvidado en las viejas crónicas y borrado de la memoria colectiva, sobre el que trataremos seguidamente con documentación inédita hasta la fecha.

En San Pantaleón das Viñas, el 6 de enero de 1630, el labrador Juan de Anido, vecino de esta feligresía, le compra a Andrés da Torre, que lo era de su anexa San Salvador de Villozás:

“…Tres jornales de hermero que fueron biñas que tenia en la feligresia de Santa Maria de Miño arriva de la capilla de San Juan del hospital darea…” (Archivo Notarial de La Coruña. Protocolo 230, folio 7, del escribano Pedro Ares de Guntin, del número de Betanzos en San Pantaleón das Viñas).

El documento antecedente deja bien claro que se trataba de la capilla del Hospital de la Arena, que como se verá más adelante estaba enclavada en el camino que desde Miño conducía a la Ponte do Porco.

Medio siglo después el labrador Pedro de Sabin, vecino de Souto, le vende a don Fernando de Ulloa Ribadeneira, conocido también como don Fernando de Sangiao y Ulloa, regidor perpetuo de la ciudad de Betanzos, y a doña Benita de Ulloa Ribadeneira, su mujer, el 29 de Febrero de 1676, el derecho y acción que tiene a doce jornales de viña blanca:

“…questan sitos en la feligresia de Santa María de Miño mas arriva de la ermita de San Juan da Area, que testan por una parte en viña del regidor Don Juan García Becerra vezino de dha ciudad…” (Ibídem. Protocolo 452, folio 43, del escribano Francisco Fernández de Neira, del número de Betanzos. Sobre este linaje véase nuestro trabajo La Casa de Sanxiao y sus entronques, publicado en el programa oficial de Fiestas Patronales de Betanzos 2006).

Documento en el que ya no se habla del hospital.

En el último tercio del siglo XVII, los patronos que regían la capilla de San Juan de la Arena manifiestan que no existen antecedentes sobre su fábrica y que no contaba con suficientes rentas para poder sostenerla con la debida decencia, por cuya razón determinan instituir una fundación de misas con derecho de presentación, dotándola con bienes privativos de Catalina López, como patrona, y con el permiso e intervención de Marcos Pérez, su marido, en los siguientes términos:

“En el lugar de loios frª (feligresía) de Santa mª de Miño diocesis de mondoñedo a treinta dias del mes de Março de mil y seiscientos y setenta y cinco años, Por ante mi scrivº (escribano) y testigos parescieron presstes (presentes) Marcos perez y Catalina Lopez su muger labradores Vzos (vecinos) deste dho lugar y frª…la dha Catalina Lopez…como patrona de la Capilla del Sr. San Juº (Juan) de la arena Ynclussa en esta dha frª de Miño…Y dixeron que por qto (cuanto) la dha Capilla tiene muy poco acienda i renta al presste (presente) para sus reparos y menesteres y no se alla principio de su fundacion ni estrumento alguno della mas de estar en posision de su patronasgo la dha Catalina Lopez otorgante y antes della lo estuvieron Juº de miño y maria Lopez sus padres difuntos y antes dellos sus abuelos y antecesores de quien la hubieron y solo tiene de renta en cada un año dha Capilla una anega de pan Cada año qe es mui poco para los reparos della y por no se conocer que tenga fundacn (fundación) de misas alguna ni otra obra pia por lo qual no se consigue el fin pª qe se erigio ni tiene aumento alguno el Culto divino en mucho desconsuelo de Dios nr Sr. y de aiudar a algunos parientes pobres pª qe puedan pasar adelante con sus estudios y ser Sacerdotes y ordenarse de orden Sacro a titulo de dha Capilla desde luego pª qe puedan tener y tengan congrua y sustento por el mejor modo via forma y manera y remedio qe mexor aia lugar por qto se allan con vienes bastantes y qe les quedan conque continuamente podere se sustentar y solo una hixa y heredera forçosa que tuvieron dhos otorgantes doctaban y dotaron…a la dha Capilla de San Juº y pª la congrua y sustento de su capellan que abaxo ira senalado y mas que le sucidieren los bienes siguientes:

primeramente la casa y lugar qe se dice do Canpo…con sus Corrales…y parra de dar vino questa junto a ella…Con mas una guerta y pumar de arboles frutales que esta junto a dha Casa que sera de senbradura de un ferrado de trigo…segun testa…por una parte qe es por la del nordes en Casa y acienda que queda a los otorgantes y por el bendabal testa en heredad de Juº Garcia de Bra y por las demas ptes en heredades de Domingo palmeiro.

Con mas la heredad y tarreo qe se dice de pumariño que sera de senbradura de seis ferrados de trigo poco mas o menos labradia que esta cerrada y circundada alderredor y por la pte de abaxo testa en la mar y por la de arriba en el Camino que viene de la aldea de Miño para este dho lugar y la ygsa (iglesia) della, y por un lado en viña que el presste llieba el lcdo Francisco mendes patiño y en viña que llieba Juº de Souto.

Con mas la cerradura que se dice de bra qe es heredad labradia y montesia Souto y plantio con su molino que todo ello esta en dha Cerradura y llebara de senbradura como quatro anegas con su prado de rriega qe esta dentro del Cerrado y circundado todo alderredor que testa por la pte de arriba en heredad de dho Juº Garcia de bra y por el mareiro en Souto de Juº mansso y por el bendabal en heredad y souto de los herederos de Juº Monteiro da graña.

Con mas quatro xornales de viña Blanca y tinta que se dice de estamira y de pedral que testa por una pte en viña de Pedro de porriños vezº de villoças y por otra pte en vina de los herederos de Antº rrico y por la pte de arriba testa en la agra de piñeiro…

Con mas otros dos xornales de vina que se dice da mota segun testa…por una pte en heredad del dho Pedro de porriños y por otra en heredad de los herederos de Juº Basquez de Bemantes y por la pte de abaxo en bina de los herederos de martin porca Segun todos los dhos bienes son suios propios diesmo adios libres de ningun censo tributos ni ipoteca alguna y sitos en esta frª de Miño y por tales…los dan y doctan a la dha Capilla…Y sus Capellanes pª qe Sienpre anden unidos agregados e incorporados y con ella no se puedan Bender, Ceder, traspasar ni enaginar…ni se puedan perder ni confiscar por delito alguno porqe desde luego les proyben dhos otorgantes la dha enaxenacion…y esta dha donacion Dijeron los dhos otorgantes la acian con las condiciones abajo declaradas qe sean firmes y se aya de cunplir ynbiolablemte.

Y en primero lugar hes condicion hespresa de qe dhos otorgantes reservan para si y para sus descendientes y susçesores qe ellos nonbraren pª despues de sus dias el patronasgo de dha capilla y el derecho de presentarla…como de patro nasgo de legos y a de ser y sea de aqui adelante colatibas y sea de acer titulo Colacion y canica ynstitucion alos qe fueren presentados por los berdaderos patronos Guardandose la Regla y forma del derecho como en los mas benefiçios de patronasgo de legos.

Y ansimismo hes condicion hespresa de qe dhos otorgantes Reserban pª si y para sus herederos y qn dellos tubiere titulo y Caussa el Usufruto de todos los dhos vienes…

ansimismo hes condicion hespresa de qe dho capellan u capellanes qe fueren de dha Capilla de san Juº Cada uno en su tienpo a de tener y tenga obligacion precissa de decir por sus animas de los otorgantes y de sus padres, abuelos y mas sus antecesores a quien son en cargo y obligacion Seis misas Recadas en cada un año en dha ermita de san Juan, en esta manera,

La primera se aya de decir por el mes de henº de cada año Dia de San Anton abad u al otro dia.

La segunda pr dia de san marcos qe hes pr el mes de abrill.

La tercera dia de san Juan ebanxelista qe hes a seis de mayo.

La quarta dia de san Roque qe hes a diez y seis de agosto.

La quinta dia de san Lucas de cada mes de otubre.

La sesta dia de santa Catalina pr el mes de novienbre.

Todas las quales dhas seis misas Recadas Cada año fundan sse (sobre) dhos vienes donados a dha capilla qe ansi hes su boluntad…los quales desde luego nonbran y elixen y presentan pr primero capellan de dha Capilla al lcdo Pedro Perez de purrinos su sobrino del dho marcos perez clerigo de menores hordenes vzº y Residente en esta dha frª de miño qe esta presente e yxo lexitimo de Pedro perez de purriños su primo en segundo grado y de Isabel dos santos su muger vzs de la frª de san salbador de Villoças y piden y suplican a Su ssª Yllmª el Obispo deste obispado de mondoñedo…Y bicario general se sirban Aprobar y Confirmar hesta dha scritura de dotaon (dotación) y donaon (donación) a favor de dha capilla…

Y ansimismo hes condicion qe…no sirbiendose su sª Yllmª dho ssr obispo y su probisor y bicario general de aprobar y confirmar hesta dha escritura y lo en ella mencionado…ni ademetir pr primero capellan al dho lcdo…sea Visto ser nulas y de ningun balor y efecto hesta dha dotaon y Donaon de Vienes…

A todo lo qual presste el dho lzdo Pedro perez purriños…La azeto anssi…y estimo y estima la md (merced) qe le acen los dhos marcos perez su tio y Catalina Lopez su muger, Y se puso de Rodillas y les beso la mano y ellos le rogaron la bendicion y qe Dios le hiciese bien…Y lo firmaron los dhos marcos perez y dho Lzdo Pedro perez de sus nonbres y por la dha Catª lopez no saver firmar Rogo a un tº (testigo) lo firme por ella de su nonbre hestando presstes por testigos Juan palmeiro el moco y franco (Francisco) dorrio el moço y Franco Do rrio el biexo todos labradores vzos deste dho lugar y frª de miño e yo ssnº doi fee Conezco a los otorgantes… [Firmado] Marcos Perez, Como tº y a ruego Juan Palmeiro, Pedro Perez Porriños [Rúbricas]. Passo ante mi. [Firmado] Antonio Perez Seoane [Rúbrica].” (Archivo Notarial de La Coruña. Protocolo 610, folio 85, del escribano Antonio López de Seoane, del número de Betanzos en Santa María de Souto).

Fuente: http://www.cronistadebetanzos.com/

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